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  • El Senado aprobó el proyecto que declara a Emanuel Noir como ciudadano ilustre de Entre Ríos

    El Senado aprobó el proyecto que declara a Emanuel Noir como ciudadano ilustre de Entre Ríos

    El Senado aprobó el proyecto que declara a Emanuel Noir como ciudadano ilustre de Entre Ríos

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    La iniciativa obtuvo su aprobación por parte del Senado. El impulsor del proyecto dijo que el artista entrerriano “ha trascendido las fronteras”

    El Senado de Entre Ríos trató este miércoles sobre tablas y aprobó el proyecto de ley del senador Martín Oliva (Uruguay – Más Para Entre Ríos) por el que se declara Ciudadano Ilustre de la provincia de Entre Ríos al compositor y cantante Emanuel Julio Noir, líder y vocalista del grupo musical “Ke Personajes” de Concepción del Uruguay.

    Al respecto, Oliva argumentó que se trata de un reconocimiento a un entrerriano que “ha trascendido las fronteras”. “En el mundo se habla de un artista de talla y reconocimiento internacional, y se nombra a Entre Ríos”, destacó. Además mencionó que el artista “nació en mi ciudad, en uno de los barrios más populares, y en algún momento más vulnerable, y si revisan su historia, esa resiliencia es apasionante”.

    La iniciativa aprobada pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

    El proyecto que consignó oportunamente AHORA lleva la firma del uruguayense Martín Oliva señala que, mediante esta distinción, también se busca destacar “por su intermedio a todos los integrantes de la agrupación”.

    “La iniciativa no responde a un hecho aislado o circunstancial, sino a la culminación de un largo y virtuoso proceso donde los valores del esfuerzo, la perseverancia, la autenticidad y la profunda identidad con el terruño han sido justamente reivindicados por esa instancia inapelable que es el tiempo”, dice el texto en sus fundamentos.

    “Lejos de ocultar sus orígenes o edificar una biografía de pacato artificial, Noir los ha convertido en su principal bandera. Con naturalidad y sin falsos pudores, ha evocado públicamente su pasado trabajando en la albañilería junto a su padre y su hermano oficio que sus seres queridos aún desempeñan con dignidad, y ha sabido describir con emoción la experiencia de recorrer esas mismas obras años después escuchando sus propias canciones.

    Ese circuito que va del trabajo manual a la consagración artística, y de allí de regreso al punto de partida con la humildad intacta, es quizás el rasgo más definitorio de su personalidad y la clave de su conexión única e inquebrantable con el público”, remarca.

    El proyecto recuerda que el grupo “Ke Personajes” nació formalmente el 17 de diciembre de 2016 en Concepción del Uruguay, conformado por Noir junto a Sebastián Juan José Boffelli, Juan Emanuel Álvarez, Joel Oscar Brem y Enzo Sebastián Martínez.

  • El EPRE aprobó un nuevo cuadro tarifario: ¿A partir de qué mes habrá aumentos?

    El EPRE aprobó un nuevo cuadro tarifario: ¿A partir de qué mes habrá aumentos?

    El EPRE aprobó un nuevo cuadro tarifario: ¿A partir de qué mes habrá aumentos?
    El Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), aprobó un nuevo cuadro tarifario que contiene aumentos para la electricidad desde agosto. La decisión está contenida en la Resolución 119/26, fechada este lunes y firmada por el titular del organismo provincial, el abogado Marcos Rodríguez Allende.
    La disposición de la provincia traslada aumentos dispuestos por la Secretaría de Energía de la Nación, publicados el 31 de julio pasado, sobre el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema de Tierra del Fuego (MEMSTDF), que comprenden desde el 1 de agosto hasta el 31 de octubre.
    En la Resolución 119/26 se reconoce que el pedido para aprobar un nuevo cuadro tarifario llegó desde la Empresa de Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima (Enersa), y que si bien la última resolución (2 de julio) ya establecía los valores del mes de agosto, esa vigencia quedó condicionada a que “no se produzcan modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el MEM por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación, en cuyo caso podrían las distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario”.
    La publicación en el Boletín Oficial de la provincia indica también que la Secretaría de Energía de la Nación estableció nuevos valores para el Mercado Mayorista en:
    -Precios de Referencia de la Potencia (POTREF)
    -Precio Estabilizado de la Energía (PEE)
    -Precio Estabilizado de los Servicios Adicionales (PES)
    “Serán de aplicación a la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MEM. Esto incluye tanto el abastecimiento a sus propios usuarios como a los de otros prestadores del servicio público de distribución dentro de su área de influencia o concesión. El PEE junto con el POTREF, el PES y el Precio Estabilizado del Transporte (PET) son los que se deberán utilizarse para su correspondiente aplicación en los cuadros tarifarios de los Agentes Distribuidores y otros Prestadores del Servicio Público de Distribución que lo requieran”, aclara la Resolución.
    Especificaron también que el valor correspondiente “a cada Agente Distribuidor del MEM por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal, se establece en $ 2.508/MWh), el valor del recargo previsto, que integra el Fondo Nacional de la Energía Eléctrica (FNEE), siendo de aplicación para los consumos que se realicen a partir de dicha fecha”.
    El Cuadro Tarifario presentado por Enersa el 3 de agosto, “incluye el traslado en su justa incidencia de los Precios de Referencia de la Potencia, Precio Estabilizado de la Energía y Precio Estabilizado del Transporte para la demanda de energía eléctrica”.
    Piden al Ejecutivo provincial que prorrogue un subsidio
    Además, la Secretaría de Energía de la Provincia dispuso, ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, a partir del 1 de agosto y hasta el 31 de octubre de 2026 inclusive, la prórroga del subsidio tarifario sobre el valor agregado de distribución destinado a los usuarios residenciales urbanos y rurales de menores ingresos.
    Los beneficiarios de ese subsidio quedaron registrados “al mes de diciembre de 2025 en el Segmento Nivel 2- Menores Ingresos del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), equivalente al seis por ciento (6%) sobre el valor agregado de distribución (VAD) que las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia apliquen en su facturación; hasta un tope máximo de consumo de 300 kWh/mes, desde el 1° de enero y hasta el 28 de febrero de 2026”.
    Según recordó la resolución de la entidad provincial, el subsidio que se requiere al Poder Ejecutivo de la provincia comprende un “16,59% sobre el consumo base de 300 kilovatios por hora (kWh) mensuales de los usuarios de electricidad residenciales, beneficiarios del Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF)”.
    Ese subsidio sobre el cual se pide una prórroga al Ejecutivo de la provincia, se adicionará a otros subsidios dispuestos previamente. Así como se resuelve aplicar las bonificaciones ya dispuestas “para la totalidad del volumen consumido por las Entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y de Pueblo, y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables”.
    El nuevo cuadro tarifario queda “condicionado a que no se produzcan nuevas modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación (SEN), en cuyo caso podrán las Distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario”.

  • Ley de Glaciares: qué es y las 8 claves de la reforma que aprobó Diputados

    Ley de Glaciares: qué es y las 8 claves de la reforma que aprobó Diputados

    Ley de Glaciares: qué es y las 8 claves de la reforma que aprobó Diputados

    La Cámara de Diputados aprobó durante la madrugada de este jueves la reforma de la Ley de Glaciares, una norma clave para los cuerpos de hielo y del ambiente periglaciar en la Argentina. El cambio fue impulsado por el Gobierno y reclamado por gobernadores de provincias con interés en el desarrollo minero, y reabre la discusión sobre el equilibrio entre protección ambiental, manejo del agua e inversiones.La votación terminó con 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones, y aprobó una modificación de la ley 26.639 que redefine las áreas protegidas y las zonas habilitadas para la explotación minera.Qué es la Ley de GlaciaresLa Ley de Glaciares, sancionada originalmente en 2010 como ley 26.639, fijó presupuestos para preservar glaciares y ambiente periglaciar. La norma fue creada para proteger esas áreas por su importancia para el consumo humano, la recarga de cuencas hidrográficas, la biodiversidad, la investigación científica y el turismo.Las 8 claves de la reforma1. Qué se aprobó en DiputadosDiputados aprobó la reforma de la ley 26.639, que ya tenía media sanción del Senado. El oficialismo consiguió sacar adelante el cambio con 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones.Hubo protestas contra la reforma de la Ley de Glaciares durante el tratamiento en el Congreso.2. La protección deja de ser tan amplia como en la ley originalEl cambio central es que la protección estricta deja de abarcar de manera amplia a glaciares y ambiente periglaciar y pasa a concentrarse en aquellas formaciones que tengan una función hídrica efectiva y en zonas con suelos congelados que funcionen como reguladores hídricos comprobables.3. Las provincias ganan más poderUno de los puntos centrales de la reforma es que los gobernadores tendrán la facultad para determinar si las zonas destinadas a la explotación minera aportan al recurso hídrico. Ese cambio fue reclamado por provincias con mayor interés en el desarrollo minero.4. Se habilita un nuevo criterio para la minería en zonas periglaciaresCon la reforma, se autoriza a las provincias a realizar actividades mineras e hidrocarburíferas en zonas periglaciares que no sean proveedoras de agua para la recarga de cuencas hidrográficas. Allí aparece uno de los puntos más sensibles de la discusión.5. En las áreas protegidas, las prohibiciones siguenEn las áreas identificadas se mantienen prohibidas la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias u obras industriales, la dispersión de contaminantes y la construcción de obras, salvo para investigación científica o prevención de riesgos.6. El IANIGLA seguirá a cargo del inventarioLa reforma modifica el Inventario Nacional de Glaciares, que identifica y registra todos los glaciares y geoformas periglaciares. La tarea seguirá a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, el IANIGLA, que deberá actualizarlo al menos cada cinco años con datos sobre ubicación, superficie y estado de conservación. El informe se elaborará con información que aporten las provincias.7. La evaluación ambiental pasa a ser claveLa nueva ley establece que las actividades proyectadas en glaciares y ambiente periglaciar deberán someterse a Evaluación de Impacto Ambiental. Además, las provincias serán las encargadas de determinar qué actividades impliquen una “alteración relevante”. La reforma también incorpora el principio precautorio.8. La reforma podría abrir cuestionamientos judicialesLey de glaciares en Diputados: la reforma da más poder a las provincias para definir áreas alcanzadas por la protección.Quienes defendieron la modificación sostienen que busca destrabar proyectos mineros y ordenar la normativa con mayor participación provincial. Del otro lado, organizaciones ambientalistas y sectores científicos advirtieron sobre el impacto que podría tener sobre cuencas hídricas y reservas estratégicas de agua. El nuevo texto, además, podría abrir cuestionamientos judiciales por la tensión entre el artículo 124 de la Constitución, que reconoce el dominio provincial sobre los recursos naturales, y el artículo 41, que fija la obligación de la Nación de dictar normas de presupuestos mínimos de protección ambiental.