Etiqueta: apelará

  • Ordenaron desalojar la fábrica de FATE y el gremio anticipó que apelará – Arriba Noticias

    Ordenaron desalojar la fábrica de FATE y el gremio anticipó que apelará – Arriba Noticias

    Ordenaron desalojar la fábrica de FATE y el gremio anticipó que apelará – Arriba Noticias

    Desalojo de FATE. La Justicia ordenó desalojar la fábrica de FATE y el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino anticipó que apelará la resolución. El gremio mantuvo la permanencia en la planta de Virreyes y convocó a organizaciones sindicales, políticas y sociales a respaldar el reclamo.
    La decisión fue adoptada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro, que hizo lugar al recurso presentado por la compañía y ordenó la restitución del inmueble a sus propietarios.
    El conflicto comenzó el 18 de febrero, cuando la fabricante de neumáticos anunció el cierre de la planta ubicada en el partido bonaerense de San Fernando y el despido de 920 trabajadores.
     
    El SUTNA anunció una apelación
    El secretario general del SUTNA, Alejandro Crespo, cuestionó la intervención del fuero penal en una disputa de naturaleza laboral y confirmó que el sindicato recurrirá la decisión.
    “La Justicia penal no puede resolver una situación laboral y luego termina habilitando un desalojo”, expresó durante una conferencia de prensa realizada frente al establecimiento.

    “Obviamente, el sindicato va a apelar y va a presentar los recursos para Casación para que no quede firme este tipo de disparate”, añadió. El dirigente sostuvo que los trabajadores continuarán dentro de la planta mientras se tramitan las presentaciones.
    La Justicia dispuso restituir la planta de FATE y el SUTNA rechazó la medida (foto Infobae)
    El reclamo al gobierno bonaerense
    Crespo también pidió la intervención del gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof. “Pronúnciese y actúe, gobernador”, reclamó durante la actividad.
    El sindicalista pidió que los sectores políticos que manifiestan respaldar a los trabajadores adopten medidas concretas. Según planteó, no alcanzaba con expresar preocupación frente a una eventual intervención policial.
    Desde el gremio calificaron la paralización de la planta como un “lockout patronal” y afirmaron que la permanencia comenzó el mismo día del cierre. Esa caracterización corresponde a la posición sindical y fue rechazada por la compañía.
    Qué resolvió la Cámara
    El tribunal ordenó “la restitución del inmueble al particular damnificado” al considerar que las instancias administrativas de conciliación habían finalizado sin avances capaces de destrabar el conflicto.
    La conciliación obligatoria nacional comenzó el 18 de febrero y venció el 18 de marzo. En el ámbito bonaerense, el procedimiento se extendió desde el 18 de marzo hasta el 21 de abril.
    La Cámara aclaró que la medida no resolvió el fondo de la disputa laboral. Las cuestiones vinculadas con acuerdos, compensaciones e indemnizaciones, indicó, excedían las atribuciones de la Justicia penal.
    El gremio del neumático mantendrá la protesta tras la orden de desalojo (foto SUTNA)
    El cambio de criterio judicial
    En marzo, la misma Cámara había revocado una primera orden de restitución porque las negociaciones laborales todavía estaban abiertas. En aquel momento, los jueces entendieron que debía privilegiarse la conciliación.
    En la nueva resolución, el tribunal consideró que ese escenario había cambiado debido al vencimiento de las instancias administrativas y al tiempo transcurrido desde el inicio de la ocupación.
    La notificación señaló que 24 personas quedaron imputadas por la permanencia en el predio. También sostuvo que la continuidad de la protesta había perdido capacidad para impulsar una posible reapertura de la fábrica.
    La posición de la empresa
    FATE manifestó que quienes permanecían dentro del establecimiento eran exempleados y advirtió sobre la imposibilidad de garantizar la seguridad del inmueble mientras continuara la ocupación.
    Según documentación incorporada al expediente por la compañía, entre febrero y mayo se registraron ante ARCA unas 900 bajas laborales. La firma sostuvo que 196 empleados no aceptaron acuerdos de desvinculación y fueron despedidos.
    El SUTNA, en cambio, afirmó que los trabajadores custodiaban las instalaciones y reclamaban la reanudación de las actividades. Crespo también cuestionó el pago de salarios e indemnizaciones y aseguró que la fábrica volverá a funcionar.
    Un conflicto que lleva siete meses
    La compañía, perteneciente a la familia Madanes Quintanilla y con más de ocho décadas de actividad, atribuyó el cierre a la pérdida de competitividad, el aumento de las importaciones y la disminución de la demanda interna.
    También mencionó los costos locales, las dificultades para exportar y los conflictos gremiales que afectaron la producción. El sindicato rechazó esa explicación y sostuvo que el cierre respondió a una medida patronal ilícita.
    Aunque dispuso restituir el inmueble, la Cámara ordenó que el procedimiento se realizara mediante protocolos y medidas de cuidado para reducir los riesgos para las personas. Mientras tanto, el gremio reforzó la presencia frente a la planta y aguardó la tramitación de su apelación.
    (con Elonce e información de Infobae y Ámbito)

  • Mansión de Pilar: la Fiscalía apelará a la Corte Suprema que se transforma en un tribunal clave para la AFA

    Mansión de Pilar: la Fiscalía apelará a la Corte Suprema que se transforma en un tribunal clave para la AFA

    El fiscal general Mario Villar apelará en los próximos días ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el fallo que ordenó que la causa que investiga la mansión de Pilar atribuida al tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Pablo Toviggino, se tramite en la justicia federal de Campana.

    Fuentes judiciales informaron a Clarín que Villar objetará la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal, con el objetivo de que el máximo tribunal revoque dicho fallo. El fiscal tiene plazo hasta fin de mes para presentar el recurso.
    De esta manera, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti serán determinantes para el futuro judicial de la AFA, su presidente Claudio “Chiqui” Tapia y Toviggino, no solo en esta causa sino también en otras dos en trámite.
    La Corte Suprema ya debe resolver otro planteo sobre la jurisdicción para investigar a la empresa TourProdEnter LLC, vinculada con el manejo de fondos en el exterior de la AFA, y también espera recibir la causa relacionada con la mudanza de la sede de la entidad a Pilar.
    Estas tres decisiones serán definitivas para la AFA, ya que no admiten más apelaciones. Además, los jueces del máximo tribunal son conscientes de que sus resoluciones tendrán tanto alcance jurídico como implicancias políticas.
    ### Las causas en juego
    Los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Diego Barroetaveña —quien fue presidente hasta diciembre pasado del tribunal de Ética de la AFA— y Mariano Borinsky resolvieron la semana pasada que la causa por la mansión debe tramitar en Campana, dado que esa es la jurisdicción que comprende Pilar, lugar donde se encuentra la propiedad.
    Esta decisión fue requerida por los acusados, Luciano Pantano y su madre jubilada Ana Lucía Conte, quienes no poseen capacidad económica declarada para adquirir ese inmueble de 105 mil metros cuadrados, valuado en 20 millones de dólares. Se sospecha que son testaferros de Toviggino, ya que en la mansión se encontraron objetos pertenecientes al tesorero y Pantano tenía una tarjeta corporativa de la AFA para abonar el telepase de vehículos manejados por familiares de Toviggino.
    El caso investiga un presunto lavado de dinero, y la Cámara afirmó que se trata de un delito bajo la competencia de la justicia federal y no del fuero Penal Económico, donde inicialmente tramita la causa. Todos los fiscales que intervinieron manifestaron que no corresponde que intervenga el juzgado federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay.
    Villar mantuvo esta postura durante el proceso y ahora presentará un recurso extraordinario para que la Corte Suprema intervenga. Insistirá en que el fuero Penal Económico puede investigar el caso, y en caso de corresponder la justicia federal, esta debe ser la de la ciudad de Buenos Aires, ya que la maniobra delictiva es más amplia y no se restringe a la casa de Pilar: se sospecha que para su adquisición se desviaron fondos de la AFA mediante sociedades con sede en la capital.
    La Cámara de Casación debe decidir si acepta la apelación para que el expediente llegue a la Corte. En caso de rechazo, Villar presentará un recurso de queja directamente ante el máximo tribunal. Fuentes judiciales indican que la Corte no suele intervenir en este tipo de conflictos y, si mantiene esa postura, la causa permanecerá en Campana.
    El máximo tribunal también enfrenta otra disputa judicial sobre la jurisdicción para investigar diversas causas vinculadas a la AFA, en una de las cuales Claudio Tapia y Pablo Toviggino están procesados por retención indebida de impuestos. Ese expediente fue iniciado por el empresario Guillermo Tofoni en la justicia nacional de instrucción, por presunta administración fraudulenta en el manejo de TourProdEnter LLC, empresa propiedad de Javier Faroni y su esposa Erica Gillette, relacionada con los fondos de la AFA en el exterior.
    El juez federal de Campana solicitó esa causa para unificarla con una similar en trámite, por lo que la magistrada nacional Paula Petazzi se la remitió. Sin embargo, la Cámara del Crimen rechazó ese pedido y, ante la disputa entre un juzgado federal y otro nacional, envió el expediente a la Corte Suprema para que defina la competencia.
    El tercer expediente que estará bajo la lupa de la Corte, aún no ingresó pero se prevé que lo haga en breve. Se trata de un punto fundamental para la estrategia de la AFA: la ubicación legal de su sede.
    Claudio “Chiqui” Tapia busca trasladar la sede de su histórica sede en la calle Viamonte, en la ciudad de Buenos Aires, a Pilar, donde también se encuentra la mansión vinculada a Toviggino. Este cambio implicaría que la entidad quede bajo la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, en lugar de la órbita nacional. Este traslado genera una disputa con el gobierno de Javier Milei.
    La Cámara Civil aprobó el traslado a Pilar, pero el gobierno, a través de la Inspección General de Justicia, apeló ese fallo para que intervenga la Corte Suprema. La Cámara tiene pendiente la resolución de dicha apelación, y si no la acepta, el gobierno podría recurrir al máximo tribunal por otra vía.

  • La Fiscalía de Estado confirmó que apelará el fallo que declaró inconstitucionales los aumentos en el Ejecutivo y el Senado

    La Fiscalía de Estado confirmó que apelará el fallo que declaró inconstitucionales los aumentos en el Ejecutivo y el Senado
    La Fiscalía de Estado de Entre Ríos confirmó que recurrirá las sentencias de la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná -que se conocieron este viernes-, las cuales declararon la inconstitucionalidad de los decretos que otorgaron aumentos salariales bajo la modalidad de sumas «no remunerativas». Martín Rettore, Fiscal de Estado Adjunto, adelantó que la semana próxima presentarán el recurso de apelación para que se revise lo resuelto en primera instancia.La controversia se originó cuando el tribunal analizó los decretos N° 537/26 GOB y N° 017/26 HCS, mediante los cuales el Poder Ejecutivo y el Senado provincial otorgaron incrementos sin realizar aportes a la seguridad social. Según la Cámara, estas medidas violaron el artículo 82, inciso d) de la Constitución de Entre Ríos, que exige aportes para todo incremento salarial. El tribunal sostuvo que la naturaleza de un pago no depende de su denominación, sino de su carácter retributivo por la prestación de servicios.
    En declaraciones al programa Puro Cuento (Radio Plaza 94.7), Martín Rettore explicó la posición de la Provincia frente a estos reclamos iniciados por un grupo de jubilados. Rettore defendió la legalidad del Decreto 537, señalando que «cumple con todas las formalidades de un acto administrativo y por ende goza de las características de ejecutoriedad».
    Desde la Fiscalía de Estado se argumentan tres puntos clave para sostener la constitucionalidad de la medida. Enprimero lugar, Rettore diferenció estas sumas de los aumentos salariales ordinarios, afirmando que se trata de «sumas no remunerativas, no bonificables y extraordinarias», cuya distinción principal radica en la falta de «habitualidad en la percepción».
    En según término, subrayó que la medida se fundamenta en un «criterio de austeridad económica» y en la «responsabilidad fiscal que le compete al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo de cuidar sus recursos».
    En tercer lugar, señaló que un punto central de la defensa es que el decreto cuestionado fue «discutido en un ámbito paritario donde estuvieron sentados los gremios», lográndose un acuerdo para establecer estas sumas bajo tales condiciones.
    Finalmente, Rettore señaló que la apelación busca que el organismo de alzada analice estos fundamentos, reiterando que los accionantes no habían agotado la vía administrativa de impugnación previa antes de recurrir a la justicia.
    Resolución de la Cámara
    La Cámara en lo Contencioso Administrativa ordenó a la administración provincial proyectar y transferir a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, en el plazo de treinta días hábiles, los importes correspondientes a los aportes y contribuciones generados por la aplicación del Decreto N° 537/26 y el Decreto N°017/26 y dispuso que la Caja de Jubilaciones y Pensiones traslade a los actores el faltante para alcanzar el 82% y/o 75% -según se trate de jubilados o pensionados- del incremento percibido por el personal en actividad.
    Los tres fallos, fueron en los caratulados: “Suárez Rodolfo Rafael y otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad”, Expte. N° 3201; “Uzin María Veronica, Leone Silvia Teresita, Gaillard Eva Beatriz, Benitez Nélida Ester y Otros c/ Estado Provincial por actos emanados de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia s/ acción de inconstitucionalidad”, Expte. N°3142 y “Mierez Horacio Marcos y Otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad (con medida cautelar), Expte. N°3150.