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  • Condenan en Suecia a hombre que drogaba y obligaba a su esposa a prostituirse

    Condenan en Suecia a hombre que drogaba y obligaba a su esposa a prostituirse

    Condenan en Suecia a hombre que drogaba y obligaba a su esposa a prostituirse

    Alrededor de 280 hombres, en poco más de dos años, pasaron por la casa de Thomas Runsten, un sueco de 61 años que fue condenado en Suecia por obligar a su esposa a prostituirse. Runsten manipulaba psicológicamente a la mujer, la emborrachaba y drogaba para que accediera a mantener relaciones sexuales con desconocidos que pagaban por ello. La víctima apenas recordaba los encuentros, a pesar de su frecuencia, mientras su marido se beneficiaba económicamente, acumulando cerca de 100,000 euros.

    Runsten había instalado once cámaras en su hogar para grabar los encuentros sexuales, aunque no se determinó con certeza si era con el fin de estimularse, comercializar los videos en la web o extorsionar a los clientes. Esta semana, fue condenado a cuatro años y cinco meses de prisión por proxenetismo, amenazas, un intento de violación y lesiones.
    Con pasado militar y exmiembro de la banda Hells Angels, conocida por su violencia y estilo característico, Runsten conoció a la víctima en 2021 y poco después comenzaron a convivir en Lunde, un pequeño pueblo sueco de poco más de 7,000 habitantes. A fines de 2025, la mujer abandonó el hogar con lo puesto y denunció a su esposo ante la policía.
    En su declaración, relató que era obligada a prostituirse y que cuando intentaba resistirse recibía golpes y amenazas. Según contó, Runsten le decía que le cortaría los dedos o que rociaría su cama con nafta para quemarla. La mujer manifestó miedo por su vida y la de sus mascotas, además del deseo de abandonar el comercio sexual al que era forzada.
    El caso presenta similitudes y diferencias con el “Caso Pelicot”, que conmovió a Francia y al mundo. Gisele Pelicot fue sometida a drogas durante casi una década y violada por desconocidos mientras su esposo grababa los abusos. Dominique Pelicot fue condenado a 20 años de prisión. En contraste, los jueces suecos no consideraron violación los hechos de Runsten, salvo una tentativa, debido a las estrictas pruebas requeridas por la ley local y la falta de acreditación fehaciente de la ausencia de consentimiento.
    Lo probado en el juicio fue el sometimiento de la mujer para que aceptara la prostitución. La defensa alegó que existía consentimiento y que se trataba de un “juego” dentro de la pareja, presentando mensajes de WhatsApp donde Runsten coordinaba con la esposa las citas con clientes, detallar fecha, horario, tipo de servicio y pago.
    Runsten aseguró ante el tribunal que la iniciativa partió de su esposa, quien deseaba abrir la relación y “jugar a la prostitución”, e incluso afirmó que la mujer quería ser como el personaje interpretado por Julia Roberts en la película «Mujer Bonita». Según él, la práctica comenzó cuando perdió la capacidad de mantener erecciones a causa de un cáncer, y su esposa le planteó que si él no podía tener relaciones, debía conseguir otros hombres.
    Sin embargo, los jueces desestimaron estos argumentos tras descubrir mensajes previos donde la mujer rechazaba estas propuestas, hasta que su voluntad fue quebrantada mediante amenazas, alcohol y drogas. La sentencia subraya que la situación no fue una fantasía sino una realidad basada en citas concretas, sexo real, sometimiento y pagos al marido.
    Con estos mensajes, Runsten evitó la condena por violación, aunque se autoincriminó como proxeneta. Además, quedó probado que él suministraba drogas y alcohol a la mujer para que cumpliera con los compromisos sexuales, además de ejercer violencia física para someterla. Los peritos psiquiátricos confirmaron que la dependencia de la víctima era también psicológica, y que Runsten ejercía un absoluto control sobre sus actos y decisiones, siendo responsable de su adicción.
    Las pruebas contra el acusado fueron múltiples: publicaba anuncios en Internet ofreciendo los servicios de su esposa, respondía mensajes, coordinaba citas, cobraba y presenciaba los encuentros. En las conversaciones telefónicas con su esposa, también profirió amenazas de muerte: “Te voy a ahorcar”, “Te voy a prender fuego”, “Yo consigo los clientes, tu trabajo es callar y tener sexo con ellos; si no vas a terminar mal”.
    Durante el allanamiento a la vivienda, la policía encontró drogas, dinero en efectivo, un registro detallado de pagos realizados por decenas de clientes y miles de filmaciones sexuales protagonizadas por la mujer. Además, se descubrió que Runsten emitía en una plataforma de streaming para adultos las relaciones sexuales de su esposa con los clientes.
    Aunque inicialmente se identificaron 120 involucrados, solo el 10% de los clientes fueron juzgados. Además de Runsten, 28 hombres fueron hallados culpables de facilitar la prostitución y recibieron condenas leves: dos enfrentan un mes de prisión, otros un régimen de libertad vigilada y el resto multas económicas moderadas. Algunos de ellos sufrieron consecuencias familiares y laborales; por ejemplo, el director de la escuela más grande del pueblo se vio obligado a renunciar.
    La sentencia también incluyó una reparación económica para la víctima y sanciones por las ganancias obtenidas ilegalmente a través de la explotación sexual. Este caso exhibe la complejidad de abordar delitos relacionados con la prostitución forzada y la dificultad para establecer con certeza la falta de consentimiento bajo condiciones de dominio y coacción.

  • Delito contra la integridad sexual: Condenan a 18 años de prisión a un hombre tras un juicio por jurados

    Delito contra la integridad sexual: Condenan a 18 años de prisión a un hombre tras un juicio por jurados

    Delito contra la integridad sexual: Condenan a 18 años de prisión a un hombre tras un juicio por jurados

    El juez técnico y vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, Darío Ernesto Crespo, condenó hoy a E.D.A a 18 años de prisión efectiva más las accesorias legales por hallarlo “autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la convivencia con una menor de 18 años y la guarda, reiterado y en concurso real”.

  • Rafaela: condenan a 4 años de prisión a dos hombres por transportar cápsulas de cocaína como correos humanos

    Rafaela: condenan a 4 años de prisión a dos hombres por transportar cápsulas de cocaína como correos humanos

    Rafaela: condenan a 4 años de prisión a dos hombres por transportar cápsulas de cocaína como correos humanos

    El Juzgado Federal de Garantías de Rafaela condenó a dos ciudadanos de nacionalidad boliviana a la pena de 4 años de prisión por el transporte de más de un kilo de cocaína cada uno, bajo la modalidad de ingesta de cápsulas. Los imputados habían sido detenidos el 2 de diciembre de 2025, cuando viajaban como pasajeros en un micro de larga distancia procedente del norte del país que fue interceptado por Gendarmería Nacional en la ciudad santafesina de Ceres.

    La sentencia, que además rechazó un pedido de expulsión anticipada de los condenados a su país de origen, se dictó tras la homologación de los acuerdos plenos —uno por cada imputado— presentados por la Unidad Fiscal Descentralizada Rafaela, con la intervención de su titular, el fiscal federal Jorge Gustavo Onel, y del fiscal federal coadyuvante Federico Grimm.
    Durante una audiencia realizada el viernes pasado ante el juez federal de Garantías Aurelio Cuello Murúa, fueron condenados Sirilo Quispe Carmona, de 27 años, y Abel Rocha Risco, de 28, como coautores del delito de transporte de estupefacientes, previsto en el artículo 5°, inciso c. de la Ley 23.737, de persecución del narcotráfico. Además de la pena a 4 años de prisión efectiva, se les impuso el pago de una multa y de las costas procesales y se ordenó la destrucción del material estupefaciente incautado.
    Ambos imputados y sus defensas prestaron conformidad con los hechos atribuidos, la calificación legal y la pena acordada.
    Respecto de Rocha Risco, el juez resolvió declararlo reincidente por la existencia de una condena previa dictada en abril de 2025 por la justicia de la República Federativa de Brasil, por un hecho idéntico en el que ingresó droga a ese país mediante una ingesta.
    Rechazo al pedido de la expulsión anticipada
    Durante la audiencia, la defensa solicitó la expulsión inmediata de ambos condenados hacia Bolivia por razones humanitarias y de vulnerabilidad, sin esperar el cumplimiento del plazo previsto en el artículo 64 de la Ley de Migraciones.
    Fundó el pedido en una línea jurisprudencial que admite esta solución, aun sin que se haya cumplido la mitad de la condena, y en la resolución de la Dirección Nacional de Migraciones, de abril de 2026, en la que declaró irregular la permanencia en el territorio argentino de los imputados y ordenó su expulsión.
    El fiscal Onel se opuso al planteo y sostuvo, en primer término, que la cuestión referida a la expulsión de extranjeros en situación irregular debía ser tratada por el juez de ejecución una vez que el acuerdo se encuentre homologado y la sentencia firme, conforme establece el artículo 57, inciso c, del Código Procesal Penal Federal (CPPF).