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  • La condena por las viviendas que nunca existieron en Concepción del Uruguay – El Miércoles Digital

    La condena por las viviendas que nunca existieron en Concepción del Uruguay – El Miércoles Digital

    La condena por las viviendas que nunca existieron en Concepción del Uruguay – El Miércoles Digital

    El 3 de julio de 2026, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, con la firma del vocal Mariano Sebastián Martínez, dictó la Sentencia N° 122 y condenó a cinco personas por los delitos de peculado y falsedad ideológica de documentos públicos en concurso ideal.
    Imágen de portada: ilustrativa.
    La resolución, alcanzada a través del procedimiento de juicio abreviado, puso punto final -al menos para cinco de los seis imputados- a una causa que comenzó con una denuncia anónima y terminó desnudando cómo se vació, papel por papel, un programa federal de vivienda destinado a los sectores más humildes de la ciudad. La lectura de los argumentos de la condena se leyeron este último lunes 27 de julio, publicó Análisis.
    Los condenados son Claudio Martín Mazzarello, maestro mayor de obra e inspector auxiliar por la Unidad Ejecutora Provincial; Germán Ernesto Stegemann, también maestro mayor de obra y responsable técnico del consorcio que administraba los fondos; Rodrigo Alberto Romero Oliva, secretario de ese consorcio; y las presidentas y presidente de las dos cooperativas de trabajo que ejecutaban las obras, Ligia Tamara Cáceres, de la Cooperativa San Jorge, y Maximiliano David Saavedra, de la Cooperativa La Unión.
    Mazzarello y Stegemann recibieron tres años de prisión de cumplimiento condicional. Romero Oliva, Cáceres y Saavedra fueron condenados a dos años y seis meses, también en suspenso. Para los cinco, además, el tribunal dispuso la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos. Los tres primeros fueron declarados coautores del delito; Cáceres y Saavedra, partícipes primarios o necesarios.
    El origen del expediente tiene fecha y remitente incierto. El 17 de octubre de 2018, una nota anónima llegó al despacho de la entonces procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche.
    El texto denunciaba, sin rodeos, el robo de las viviendas financiadas con fondos nacionales. Junto a la denuncia venían más de un centenar de fojas de documentación: copias de convenios, certificados de obra, informes del Registro de la Propiedad. Quien escribió aquella nota conocía el detalle fino de la operatoria y ponía el acento en una frase demoledora: el dinero no estaba y las casas no se habían construido.
    El programa que se pretendía ejecutar no era menor. Se trataba del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales. Dos convenios, firmados en 2013 entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del gobierno de Entre Ríos y la Municipalidad de Concepción del Uruguay, preveían la construcción de 160 viviendas con su infraestructura completa.
    El acuerdo identificado como ACU 743/13 abarcaba 80 casas; el ACU 1415/13, las otras 80. En total, los fondos comprometidos ascendían a 49.247.140 pesos, una suma considerable para la época.
    La modalidad elegida para llevar adelante la obra fue la de un consorcio de gestión, integrado por representantes del municipio, de la provincia y de los beneficiarios, que a su vez contrataba a dos cooperativas de trabajo para la construcción.
    Ese esquema, pensado para agilizar la ejecución y dar participación a la economía social, terminó siendo el andamiaje que permitió la maniobra. Porque en el centro del mecanismo estaban los certificados de avance de obra: los documentos que, mes a mes, informaban cuántas viviendas se habían levantado, en qué grado y con qué inversión, y que habilitaban la llegada de nuevos desembolsos desde la Nación.
    El truco fue tan simple como sistemático. En esos certificados -instrumentos públicos destinados a acreditar la verdad de la obra- se consignó un grado de ejecución superior al real. Se informaron viviendas más avanzadas de lo que estaban, se declararon obras complementarias que no se ejecutaron y, en el caso más flagrante, se certificó el progreso de 80 unidades cuando en el terreno apenas se habían iniciado 63. Las diecisiete restantes, ya se dijo, nunca salieron del papel.
    Los números que reconstruyó la investigación son elocuentes. En el ACU 743/13, hacia febrero de 2016 se había certificado un avance financiero del 92,90 por ciento, equivalente a casi 19 millones de pesos. La auditoría posterior determinó que el avance real de obra rondaba el 73,62 por ciento. La diferencia -ese 19,28 por ciento de más- representaba fondos justificados sobre trabajo inexistente. En el ACU 1415/13 el desfasaje era todavía más grosero: se certificó un 68,58 por ciento cuando la obra real no superaba el 26,45 por ciento. El exceso trepaba al 42,13 por ciento.
    La constatación material llegó de la mano de la Gendarmería Nacional. El 15 de noviembre de 2018, en un allanamiento ordenado por la Justicia, un subalférez y un arquitecto de la fuerza recorrieron el predio para verificar, con sus propios ojos, qué había realmente construido. El informe fue lapidario: contaron 143 viviendas en distintas etapas de edificación, muchas de ellas con terminaciones deficientes, humedad, revoques irregulares y aislaciones falladas. Faltaban, respecto de las 160 comprometidas, las diecisiete que jamás se habían iniciado.
    A la constatación de Gendarmería se sumaron las auditorías internas que ordenó la gestión municipal que asumió a fines de 2015. El ingeniero Guillermo Benítez, convocado como responsable técnico, recorrió casa por casa y determinó porcentajes de avance sensiblemente inferiores a los que figuraban en los certificados.
    El contador Fernando Picart hizo lo propio con la situación económica y financiera del consorcio y detectó, ya en marzo de 2016, un déficit que superaba los siete millones de pesos. Más tarde, el ingeniero Héctor Daniel Ruiz Díaz, incorporado en 2017 para terminar la primera etapa, confirmó lo mismo: los certificados de la segunda tanda de viviendas informaban un avance que no se correspondía con la realidad, e incluso las diecisiete casas nunca iniciadas aparecían con un porcentaje certificado.
    El peritaje contable oficial, a cargo del contador Héctor Eduardo Enrique, del Ministerio Público Fiscal, puso cifras al perjuicio. Solo en concepto de mano de obra, la suma de ambos convenios arrojaba un posible daño de más de 13 millones de pesos a valores históricos. Actualizado con los índices de la construcción, el monto se multiplicaba varias veces. El perito también advirtió sobre las obras complementarias -redes cloacales, agua potable, apertura de calles, iluminación- cuya ejecución se certificó sin que existieran constancias técnicas que respaldaran ese avance.
    La prueba caligráfica cerró el círculo. El peritaje de la División Criminalística estableció que las firmas estampadas en los certificados fraudulentos pertenecían efectivamente a los imputados. Stegemann, como responsable técnico, rubricaba prácticamente todos los certificados; Cáceres y Saavedra firmaban en representación de sus cooperativas; Mazzarello suscribía en su carácter de inspector de la Unidad Ejecutora Provincial. La imputada Cáceres se había negado a confeccionar cuerpo de escritura, por lo que se recurrió a su firma indubitada en la declaración de imputada para el cotejo.
    El expediente reconstruyó también el circuito del dinero. Los fondos nacionales ingresaban a una cuenta del municipio en el Banco Nación y, mediante decretos y órdenes de transferencia, pasaban a una cuenta del consorcio en el Nuevo Banco de Entre Ríos. Desde allí se pagaba a las cooperativas, en su mayoría por transferencia y, en ocasiones, mediante cheques que se cobraban en ventanilla. La pericia contable de Analía Rolhaiser detectó que el consorcio no llevaba los libros contables obligatorios, que faltaban remitos de materiales y que buena parte de la documentación respaldatoria se había extraviado. Una carpeta con los remitos, según declaró la administrativa Dulce Squivo, desapareció del obrador tras una supuesta tormenta.
    En la trama declaratoria desfilaron funcionarios municipales, técnicos y responsables de la obra. Casi todos coincidieron en un punto: el control técnico de los avances no correspondía a la Municipalidad ni al intendente, sino al inspector designado por la Unidad Ejecutora Provincial.
    El ex intendente Carlos Schepens, durante cuya gestión se iniciaron las obras, sostuvo que la firma que él y otros funcionarios estampaban respondía a una exigencia formal del convenio y que nunca le informaron de irregularidad alguna. La misma línea siguió el ex secretario de Gobierno Ricardo Vales, quien recordó que en más de una oportunidad se discutió internamente la innecesariedad de que el intendente firmara certificados de naturaleza eminentemente técnica.
    Hay, en la sentencia, un ausente central. Mario Jorge Acuña, quien fue secretario de Obras Públicas de la Municipalidad y, simultáneamente, presidente del consorcio durante el desarrollo de la obra, no suscribió el acuerdo de juicio abreviado. Su nombre aparece una y otra vez en las testimoniales: era quien acercaba los certificados a la firma, quien discutía los porcentajes de avance, quien presidía las reuniones del consorcio. La documentación de la causa le fue devuelta a la Unidad Fiscal para que su situación se resuelva por la vía ordinaria. Su juicio, por lo tanto, sigue pendiente.
    En la fundamentación jurídica, el tribunal distinguió con precisión los dos delitos en juego. El peculado protege el correcto funcionamiento de la administración pública y la integridad del patrimonio estatal; se configura cuando un funcionario sustrae, o permite que otro sustraiga, caudales cuya administración le fue confiada por su cargo. La falsedad ideológica de documento público, en cambio, protege la fe pública: se produce cuando se insertan declaraciones falsas en un documento auténtico, destinado a acreditar hechos que resultan mendaces. Como una única maniobra lesionó ambos bienes jurídicos, el hecho quedó encuadrado en un concurso ideal.
    Entre los agravantes, el juez ponderó la naturaleza de los hechos, la extensión del daño causado y la directa participación de cada acusado. Como atenuantes, consideró la falta de antecedentes penales computables, la edad laboral activa de los condenados y el reconocimiento de los quebrantos normativos. El balance derivó en las penas de cumplimiento condicional, acompañadas de una regla de conducta: fijar domicilio y no modificarlo sin autorización del tribunal durante tres años.
    Detrás del expediente, de los certificados y de los peritajes, queda una realidad de ladrillo y cemento. Las primeras 80 viviendas del ACU 743/13 se terminaron y se entregaron a fines de 2018; allí fueron reubicadas familias de un asentamiento del barrio San Isidro. La segunda etapa, en cambio, quedó inconclusa. Diecisiete casas nunca se empezaron, y los fondos que la Nación remitió como ampliación presupuestaria -algo más de tres millones y medio de pesos de ese entonces- terminaron devueltos, porque el municipio no obtuvo respuesta sobre si alcanzaban para concluir la obra.
    El fallo de Concepción del Uruguay se inscribe en una serie de causas que, en los últimos años, han expuesto los mecanismos de sustracción de fondos públicos en Entre Ríos. Lo distintivo, esta vez, es la materialidad del daño: no se trata de un perjuicio abstracto, sino de familias que esperaron una vivienda que, en diecisiete casos, nunca llegó a existir. Los certificados decían que estaban construidas. El terreno, y la Justicia, dijeron lo contrario.

  • Confirman la condena a Juan Ruiz Orrico por la tragedia de la Ruta 39 – El Miércoles Digital

    Confirman la condena a Juan Ruiz Orrico por la tragedia de la Ruta 39 – El Miércoles Digital

    Confirman la condena a Juan Ruiz Orrico por la tragedia de la Ruta 39 – El Miércoles Digital

    Este viernes 3 de julio, la Cámara de Casación Penal de Concordia ratificó la condena contra Juan Ruiz Orrico, extitular del Instituto Portuario de Entre Ríos, condenado a 5 años y 8 meses de cárcel por la tragedia vial en la que murieron cuatro trabajadores en junio de 2024.  La resolución fue firmada por los jueces Pablo Jorge Garrera Allende, Clara Mondragón Pafundi y Germán Darío César Dri.
    Fotos: Archivo de EL MIÉRCOLES
    La nueva resolución deja firme la sentencia del juez Darío Crespo, del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, emitida en marzo de este año. El exfuncionario fue declarado autor material penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas, en relación con el siniestro vial ocurrido el 20 de junio de 2024 en el kilómetro 123 de la Ruta Provincial 39.
    En aquel episodio murieron cuatro jóvenes trabajadores: Brian Adrián Izaguirre, Lucas Marcelo Izaguirre, Leonardo Iván Almada y Axel Maximiliano Rossi. La sentencia fijó una pena de 5 años y 8 meses de prisión efectiva, además de 9 años de inhabilitación especial para conducir vehículos con motor y una serie de conductas que deberá respetar hasta que la sentencia quede firme.
    Según se informó a ANÁLISIS, el Tribunal desestimó los intentos de la defensa a cargo de los abogados Leandro Monje y Félix Pérez por reducir la pena impuesta en primera instancia. Sin embargo, Orrico aún continuará en libertad con restricciones ya que se estima que presente una nueva apelación contra, ahora, la resolución de Casación. Será un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ).
    Félix Pérez,
    La decisión de la Cámara responde al rechazo de los argumentos presentados por los abogados de Orrico, los cuales fueron calificados como «débiles» por el abogado querellante, Mario Arcusin.
    Arcusin destacó que el fallo original, dictado por el juez Crespo, fue jurídicamente correcto y que los recursos adicionales de la defensa carecen de los requisitos necesarios, como jurisprudencia similar, para prosperar en instancias superiores.
    La resolución llega tras un periodo de profunda incertidumbre para los familiares de las víctimas, quienes recientemente habían manifestado su malestar por las demoras en el proceso judicial. La madre de Brian y Lucas Izaguirre había expresado públicamente su dolor, exigiendo una respuesta definitiva ante la apelación que mantenía la causa en suspenso.
    El caso
    El 20 de junio de 2024 por la madrugada, Orrico, por ese entonces director de Puertos de Entre Ríos, marchaba por la ruta provincial 39 a bordo de un Volkswagen Passat que pertenecía al Gobierno provincial. Volvía alcoholizado de una fiesta. Las pericias mostraron que tenía 1,52 gr. de alcohol en sangre.
    Se cruzó de carril, impactó de lleno con el Corsa que circulaba en sentido contrario donde viajaban los cuatro jóvenes rumbo al frigorífico Fadel, en Pronunciamiento, donde todos trabajaban a cumplir su turno. Además de los hermanos Izaguirre murieron en el acto Axel Rossi y Leonardo Almada.
    Por la contundencia del impacto, el vehículo en el que transitaban los trabajadores retrocedió casi 20 metros. La velocidad del Passat no pudo ser establecida debido a que se rompió la computadora de abordo que registra esos datos. Pero el velocímetro había quedado clavado en 150 km/h.

     
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  • Caso Orrico: Casación rechazó el recurso presentado por la Defensa y confirmó la condena

    Caso Orrico: Casación rechazó el recurso presentado por la Defensa y confirmó la condena

    Caso Orrico: Casación rechazó el recurso presentado por la Defensa y confirmó la condena

    Un duro golpe a la Defensa de Juan Ruiz Orrico se produjo este viernes por la tarde, cuando la Cámara de Casación de Concordia, dio su fallo y rechazó el recurso presentado por los abogados del condenado de “ Homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas (arts. 45 y 84 bis del Código Penal)” y confirmó la condena.

    Como se recordará, en marzo pasado, el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, doctor Darío Crespo, declaró a Juan Enrique Ruiz Orrico, autor material penalmente responsable del delito mencionado, y le impuso la pena de 5 años y 8 meses de prisión efectiva.
    Orrico, al mando de un Volkswagen Passat oficial, invadió el carril opuesto de la ruta provincial 39 a la altura del kilómetro 123 y chocó de frente contra un Chevrolet Corsa, hecho este ocurrido el 20 de junio de 2024 causando la muerte instantánea de Brian Izaguirre, Lucas Izaguirre, Leonardo Almada, y Axel Rossi, jóvenes vecinos de Basavilbaso que iban a su lugar de trabajo en Pronunciamiento.
    La fiscalía a cargo del doctor Eduardo Santo y la Querella a cargo del doctor Mario Arcusin y el doctor Rosatti, presentaron sus testigos y pruebas en juicio solicitando el máximo de la pena contemplada por la Ley, en tanto que la Defensa, ejercida por los doctores Félix Pérez y Leandro Monje, intentó hacer valer la falta de antecedentes de Orrico, su arrepentimiento y si permanente respeto al proceso, para reducir así el  monto de condena.
    Recurso extraordinario
    Con la confirmación de la condena impuesta por el juez Darío Crespo, de 5 años y ocho meses, los defensores de Juan Ruiz Orrico tienen 10 días hábiles para preparar y presentar el recurso extraordinario ante el Superior tribunal de Justicia de Entre Ríos, última instancia provincial antes de que la sentencia adquiera firmeza definitiva.
    Este paso se hará una vez que se cuente con los fundamente del Tribunal de Casación y los letrados deberán indagar y encontrar seguramente algún fallo como jurisprudencia que avale sus postura y procurar tener éxito en la siguiente instancia.

  • Nogoyá: El 23 de julio dictarán condena al hombre hallado culpable de abuso sexual

    Nogoyá: El 23 de julio dictarán condena al hombre hallado culpable de abuso sexual

    Nogoyá: El 23 de julio dictarán condena al hombre hallado culpable de abuso sexual

     

    El juez técnico y vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Dardo Tórtul, dará a conocer el próximo 23 de julio, a las 8.50, la condena impuesta a César Roberto Cepeda, a quien un jurado popular halló culpable, este martes, en Nogoyá, del delito “menor incluido de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser encargado de la guarda y culpable del delito de abuso sexual simple agravado por ser encargado de la guarda”.
    En tanto, y tras conocerse el veredicto, el magistrado dispuso además la prisión preventiva del imputado hasta el dictado de la sentencia y su alojamiento en la Unidad Penal N°5 de Victoriav»Gobernador Ramón Febre».
    El debate se desarrolló a partir del 24 de junio pasado en instalaciones del Juzgado de Garantías de Nogoyá.
    La acusación estuvo a cargo del fiscal Fernando Martínez, mientras que la defensa técnica fue ejercida por los abogados Walter Martínez e Ignacio Martínez. En representación del Ministerio Pupilar intervino el defensor público Gustavo Piquet.
    Sobre la audiencia de cesura
    La audiencia de cesura, en la que las partes solicitaron la pena a imponer, se realizó hoy miércoles.
    El fiscal Fernando Martínez pidió que se aplique a César Roberto Cepeda la pena de 19 años de prisión, y que se lo mantenga con prisión preventiva en la Unidad Penal de Victoria hasta que la condena quede firme. La defensa, que ejerció Walter Martínez, solicitó 8 años de prisión.
    El juicio se realizó a puertas cerradas por tratarse de un delito contra la integridad sexual.
    Este fue el centésimo sexagésimo sexto juicio por jurados realizado en la provincia desde la entrada en vigencia de la Ley Provincial Nº 10.746, que instauró este sistema de juzgamiento penal en Entre Ríos.

  • Su ex le dio 37 cuchilladas en una pizzería de Núñez y la leve condena la dejó en shock: «Le salió baratísimo»

    Su ex le dio 37 cuchilladas en una pizzería de Núñez y la leve condena la dejó en shock: «Le salió baratísimo»

    Su ex le dio 37 cuchilladas en una pizzería de Núñez y la leve condena la dejó en shock: «Le salió baratísimo»

    Adriana Débora Barrionuevo estuvo al borde de la muerte en un brutal ataque ocurrido el 18 de noviembre de 2024. Esa noche, mientras trabajaba en una pizzería de Núñez, su ex pareja y padre de su hija, Sergio Raúl Sarria, le propinó 37 puñaladas en un intento de femicidio que quedó registrado en video. La mujer aún no entiende cómo logró sobrevivir.

    Las secuelas físicas son evidentes, pero el daño psicológico también es profundo. “El estrés postraumático es muy difícil de sobrellevar. No duermo por las noches desde hace dos años”, relató Barrionuevo a Clarín.
    La víctima no puede asimilar la condena que recibió Sarria, a quien el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 7 le impuso una pena de 10 años de prisión por tentativa de femicidio, con agravantes de ensañamiento y violencia de género. “Le salió baratísimo. Él pierde 10 años, pero mi calidad de vida está arruinada para siempre”, afirmó.
    Barrionuevo comparó su caso con el de Santiago Martínez, ex participante del reality “Love is Blind” de Netflix, sentenciado a 15 años por intento de asesinato de su esposa Emily Ceco, aunque el ataque ocurrido en la pizzería de Núñez fue más grave y contó con registro audiovisual en alta calidad.
    Sarria, actor y standapero, se declaró culpable y recibió un beneficio, lo cual indigna a la víctima. Los jueces Gustavo Alterini, Gabriel Vega y Alejandro Noceti Achával valoraron en la sentencia que el imputado se mostró “muy conmovido” y que ofreció disculpas tanto a Barrionuevo como a su hija. Asimismo, destacaron que se trata de un hombre instruido, con apoyo familiar y hábitos laborales, y que tras dimensionar la gravedad de sus actos intentó quitarse la vida.
    El ataque ocurrió a las 20:45 en Big Pizza, ubicada en Quesada al 2300, esquina avenida Cabildo, un punto muy concurrido de la Ciudad de Buenos Aires. Un empleado y un vecino auxiliaron a la víctima y retuvieron al agresor hasta la llegada de la Policía. Sarria, residente en San Justo (La Matanza), gritó: “¡Mi hija no me quiere. Me voy a matar!”, y se causó cortes en el cuello antes de ser detenido.
    El fallo judicial consigna que Barrionuevo sufrió 37 heridas en distintas partes del cuerpo y concluye que la intención de Sarria fue matar a su ex pareja de manera cruel y prolongada, causando un sufrimiento físico y psicológico extremo.
    El testimonio de la hija de la pareja fue clave para evidenciar el contexto de violencia de género que padeció Barrionuevo durante su matrimonio y luego de la separación. El fiscal José María Campagnoli destacó que Sarria sometía a la mujer a agresiones verbales, psicológicas, económicas y físicas durante más de 20 años.
    En una entrevista previa con Clarín, la víctima detalló el vínculo tóxico marcado por denigraciones constantes y humillaciones. En 2023, tras una brutal golpiza, decidió abandonar el hogar que seguían compartiendo pese a estar separados hace años.
    El tribunal, basándose en estudios psicológicos, describió a Sarria como un hombre manipulador pero consciente de sus actos, con impulsividad contenida y juicio conservado. La pena finalizará el 17 de noviembre de 2034, aunque Barrionuevo teme que la violencia pueda renovarse tras la salida del agresor.
    Sergio Raúl Sarria se promocionaba en redes sociales como actor, comediante, standapero e influencer, con un canal de YouTube que supera el millón de visualizaciones. Realizaba contenido relacionado con programas de televisión de los años 80 y 90, además de participar en producciones cinematográficas y eventos temáticos.
    Por su parte, Adriana Barrionuevo expresó a Clarín su deseo de ayudar a otras víctimas de violencia de género, instándolas a denunciar y buscar apoyo para evitar que su dolor se repita. A pesar de las cicatrices visibles y profundas secuelas emocionales, lamenta la leve condena recibida por Sarria, quien incluso en el ataque le fracturó la nariz a propósito.
    “El me miró a los ojos para demostrar que sabía lo que me hacía, y aun así solo le dieron 10 años”, concluyó con resignación.

  • Cristina candidata: los K y Pichetto proponen anularle la condena, pero Kicillof y otros dudan

    Cristina candidata: los K y Pichetto proponen anularle la condena, pero Kicillof y otros dudan

    Cristina candidata: los K y Pichetto proponen anularle la condena, pero Kicillof y otros dudan

    Miguel Pichetto visitó nuevamente a Cristina Kirchner el martes, tres meses y medio después del reencuentro ocurrido a fines de febrero, y apenas días después de hacer pública su propuesta para que el Congreso anule la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos que pesa sobre la ex presidenta en la causa Vialidad. Más allá de los cuestionamientos sobre su viabilidad jurídica y sin perspectivas claras de un tratamiento parlamentario, la iniciativa será impulsada por dirigentes alineados con la ex mandataria con el fin de instalarla y potenciarla políticamente.

    “Está en estudio entre los asesores del bloque. Pichetto fundamenta la propuesta en los vicios que presenta la causa. Nosotros vamos a explorar todas las vías para buscar una revisión de esta condena injusta. Si esa es una puerta para abrir o indagar, lo haremos”, afirmó uno de los diputados más cercanos a Cristina Kirchner. Otro legislador destacó la “ventaja” de que la idea haya sido planteada por Pichetto y no por algún referente directamente identificado con la ex presidenta, como punto de partida para buscar apoyos en otros espacios políticos.
    Con el objetivo de justificar la posibilidad de que el Congreso anule o modifique la resolución judicial por tratarse de un caso de “gravedad institucional”, en el kirchnerismo hacen referencia a la ley de Dosimetría sancionada en Brasil, mediante la cual el Congreso de ese país modificó las reglas de cálculo y ejecución de las penas, beneficiando potencialmente a Jair Bolsonaro. En Argentina, citan como antecedente posible la ley 23.062 de reparación histórica, aprobada en 1984, que anuló procesos judiciales contra integrantes de los poderes constitucionales durante la dictadura, en un intento por aliviar la situación de la ex presidenta Isabel Perón.
    Pichetto lanzó esta propuesta durante una reunión de la comisión de Derechos Humanos de Diputados, en el aniversario de la decisión de la Corte Suprema que ratificó la condena en la causa Vialidad. “Tener presa a una figura que fue dos veces presidente y una vez vicepresidente de la Nación coloca a la democracia en una situación de extrema fragilidad. La conducta de un jefe de Estado debe evaluarse mediante un procedimiento especial y no por la vía común”, inició Pichetto, quien retomó su vínculo con el peronismo tras la reunión con Cristina Kirchner y fue candidato a vicepresidente junto a Mauricio Macri en 2019.
    “Se incorporó a un juez proveniente de otro tribunal, se designó un fiscal cuyo destino natural era Rosario para juzgar casos de narcotráfico, y se limitó la posibilidad de apelar. Tampoco hubo imparcialidad en los jueces de la Corte, que debieron apartarse debido a que venían de enfrentar un juicio político promovido por el propio partido de la acusada”, añadió Pichetto, y concluyó: “Ante tantas irregularidades y la conformación incompleta del tribunal, el Congreso no puede permanecer inactivo. Tenemos la facultad de intervenir frente a una gravedad institucional semejante para declarar la nulidad de un fallo viciado y preservar el equilibrio de poderes”.
    ### Dudas en el peronismo
    No todos los sectores del peronismo consideran viable esta iniciativa en términos jurídicos o políticos. “No encuentro un andamiaje jurídico en el artículo 75 de la Constitución, que enumera las facultades del Congreso”, señaló un referente del peronismo federal, corriente que busca debatir lineamientos programáticos alejados del discurso predominante del kirchnerismo en las últimas décadas.
    Sin embargo, tras las críticas recibidas por omitir a Cristina en el lanzamiento en Parque Norte, en el último acto celebrado en Concepción del Uruguay hubo un cambio de postura: Juan Manuel Olmos afirmó que con la “injusta condena” a la ex presidenta se buscaba “silenciar al peronismo”, y Guillermo Michel destacó la promoción de la industria avícola durante el gobierno de Cristina, a través de créditos del Bicentenario.
    Axel Kicillof no se ha pronunciado públicamente sobre esta cuestión. En los últimos meses, el gobernador evitó referirse a la condena y prisión de Cristina Kirchner, lo que generó tensiones y reclamos desde el sector liderado por la ex presidenta. No obstante, al cumplirse un año de la sentencia, publicó un mensaje en el que calificó a Cristina como “inocente e injustamente detenida”.
    “En términos jurídicos, el Congreso tiene la facultad de conmutar penas en casos genéricos y esta opción es factible, aunque sería una innovación. Lo que no se puede garantizar es que el Congreso apruebe la medida; no percibimos respaldo político suficiente”, evaluó un dirigente cercano a Kicillof y familiarizado con el ámbito judicial.
    Por su parte, un miembro del Gabinete bonaerense aclaró que el gobernador desconoce la iniciativa y la estrategia para impulsarla. “Si Pichetto considera que es una opción viable y que cuenta con los votos en el Congreso, debe avanzar. Hay opiniones encontradas sobre la viabilidad jurídica, pero es necesario explorar todas las alternativas que ponderen la inocencia de Cristina”, coincidieron desde el kirchnerismo en ese punto.
    En el Frente Renovador también marcaron distancia respecto a la propuesta. “No conocemos el proyecto ni el fundamento jurídico en el que se basa”, indicaron fuentes cercanas a Sergio Massa, sin proporcionar mayores detalles.
    Los legisladores alineados con la ex presidenta valoraron la iniciativa de Pichetto y harán lo posible por instalar el tema, en línea con la consigna “Cristina candidata” que ganó fuerza en las últimas semanas. “Pichetto tiró un cabo que vale la pena explorar. La propuesta es interesante y honesta, considerando que ha sido cercano pero

  • Justicia de Mendoza condena a 13 años a abusador que subió videos a Google

    Justicia de Mendoza condena a 13 años a abusador que subió videos a Google

    Justicia de Mendoza condena a 13 años a abusador que subió videos a Google

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    La Justicia de Mendoza condenó a 13 años de prisión a un hombre tras descubrirse que abusó de su sobrina de tres años, filmó los hechos y subió los videos a su cuenta personal de Google Photos. La empresa tecnológica alertó a las autoridades sobre la presencia de material de abuso sexual infantil en esa cuenta, lo que dio inicio a la investigación.

    El proceso comenzó el 27 de febrero, cuando Google informó a la Justicia argentina que un usuario había subido ocho archivos con contenido ilegal a la nube. Entre las pruebas recolectadas, se encontraron registros de los abusos, así como una foto del DNI del acusado y datos del teléfono celular utilizado.
    El fiscal de Delitos Sexuales, Flavio D’Amore, a cargo del caso, ordenó un allanamiento el 20 de marzo en el barrio Virgen del Luján. En la vivienda encontraron a la niña víctima de los abusos y comprobaron cuál era la habitación donde se habían grabado los ataques. El sospechoso, que trabajaba como operario en una bodega, fue detenido minutos después en su lugar de trabajo.
    La investigación determinó que la víctima era hija de la hermana del acusado. Según fuentes cercanas, en los videos el hombre sometía a la menor a “juegos” que incluían tocamientos en sus partes íntimas. En otra grabación, se observó que aprovechaba que la niña dormía para rozarla con sus genitales.
    Afrontando las pruebas, el imputado aceptó someterse a un juicio abreviado, reconociendo los abusos y la producción de material de abuso sexual infantil agravado. La jueza Érica Sánchez dictó la condena de 13 años de prisión.
    Este caso no es aislado; Google juega un rol clave en la lucha contra el abuso infantil al colaborar con la Justicia argentina mediante informes automáticos que alertan sobre material ilegal almacenado o compartido en sus plataformas. En Mendoza, estas denuncias han impulsado la apertura de decenas de investigaciones.

  • La Corte Suprema dejó firme la condena a 40 años de prisión de un profesor de artes marciales que abusó sexualmente de cinco víctimas

    La Corte Suprema dejó firme la condena a 40 años de prisión de un profesor de artes marciales que abusó sexualmente de cinco víctimas

    La Corte Suprema dejó firme la condena a 40 años de prisión de un profesor de artes marciales que abusó sexualmente de cinco víctimas

    En su resolución, declaró inadmisible un recurso de queja presentado por la defensa. El hombre había sido condenado en julio de 2021 por múltiples episodios de abuso sexual que se llevaron adelante durante años.

    La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso que presentó la defensa de un profesor de artes marciales condenado por abusar sexualmente de cinco adolescentes. De esa forma, quedó firme la sentencia a 40 años de prisión que había dictado en julio de 2021 el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°1. En el caso, intervino la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional N°1, representada en ese momento por el fiscal general Guillermo Morosi y la auxiliar fiscal Jazmín Auat, y que actualmente se encuentra a cargo del fiscal general Horacio Azzolin.

    Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que el recurso de queja era inadmisible, por lo que desestimaron su presentación.
    Como parte de la condena, el tribunal había ordenado que, una vez que quedara firme la sentencia, se debía llevar adelante la extracción de su perfil genético para que sea remitido al Banco de Datos Genéticos, de acuerdo a la Ley N°26.879 que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
    El caso
    Según el fallo dictado por los jueces Adrián Perez Lance, Fernando Ramírez y Luis Salas, las situaciones por las que F.B. (no se menciona su nombre completo para proteger a los damnificados) fue condenado, involucraron abusos sexuales de los que fueron víctimas cinco jóvenes a lo largo de varios meses y, en algunos casos, años. Además de las agresiones sexuales con acceso carnal —algunos de ellos agravados por haberse aprovechado el hombre de la convivencia que tenía con las víctimas—, lo consideraron responsable por el delito de producción de material pornográfico de niños y por promoción de la corrupción agravada con respecto a dos de los jóvenes.
    Según sostuvieron, F.B. desplegó diversos ataques a la integridad sexual de los jóvenes especialmente en la casa donde vivía —en el barrio de Palermo—, aunque también se registraron abusos en otros domicilios. Sin bien no todos los adolescentes sufrieron el mismo tipo de agresiones, los hechos que los tuvieron como víctimas tuvieron varios factores en común, además de haber sido perpetrados por la misma persona.
    En el caso se indicó que el profesor de artes marciales abordó a dos de las víctimas (que son hermanos entre sí y a su vez hijos de una expareja de F.B.) cuando todavía eran niños. “Aunque las prácticas continuaron después de cumplir los trece años de edad, el causante fue intercalando la seducción y el dominio basado en una clara asimetría etaria y su rol de instructor de artes marciales mixtas, además de utilizar herramientas indirectas con mensajes insistentes o directamente atemorizantes, enviados a través de redes sociales por supuestos hijos suyos u otros ‘modelos’ que intentaban convencerlos de las ventajas económicas de aquella actividad”, se remarcó en la resolución que lo condenó.
    “Imponiendo su figura de profesor de artes marciales, presuntamente entrenado como comando militar, simultáneamente los comenzaba a seducir con la otra faceta del modelaje y la fotografía. Así lograba convencerlos primero e imponerles después sus prácticas sexuales, dejándoles nulo margen para reaccionar en contrario”, afirmó el tribunal que lo condenó en 2021.
    Además de profesor, el hombre decía tener un estudio de fotografía y parte de su estrategia para captar a las víctimas consistía en convencerlas para sacarles fotos a cambio de dinero y hacerlas participar de “talleres” que no eran más que encuentros donde abusaba sexualmente de ellos. Durante el debate se pudo corroborar que el hombre produjo fotos y filmaciones de algunos de los jóvenes que habían sido víctimas de los abusos.
    Esa situación donde se mezclaban tanto amenazas (desde cuentas en redes sociales inventadas por el propio F.B) como promesas se repitió con otras dos víctimas, que fueron abusadas a sus 15 años y entre los 14 y los 16, respectivamente. El quinto damnificado fue acosado también a sus 14 años pero logró ponerle un freno a la situación para escapar, según describió el tribunal, “de la telaraña que montaba” el acusado.
    “En ninguno de los cinco casos hubo una propuesta sexual explícita, sino que las maniobras comenzaron sutilmente con el argumento de las fotografías más la conveniencia de mejorar el material —y la supuesta paga— exhibiendo sus cuerpos con menos ropa o ya directamente desnudos”, se resaltó. F.B. se aprovechaba entonces de su supuesto rol de fotógrafo profesional: apagaba las luces, ponía música suave para “relajar” a las víctimas y comenzaba con los roces, los tocamientos hasta llegar a los abusos más graves. Todo esto ocurría dentro del departamento donde vivía con su pareja, madre de dos de las víctimas.
    “Imponiendo su figura de profesor de artes marciales, presuntamente entrenado como comando militar, simultáneamente los comenzaba a seducir con la otra faceta del modelaje y la fotografía. Así lograba convencerlos primero e imponerles después sus prácticas sexuales, dejándoles nulo margen para reaccionar en contrario”, afirmó el tribunal. Esa situación era acompañada con las amenazas y presiones que recibían los jóvenes a través de perfiles en redes donde los instaban a no abandonar los “talleres” con F.B.
    Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso donde cuestionó los argumentos y la calificación del caso. Sin embargo, en diciembre de 2024, la Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó su planteo. Ante esto, los representantes del imputado llevaron la cuestión a la Corte Suprema, que el jueves pasado declaró inadmisible el recurso.

  • Fue llevado a juicio por estafas, debía ir preso, no se presentó y prescribió la condena

    Fue llevado a juicio por estafas, debía ir preso, no se presentó y prescribió la condena

    Fue llevado a juicio por estafas, debía ir preso, no se presentó y prescribió la condena

    Dres. Gonzalo Nicolás Spinso y Jorge Omar Torres

    Un llamativo final tuvo una causa penal que se iniciara en mayo del año 2017, cuando dos sujetos cometieron estafas e intentaron otras con la metodología del “Cuento del Tío”.

    En total fueron al menos 5 hechos que llevaron a proceso a Diego Alberto Fariz de 34 años (oriundo de Ciudadela, Provincia de Buenos Aires) y a otro sujeto de apellido Pérez, causas que cayeron en manos de la fiscal María Albertina Chichi.
    Pasó el tiempo y en agosto de 2021, ambos sujetos acordaron un juicio abreviado, el cual fue tratado por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, integrado unipersonalmente por el vocal Dr. Fernando José Martínez Uncal.
    Así se llegó a una pena de cumplimiento condicional para Pérez (sin antecedentes) y a Fariz como coautor materialmente responsable del delito de Estafa y Estafa en grado de Tentativa reiterada en Concurso Real (Arts. 172, 42 y 55 del Cód. Penal) a la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo.
    En esa oportunidad Fariz no se presentó y tras ser condenado, se mantuvo prófugo, transcurriendo la pena en esa condición, razón por la cual se decretó la rebeldía del condenado, ordenándose su inmediata detención.
    Presentación de la Defensa y condena prescripta
    En octubre del año 2025, la familia del prófugo Diego Alberto Fariz, requirió los servicios de los Dres. Jorge Omar Torres y Gonzalo Nicolás Spinso, que en representación del condenado, interpusieron ante la Justicia el pedido de prescripción de la pena por el tiempo transcurrido.
    Los defensores técnicos de Fariz, solicitaron el dictado de la prescripción de la pena, por entender que han transcurrido los plazos establecidos en los arts. 65, 66 y 67 del Código Penal y agregaron informe actualizado del Registro Nacional de Reincidencia del cliente, no obrando nuevos antecedentes penales computables.
    Fue así que entiendo que le asiste razón a los Defensores técnicos del imputado Fariz, ya que la sentencia dictada en autos adquirió firmeza el 11 de diciembre de 2023 y no se observó desde esa fecha ningún acto interruptivo, ni la comisión de un nuevo delito que interrumpa la prescripción de la pena, se trató la presentación y fue así que el juez interviniente, doctor Fernando Martínez Uncal, dispuso declarar la prescripción de la pena de un año  de prisión de cumplimiento efectivo, que le fuera impuesta a Diego Alberto Fariz.

  • Tras el acercamiento con Máximo, Kicillof salió a defender a Cristina Kirchner a un año de su condena: «Es inocente»

    Tras el acercamiento con Máximo, Kicillof salió a defender a Cristina Kirchner a un año de su condena: «Es inocente»

    Tras el acercamiento con Máximo, Kicillof salió a defender a Cristina Kirchner a un año de su condena: «Es inocente»

    Luego de que el funeral del Indio Solari pusiera en pausa la interna peronista, tras siete meses y medio de distanciamiento, Axel Kicillof y Máximo Kirchner retomaron el diálogo para organizar el último adiós al ídolo popular. En este contexto, el gobernador bonaerense salió a defender públicamente a Cristina Kirchner al cumplirse un año de que la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de la expresidenta a seis años de prisión e inhabilitación perpetua en la causa Vialidad.

    “A un año de aquel fallo, ratificamos lo que verdaderamente no se puede ignorar: Cristina es inocente y continúa injustamente detenida. Frente a cada injusticia y cualquier intento de disciplinar al campo popular, tenemos la obligación de defender la democracia y el derecho de nuestro pueblo a vivir dignamente, en una Argentina más justa”, afirmó Kicillof.
    Si bien no es la primera vez que el gobernador se pronuncia en defensa de la expresidenta, desde el círculo más cercano a Cristina Kirchner y dirigentes de La Cámpora le reclamaron su mayor compromiso en el reclamo por la libertad de la exmandataria durante este periodo. En este sentido, la diputada bonaerense Mayra Mendoza expresó a fines de mayo, en diálogo con el streaming Gelatina, que “todo el peronismo debería poder manifestarse por la libertad de Cristina”.
    A través de un extenso mensaje en su cuenta de X, titulado “A un año del fallo contra Cristina”, Kicillof recordó: “Un año atrás se consumó una enorme infamia a la vista de todos: la condena de Cristina dictada por sectores del Poder Judicial tan alejados de la Justicia como cercanos al poder real”.
    El mandatario enfatizó que “Cristina fue víctima de una larguísima persecución que desembocó en una condena arbitraria, desprovista de pruebas y por supuestos hechos que ni siquiera estaban entre sus competencias, usando un argumento jurídicamente absurdo: ‘no podía no saber’”.
    Asimismo, Kicillof señaló que la persecución contra Cristina Kirchner alcanza también a su entorno familiar y recordó el intento de magnicidio del 1 de septiembre de 2022, cuando la exvicepresidenta sufrió un atentado. “Persiguen también a su familia y alimentan un clima de odio y violencia que tuvo su expresión más salvaje en el intento de asesinato que sufrió. A casi cuatro años del atentado, la investigación sobre quiénes lo planificaron, financiaron e instigaron brilla por su ausencia”, denunció.
    El gobernador agregó que “los mismos intereses que impulsaron la persecución contra Cristina sostienen hoy un modelo económico que destruye la industria nacional, pulveriza salarios y jubilaciones, recorta derechos sociales y laborales, y concentra la riqueza en cada vez menos manos”. Y advirtió que “todo esto ocurre mientras el Presidente alimenta todos los días el odio y ataca los fundamentos sociales de nuestra democracia”.
    En la previa de una nueva movilización convocada para este miércoles a las 16 horas frente al domicilio donde Cristina Kirchner cumple arresto domiciliario, Kicillof declaró a Radio 10 que se cumple “un año de una infamia” con la que buscan “disciplinar a quienes combaten a los sectores de poder”.
    Bajo la consigna “Argentina con Cristina”, la convocatoria prevé actos en distintos puntos del país y una concentración frente al domicilio de la expresidenta en San José 1111. “A un año de la injusta condena, nos movilizamos en todo el país y en San José 1111 para bancar a Cristina y pedir por su libertad. ¡Basta de proscripción!”, señalaron los organizadores.
    Por su parte, Oscar Parrilli, presidente del Instituto Patria, afirmó que el kirchnerismo continuará impulsando acciones para revertir la situación judicial de Cristina Kirchner. Adelantó que “los compañeros senadores van a presentar una denuncia sobre las condiciones arbitrarias de la detención” y aseguró que “claramente Cristina está proscrita y secuestrada”.
    En diálogo con el streaming Gelatina, Parrilli ratificó su apoyo a una eventual candidatura presidencial de la exmandataria y afirmó que el objetivo del espacio es que pueda competir en las elecciones de 2027. “Muchos compañeros y yo pensamos que Cristina tiene que ser candidata a presidenta”, afirmó, y agregó: “Estoy convencido de que ella ganaría las elecciones en 2027”.
    El exsenador señaló que “buscaron sacarla a Cristina de la contienda electoral porque tienen miedo” y sostuvo que “Cristina es inocente”, pero enfrentó “un fallo político, no un fallo jurídico, en el que se violaron todos los principios constitucionales”.