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  • La Corte Suprema definió que prosiga la doble investigación por enriquecimiento ilícito contra Edgardo Kueider – Arriba Noticias

    La Corte Suprema definió que prosiga la doble investigación por enriquecimiento ilícito contra Edgardo Kueider – Arriba Noticias

    La Corte Suprema definió que prosiga la doble investigación por enriquecimiento ilícito contra Edgardo Kueider – Arriba Noticias
    La Corte Suprema de Justicia rechazó el planteo de inhibición que la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, había presentado contra el Juzgado de Garantías 2 de Concordia, Entre Ríos. En ambos tribunales se investiga a Kueider por enriquecimiento ilícito. La determinación dejó abierta la posibilidad de que los dos expedientes sigan su curso en paralelo.
    La magistrada federal había pedido a su par entrerriano Ives Bastián que cese las pesquisas y le remita las actuaciones. El juez de Concordia se negó y entonces el conflicto llegó a la Corte. El máximo tribunal es el único superior común que tienen ambos juzgados por pertenecer a jurisdicciones diferentes.
    El decisorio de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz es breve. “De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, corresponde rechazar el planteo de inhibición formulado por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 1 de San Isidro, lo que así se dispone. Hágase saber al Juzgado de Garantías n° 2 de Concordia, Provincia de Entre Ríos”, consigna.
    Esto implica que los jueces tomaron como propio el argumento expuesto por el procurador Eduardo Casal cuando emitió su opinión.  “No es un planteo prematuro de inhibitoria el remedio adecuado”, había razonado el jefe de los fiscales federales. Que haya cometido los delitos investigados en San Isidro no implica que no sea responsable de otros que se analizan en Concordia, entendió.

    Arroyo Salgado fue quien pidió a Paraguay la extradición del ex representante de Entre Ríos en el Congreso. Las autoridades del vecino país dieron luz verde. La única condición que pusieron fue que Kueider termine de rendir cuentas con la Justicia paraguaya.
    El ex legislador tiene allí una condena por tentativa de contrabando y una causa en trámite por lavado. Si bien la Corte no le dio a la jueza de San Isidro la exclusividad de la investigación, avaló que continúe avanzando. Esto implica que, cuando el exsenador sea enviado desde Paraguay a la Argentina, deberá comparecer ante su Juzgado, publicó InfoBae.

    Los argumentos
    Casal sopesó qué tenía bajo la lupa Arroyo Salgado. La magistrada había enfocado su atención en Kueider a raíz de otro caso: Securitas. En ese expediente, se investigan sobornos pagados por la empresa de seguridad privada a organismos públicos para quedarse con contratos. Uno de ellos es Enersa, la estatal eléctrica de Entre Ríos, donde Kueider ejerció como representante de las acciones del Poder Ejecutivo.
    A este elemento le sumó una denuncia que se presentó en su despacho. Se basaba en datos publicados en el sitio El Disenso sobre la declaración jurada patrimonial de Kueider como senador. La magistrada unió ambos extremos y abrió otro expediente. Cuando avanzó, se enteró de la pesquisa que había iniciado Bastián y el fiscal José Arias en Concordia.
    Con los mismos datos de El Disenso, allí están escrutando al exsenador por su actividad desde 1999, cuando asumió como concejal de la ciudad.
    Frente a ese panorama, el procurador razonó: “La pretensión de la justicia federal para que su colega provincial se abstraiga de su pesquisa todo lo que pudo haber ocurrido a partir de que Edgardo Kueider se involucró en la trama de corrupción del caso “Securitas” no atiende a la circunstancia de que, mientras era miembro de Enarsa, continuaba siendo secretario general de la gobernación de Entre Ríos”.
    Luego, acotó: “Los hechos ventilados en la citada causa “Securitas” ni el presunto blanqueo de su producto —que también investiga el mismo juzgado federal— excluyen la posibilidad de que durante ese tiempo hayan ocurrido otros hechos penalmente relevantes al alcance de la justicia local”.
    Casal entendió como “comprensible” la inquietud de Arroyo Salgado por el riesgo de doble juzgamiento. El funcionario judicial evaluó que dentro del marco teórico de la magistrada el enriquecimiento ilícito “es entendido como una figura subsidiaria que quedaría desplazada si se lograra la condena por el delito que habría producido el aumento patrimonial”. Pero, pese a esto, consideró; “No es un planteo prematuro de inhibitoria el remedio adecuado”.
    El procurador cargó sobre el juez entrerriano Bastián la responsabilidad de que no haya doble juzgamiento a Kueider. “Ahora incumbe al magistrado provincial, en tanto juez de garantías, evitar, en su caso, la lesión del principio ne bis in idem”. Esto implica que, a medida que la averiguación arroje mayor claridad y precisión, deberá juzgar “si se da la triple identidad de hecho, persona y causa”.
    (APFDigital)

  • Corte de agua: concluyeron con los trabajos y se restableció el servicio – El Miércoles Digital

    Corte de agua: concluyeron con los trabajos y se restableció el servicio – El Miércoles Digital

    La Municipalidad de Concepción del Uruguay informó que finalizaron correctamente los trabajos de mantenimiento general programados sobre la cañería principal de la Toma de Agua, por lo que a las 11.35 de la mañana se retomó el bombeo de agua hacia la Planta Potabilizadora, restableciéndose el servicio paulatinamente.
    Los trabajos se iniciaron a las 6 de la mañana, con las primeras tareas de evacuación de la cañería. Ya con luz de día se realizó el reemplazo de las Bridas de ajuste de la cañería madre de la Toma de Agua y se realizó mantenimiento general en el mismo sitio donde el pasado 7 de Julio se desoldó el caño afectando el servicio. Las tareas se pudieron realizar sin inconvenientes, y pasadas las 11.35 de la mañana, se volvieron a encender las bombas de la Toma para llevar agua a la Planta y restablecer el servicio.
    Como se recordará, se trata de una zona de difícil acceso, en terrenos inundables, por lo cual se aprovechó esta pequeña bajante del río Uruguay por debajo de los 3 metros de altura en el puerto local, para poder acceder con los equipos y maquinaria necesarios para las tareas de mantenimiento y control.
    La recuperación del servicio será paulatina a lo largo de la jornada del sábado, hasta alcanzar progresivamente la normalidad. Se debe tener en cuenta que en las viviendas y edificios en los que hay tanques de reserva, el corte de agua tal vez no se haya percibido, pero se solicita mantener durante el fin de semana el uso responsable y cuidadoso del agua, mientras se produce la recuperación del servicio en lugares más altos o alejados, o que reciben agua directamente de la red. Se recomienda evitar consumos innecesarios, reservar agua para las necesidades esenciales y no utilizarla para tareas que puedan postergarse.
    El cuidado del agua siempre es importante, no sólo en estos momentos, pero se trata de un recurso muy valioso, y la buena práctica y el uso responsable siempre es bienvenido.
    «La Municipalidad agradece la comprensión y colaboración de los vecinos ante estos trabajos, que resultan necesarios para el mantenimiento y adecuado funcionamiento de la infraestructura de abastecimiento de agua potable. De la misma manera, un agradecimiento especial para el personal afectado a estas tareas, por su desempeño en condiciones difíciles de bajas temperaturas», cerraron el informe.

    Fuente: Prensa de la MdeCdelU.

     
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  • Programan un corte de agua para este sábado – El Miércoles Digital

    Programan un corte de agua para este sábado – El Miércoles Digital

    La Municipalidad de Concepción del Uruguay informó que este sábado 5 de septiembre, en el marco de trabajos previstos sobre la cañería principal de la Toma de Agua, se realizará un corte programado del servicio de agua potable.
     
    La interrupción comenzará durante las primeras horas de la madrugada y, de acuerdo con las estimaciones sobre el tiempo necesario para completar las tareas, se prevé que el servicio comience a restablecerse entre las 10 y las 12 del mediodía del mismo sábado.
    Los trabajos contemplan tareas de mantenimiento y el reemplazo de las bridas de ajuste de la cañería de la Toma de Agua. Para llevarlos adelante es necesario que la altura del río Uruguay se encuentre por debajo de los 3 metros. Actualmente, el nivel se ubica en 2,80 metros, por lo que se decidió adelantar la intervención para este sábado, teniendo en cuenta además que el último informe de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande prevé un nuevo repunte del río desde el domingo.
    Una vez finalizadas las tareas, la recuperación del servicio será paulatina a lo largo de la jornada del sábado, hasta alcanzar progresivamente la normalidad.
    En este contexto, se solicita especialmente a los vecinos hacer un uso responsable y cuidadoso del agua, tanto antes como durante el corte y mientras se produce la recuperación del servicio. Se recomienda evitar consumos innecesarios, reservar agua para las necesidades esenciales y no utilizarla para tareas que puedan postergarse.
    El cuidado del agua es fundamental para atravesar de la mejor manera este período de interrupción y contribuir a una recuperación más eficiente del servicio para toda la comunidad.
    Fuente: Prensa de la MdeCdelU.

     
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  • La Corte ordenó a Misiones parar de cobrarle a una empresa adelantos de Ingresos Brutos por el equivalente de 307 años de lo que debe pagar de ese impuesto

    La Corte ordenó a Misiones parar de cobrarle a una empresa adelantos de Ingresos Brutos por el equivalente de 307 años de lo que debe pagar de ese impuesto

    En una decisión fundamental para el futuro del sistema tributario argentino, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió restablecer una medida cautelar en el marco de un reclamo contra la Provincia de Misiones. La controversia se centra en la retención, percepción y pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos por un monto equivalente al 30.718 % de la obligación definitiva, es decir, el adelanto de impuesto correspondiente a 307 años.

    El Establecimiento Las Marías presentó una demanda contra la Agencia Tributaria de Misiones, solicitando que se declare la inconstitucionalidad de las resoluciones generales N° 3/1993, 35/2002, 56/2007 y 1/2010, al considerarlas contrarias a varios artículos de la Constitución Nacional (17, 19, 28, 31, 75, incisos 13 y 18, 122 y 126).
    La empresa explicó que esos regímenes impositivos generan pagos mensuales a cuenta a favor de la provincia por un total de 597.643.467 pesos, que proyectados anualmente alcanzan los 7.171.721.605 pesos. Esta cifra contrasta con una estimación anual definitiva del impuesto sobre los ingresos brutos de apenas 23.347.296 pesos. En otras palabras, el monto retenido representa 307 veces la obligación definitiva anual, lo que equivale a 307 años de impuestos adelantados, superando incluso la duración social prevista para la firma, fijada en 99 años.
    Las Marías ha contado con certificados sucesivos de exclusión de retención o percepción hasta el 31 de marzo de 2025. Sin embargo, a partir de esa fecha, a pesar de haber realizado oportunamente las gestiones para su renovación y solicitado vistas y despachos, no obtuvo respuesta por parte del organismo recaudador provincial, generando saldos a favor que resultan imposibles de recuperar.
    El 17 de diciembre de 2021, la empresa solicitó su inclusión en el régimen de “Promoción de Inversiones en Emprendimientos Yerbateros” de la Provincia de Corrientes. No obstante, denunció que el irregular régimen de recaudación implementado por Misiones le impide cumplir con las inversiones previstas, por lo que consideró que Corrientes tiene interés legítimo en el juicio y debe ser citada como tercero.
    Además, requirió la intervención del Estado Nacional, argumentando que las resoluciones impugnadas afectan el régimen de ingreso y liquidación de divisas establecido por las comunicaciones “A” 6770 y “A” 8137 del Banco Central, configurando una indebida intromisión de la Provincia de Misiones en facultades exclusivas del poder nacional.
    Ante el Juzgado Federal de Paso de los Libres, Las Marías solicitó una medida cautelar para que la Agencia Tributaria de Misiones se abstenga de aplicar las normas cuestionadas o exigir a terceros que actúen como agentes de retención o percepción hasta que se dicte sentencia definitiva. El juez a cargo hizo lugar a esta petición y ordenó suspender la aplicación de las resoluciones impugnadas, además de impedir que se obstaculice el ingreso a la provincia de bienes remitidos por la empresa debido a la falta de pago de los anticipos.
    Posteriormente, el juez de esa jurisdicción determinó que la causa debía tramitarse en instancia originaria ante la Corte Suprema. Ante este tribunal, la empresa demandó directamente a la Provincia de Misiones como parte principal y señaló que el 3 de julio de 2025 el Superior Tribunal de Justicia de Misiones suspendió la medida cautelar dictada por el Juzgado de Paso de los Libres hasta que la Corte Suprema se pronunciara.
    Por su parte, la Provincia de Corrientes se presentó ante la Corte como tercero interesado y manifestó su adhesión al reclamo de Las Marías.
    El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, recordó que su competencia originaria procede únicamente cuando la acción se funda directamente en normas constitucionales nacionales, leyes del Congreso o tratados internacionales, y cuando la cuestión federal es predominante, condiciones que se verifican en este caso.
    La Corte sostuvo que la demanda plantea si la pretensión fiscal basada en las resoluciones impugnadas constituye una extralimitación territorial de la potestad fiscal de la provincia, al imponer anticipos que afectarían ingresos derivados de actividades exportadoras realizadas en otras jurisdicciones, y si vulnera la libre circulación de mercaderías, la regulación del comercio interprovincial y la prohibición de aduanas interiores.
    En consecuencia, la Corte declaró su competencia originaria, corrió traslado de la demanda a la Provincia de Misiones por 60 días, desestimó la incorporación de Corrientes como tercero y confirmó la vigencia de la medida cautelar dictada el 4 de junio de 2025. Asimismo, ordenó que la Provincia de Misiones o su Agencia Tributaria comuniquen a entidades financieras y agentes de retención y percepción la medida adoptada, a fin de asegurar su cumplimiento efectivo.

  • La Corte Suprema elaborará un protocolo de salud para otorgar prisiones domiciliarias a presos

    La Corte Suprema elaborará un protocolo de salud para otorgar prisiones domiciliarias a presos

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitó al Cuerpo Médico Forense la elaboración de un protocolo de salud destinado a unificar criterios médicos que sirvan como orientación para decidir sobre la procedencia de la prisión domiciliaria de personas que se encuentran detenidas en establecimientos penitenciarios.

    La resolución fue adoptada por los tres jueces del máximo tribunal, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, mediante la acordada 21/2026 del pasado viernes. El Cuerpo Médico Forense cuenta con un plazo de 30 días para presentar el protocolo ante la Corte, que posteriormente evaluará su aprobación.
    La medida aplica a todo tipo de personas privadas de libertad, sin distinción de delito, edad o estado procesal, según informaron fuentes judiciales a Clarín. En materia de salud y detención, existen reclamos recurrentes, especialmente por parte de represores de la última dictadura militar, quienes argumentan estar alojados en cárceles comunes pese a padecer problemas de salud.
    Según la última estadística de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, correspondiente a junio pasado, de las 519 personas detenidas por causas de lesa humanidad, 440 cumplen prisión domiciliaria, mientras que 79 permanecen en unidades penitenciarias.
    La Corte Suprema expresó que este abordaje sistemático permitirá estandarizar el trabajo de los auxiliares de justicia especializados en ciencias médicas y aportará un análisis particularizado de cada caso en función de las prestaciones e infraestructura disponibles.
    Los jueces recordaron que la Constitución Nacional establece que las cárceles deben ser «sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas», y que la legislación prevé la prisión domiciliaria en determinados casos, entre ellos por razones de salud.
    «La alternativa de la prisión domiciliaria está orientada a garantizar la vigencia de principios humanitarios en la ejecución de las penas privativas de libertad —que también se proyecta a las detenciones cautelares— y a la tutela efectiva de los derechos constitucionales a la vida, a la integridad y a la salud de las personas privadas de libertad», señalaron Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti.
    De acuerdo con la última estadística nacional del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP), al 31 de diciembre de 2024 había en Argentina 12.643 personas con prisión domiciliaria o bajo monitoreo electrónico, representando menos del 10% del total de detenidos, ya que para esa fecha se registraban 133.585 personas alojadas en unidades penitenciarias o dependencias policiales y de fuerzas de seguridad.
    El máximo tribunal destacó que, debido a que la salud no es especialidad de los jueces, estos deben basar sus decisiones en asesoramientos médicos, por lo que resulta necesario sistematizar los criterios científicos para su análisis.
    En consecuencia, dispuso la creación del “Protocolo médico sobre el estado de salud de los internos penitenciarios y las posibilidades de su tratamiento en el establecimiento en el que se encuentran alojados”, con el objetivo de organizar y uniformar la constatación de aspectos médicos y penitenciarios exigidos por la ley, sirviendo como guía para decidir sobre la procedencia de la prisión domiciliaria.
    Asimismo, los jueces subrayaron que se busca brindar a los magistrados herramientas que les permitan contar con mejores elementos para emitir su juicio al momento de decidir sobre la prisión domiciliaria por razones de salud.
    El protocolo deberá incluir, en la mayor medida posible, exámenes e informes médicos para constatar el estado de salud de los internos y evaluar en cada caso las condiciones concretas de detención, así como la viabilidad de realizar el tratamiento indicado dentro del establecimiento penitenciario.
    Finalmente, el máximo tribunal señaló que, para verificar que las condiciones de detención sean compatibles con las necesarias para la recuperación o el adecuado tratamiento según las conclusiones médicas de cada caso, se deberá protocolizar la información proporcionada por las autoridades penitenciarias responsables del interno.

  • Mansión de Pilar: la Fiscalía apelará a la Corte Suprema que se transforma en un tribunal clave para la AFA

    Mansión de Pilar: la Fiscalía apelará a la Corte Suprema que se transforma en un tribunal clave para la AFA

    El fiscal general Mario Villar apelará en los próximos días ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el fallo que ordenó que la causa que investiga la mansión de Pilar atribuida al tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Pablo Toviggino, se tramite en la justicia federal de Campana.

    Fuentes judiciales informaron a Clarín que Villar objetará la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal, con el objetivo de que el máximo tribunal revoque dicho fallo. El fiscal tiene plazo hasta fin de mes para presentar el recurso.
    De esta manera, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti serán determinantes para el futuro judicial de la AFA, su presidente Claudio “Chiqui” Tapia y Toviggino, no solo en esta causa sino también en otras dos en trámite.
    La Corte Suprema ya debe resolver otro planteo sobre la jurisdicción para investigar a la empresa TourProdEnter LLC, vinculada con el manejo de fondos en el exterior de la AFA, y también espera recibir la causa relacionada con la mudanza de la sede de la entidad a Pilar.
    Estas tres decisiones serán definitivas para la AFA, ya que no admiten más apelaciones. Además, los jueces del máximo tribunal son conscientes de que sus resoluciones tendrán tanto alcance jurídico como implicancias políticas.
    ### Las causas en juego
    Los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Diego Barroetaveña —quien fue presidente hasta diciembre pasado del tribunal de Ética de la AFA— y Mariano Borinsky resolvieron la semana pasada que la causa por la mansión debe tramitar en Campana, dado que esa es la jurisdicción que comprende Pilar, lugar donde se encuentra la propiedad.
    Esta decisión fue requerida por los acusados, Luciano Pantano y su madre jubilada Ana Lucía Conte, quienes no poseen capacidad económica declarada para adquirir ese inmueble de 105 mil metros cuadrados, valuado en 20 millones de dólares. Se sospecha que son testaferros de Toviggino, ya que en la mansión se encontraron objetos pertenecientes al tesorero y Pantano tenía una tarjeta corporativa de la AFA para abonar el telepase de vehículos manejados por familiares de Toviggino.
    El caso investiga un presunto lavado de dinero, y la Cámara afirmó que se trata de un delito bajo la competencia de la justicia federal y no del fuero Penal Económico, donde inicialmente tramita la causa. Todos los fiscales que intervinieron manifestaron que no corresponde que intervenga el juzgado federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay.
    Villar mantuvo esta postura durante el proceso y ahora presentará un recurso extraordinario para que la Corte Suprema intervenga. Insistirá en que el fuero Penal Económico puede investigar el caso, y en caso de corresponder la justicia federal, esta debe ser la de la ciudad de Buenos Aires, ya que la maniobra delictiva es más amplia y no se restringe a la casa de Pilar: se sospecha que para su adquisición se desviaron fondos de la AFA mediante sociedades con sede en la capital.
    La Cámara de Casación debe decidir si acepta la apelación para que el expediente llegue a la Corte. En caso de rechazo, Villar presentará un recurso de queja directamente ante el máximo tribunal. Fuentes judiciales indican que la Corte no suele intervenir en este tipo de conflictos y, si mantiene esa postura, la causa permanecerá en Campana.
    El máximo tribunal también enfrenta otra disputa judicial sobre la jurisdicción para investigar diversas causas vinculadas a la AFA, en una de las cuales Claudio Tapia y Pablo Toviggino están procesados por retención indebida de impuestos. Ese expediente fue iniciado por el empresario Guillermo Tofoni en la justicia nacional de instrucción, por presunta administración fraudulenta en el manejo de TourProdEnter LLC, empresa propiedad de Javier Faroni y su esposa Erica Gillette, relacionada con los fondos de la AFA en el exterior.
    El juez federal de Campana solicitó esa causa para unificarla con una similar en trámite, por lo que la magistrada nacional Paula Petazzi se la remitió. Sin embargo, la Cámara del Crimen rechazó ese pedido y, ante la disputa entre un juzgado federal y otro nacional, envió el expediente a la Corte Suprema para que defina la competencia.
    El tercer expediente que estará bajo la lupa de la Corte, aún no ingresó pero se prevé que lo haga en breve. Se trata de un punto fundamental para la estrategia de la AFA: la ubicación legal de su sede.
    Claudio “Chiqui” Tapia busca trasladar la sede de su histórica sede en la calle Viamonte, en la ciudad de Buenos Aires, a Pilar, donde también se encuentra la mansión vinculada a Toviggino. Este cambio implicaría que la entidad quede bajo la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, en lugar de la órbita nacional. Este traslado genera una disputa con el gobierno de Javier Milei.
    La Cámara Civil aprobó el traslado a Pilar, pero el gobierno, a través de la Inspección General de Justicia, apeló ese fallo para que intervenga la Corte Suprema. La Cámara tiene pendiente la resolución de dicha apelación, y si no la acepta, el gobierno podría recurrir al máximo tribunal por otra vía.

  • El Gobierno busca que la Corte frene la mudanza de la AFA al predio vacío de Pilar

    El Gobierno busca que la Corte frene la mudanza de la AFA al predio vacío de Pilar

    La Sala D de la Cámara Nacional en lo Civil debe resolver en los próximos días si permite que la disputa judicial sobre la mudanza de la sede social de la AFA a un predio baldío en Pilar llegue a la Corte Suprema. El Gobierno nacional, a través de la Inspección General de Justicia (IGJ) y la Procuración del Tesoro de la Nación, cuestiona esta relocalización, que impacta contra los intereses del presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia.

    En un recurso extraordinario de 37 páginas, firmado por la apoderada de la IGJ, representantes del Ministerio de Justicia y el procurador Sebastián Amerio —colaborador cercano del asesor presidencial Santiago Caputo—, se sostiene que la decisión de la Cámara “genera un grave precedente que debilita el poder de policía de todas las personas jurídicas en la República Argentina, instaurando un sistema de competencia asimétrica entre agencias estatales y propiciando la impunidad fiscalizadora mediante la relocalización de domicilios ficticios”.
    Desde la representación del Estado Nacional se argumenta que la justicia civil validó equivocadamente un cambio de domicilio dispuesto unilateralmente por la AFA, con el objetivo de eludir el control societario de la IGJ. Esta había detectado importantes irregularidades en la documentación de la entidad deportiva, así como falta de información administrativa y financiera clave en varios balances, algunos de los cuales no se presentaron, a pesar de ser de cumplimiento legal obligatorio.
    Los apoderados solicitan a la Corte que intervenga sobre la base de cinco agravios federales que, a su juicio, justifican su participación en el expediente. Entre ellos, destacan la “arbitrariedad” de la sentencia de la Cámara Civil que avaló la mudanza de la AFA.
    Por su parte, la AFA argumentó que “no existe cuestión federal alguna que habilite la competencia excepcional de la Corte” y agregó que la sentencia de los camaristas Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset “no negó las facultades legales de la IGJ, ni declaró la invalidez de las normas que las establecen, ni privó al organismo de ninguna de sus atribuciones”, sino que simplemente evaluó “si, en las circunstancias concretamente comprobadas en la causa, dichas facultades fueron ejercidas dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico”.
    Precisamente, ese es el planteo del Gobierno: que Tapia y su equipo manipularon un supuesto cambio de sede para eludir los controles de la IGJ.
    La controversia central gira en torno al traslado de la entidad desde su histórica sede en la calle Viamonte, en la ciudad de Buenos Aires, hacia un predio en Pilar. Se habla de predio más que de inmueble, ya que en la dirección señalada como nueva sede de la AFA sólo hay un cartel clavado en medio del pasto, reflejo de la rapidez con la que se buscó, presuntamente, evadir la supervisión nacional.
    El traslado fue aprobado por unanimidad en la Asamblea General de la AFA el 17 de octubre de 2024 y luego inscripto por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense. La Cámara Nacional en lo Civil consideró que el control sobre la legalidad de la Asociación pasó a la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, la IGJ no convalidó esta decisión, dado que su aprobación —mediante la validación de todos los balances y documentación— es requisito indispensable para que la transferencia de jurisdicción no sea considerada fraudulenta.
    El Estado nacional argumentó que el fallo que respaldó la mudanza “convalidó un domicilio provincial por encima de la realidad fáctica constatada por los inspectores del Estado” y cuestionó que se haya aceptado el traslado pese a la “inexistencia de oficinas reales de administración de la AFA en Pilar al momento de la fiscalización”.
    En respuesta, la AFA afirmó que la acusación carece de fundamento y sostuvo que, una vez inscrito el cambio de jurisdicción por la autoridad bonaerense, el control permanente sobre la entidad “quedó radicado en la provincia de Buenos Aires y ya no en la órbita nacional”.
    Además de solicitar que no se conceda el recurso extraordinario, la AFA advirtió que, en caso de que la Cámara habilite la instancia federal, pedirá a la Corte Suprema que confirme el fallo que anuló la Resolución Particular 140/26 de la IGJ, así como la resolución del Ministerio de Justicia de la Nación que había designado veedores en la AFA por un plazo de 180 días.

  • A una semana de dejar el cargo, el juez Martín Irurzun juega su última chance en la Corte Suprema para seguir en un tribunal clave

    A una semana de dejar el cargo, el juez Martín Irurzun juega su última chance en la Corte Suprema para seguir en un tribunal clave

    A una semana de dejar el cargo, el juez Martín Irurzun juega su última chance en la Corte Suprema para seguir en un tribunal clave

    La próxima semana marcará el final de Martín Irurzun como juez de la Cámara Federal de Comodoro Py, cargo que desempeña desde hace 32 años. Aunque su salida parece inevitable, el magistrado intenta una última maniobra: solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación un fallo que le permita continuar en el puesto.

    Irurzun cumplirá 75 años el sábado 18 de julio, la edad máxima establecida por la Constitución Nacional para ejercer como juez. Existe una excepción a esta limitación: la posibilidad de que el Poder Ejecutivo autorice la revalidación del cargo por cinco años más. Esa prórroga fue solicitada por Irurzun, pero el gobierno de Javier Milei no la aprobó.
    A pesar de gestiones políticas para su continuidad, no se obtuvieron resultados favorables. Por ello, hace un mes Irurzun inició un proceso judicial para obtener un fallo que lo respalde en el cargo. Su pedido fue rechazado en dos instancias y ahora recurre a la Corte Suprema en una última y urgente instancia.
    La salida de Irurzun impactará en la Cámara Federal, que atraviesa una etapa de renovación tras los cuestionamientos a otros dos jueces, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi. Este tribunal reviste gran relevancia política, pues allí se tramitan causas relacionadas con corrupción.
    Irurzun ingresó al Poder Judicial a comienzos de los años 70 y en 1987 fue designado titular del juzgado federal 5 durante el gobierno de Raúl Alfonsín. En 1994, el gobierno de Carlos Menem lo ascendió a juez de la Cámara Federal, cargo que mantiene desde entonces. Durante su trayectoria, intervino en casos de delitos de lesa humanidad y de corrupción, confirmando, entre otros, varios procesamientos contra la expresidenta Cristina Kirchner.
    La reforma constitucional de 1994 estableció 75 años como edad límite para los jueces, permitiendo una extensión de cinco años previa aprobación del Senado a instancia del Poder Ejecutivo.
    Irurzun solicitó el año pasado al gobierno de Milei la prórroga de su mandato, pero el Ejecutivo rechazó la petición. A diferencia de este caso, sí accedió a conceder dicha extensión a otros magistrados, como Carlos Mahiques, padre del ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques, para continuar en la Cámara Federal de Casación Penal, autorización que fue ratificada por el Senado.
    Ante este rechazo, Irurzun presentó una medida cautelar autónoma para solicitar la suspensión inmediata de los efectos jurídicos que fijan el límite de edad constitucional, argumentando que la reforma de 1994 no otorgó facultades al Congreso para modificar la inamovilidad de los magistrados mediante un criterio etario.
    El pedido fue desestimado inicialmente por el juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Alonso Regueira, y confirmada esa decisión esta semana por la Cámara Contencioso Administrativa. Irurzun apeló para que la Corte Suprema intervenga. La Cámara debe decidir si eleva el caso al máximo tribunal y, ante la urgencia, requirió al gobierno que emita su opinión en un plazo de un día.
    Se espera una resolución de la Cámara para el próximo lunes, momento en que se iniciará la cuenta regresiva. De acuerdo con precedentes de la Corte Suprema, si en la fecha en que el juez cumple 75 años no cuenta con el aval para continuar, debe cesar en sus funciones.
    Si la Cámara rechazara derivar el caso a la Corte, Irurzun podrá presentar otra acción directa, lo que acortaría los tiempos. La resolución final estará en manos de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, este último con cercanía al magistrado.
    Inicialmente, Irurzun anticipó que recusaría a Rosatti, quien fue convencional constituyente en 1994 y ha expresado opinión favorable sobre el límite de edad, pero retiró ese planteo en la apelación ante la Corte.
    La Cámara Federal actualmente está en proceso de renovación, con tres de sus seis cargos en revisión. Además de Irurzun, se encuentran en revisión los puestos de Bruglia y Bertuzzi, jueces trasladados durante el gobierno de Mauricio Macri y cuya designación fue declarada no definitiva por la Corte. El gobierno de Milei podrá ahora cubrir estas vacantes, ya que los concursos correspondientes han finalizado, lo que implica un control parcial sobre un tribunal de gran importancia.
    Tras más de tres décadas en Comodoro Py, Irurzun se apresta a abandonar su función judicial. Sin embargo, ha dejado claro que no desea ningún tipo de despedida y probablemente concluirá su carrera con una causa pendiente clave: el procesamiento de Diego Spagnuolo, ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad, el primer caso de corrupción en el gobierno de Milei.

  • Tras el fallo de la Corte, en el Gobierno dicen que cumplirán con los pagos de «becas y salarios» a las universidades, pero no con la ley completa

    Tras el fallo de la Corte, en el Gobierno dicen que cumplirán con los pagos de «becas y salarios» a las universidades, pero no con la ley completa

    Tras el fallo de la Corte, en el Gobierno dicen que cumplirán con los pagos de «becas y salarios» a las universidades, pero no con la ley completa

    El Gobierno realizó una interpretación propia del fallo de la Corte Suprema de Justicia que dio lugar al reclamo de las universidades por mejores sueldos. Según su lectura, solo quedaron firmes los artículos 4 y 5 de la denominada ley de Financiamiento Universitario, y con los acuerdos paritarios firmados el 10 de junio con los rectores, ya estarían cubiertos 830 mil millones de los 1,3 billones de pesos que contempla el presupuesto de esos artículos para todo el año. No descartan, además, resolver la diferencia restante en una nueva negociación durante el segundo semestre.

    Por su parte, las autoridades de las casas de altos estudios sostienen que la resolución del máximo tribunal sí exige el cumplimiento de la normativa ratificada por el Congreso para 2025, luego de ser vetada por el presidente Javier Milei. «Fue un camino largo y difícil. Hoy la Corte Suprema reafirmó que el Poder Ejecutivo debe cumplir la Ley de Financiamiento Universitario», afirmó Emiliano Yacobitti, vicerrector de la UBA.
    En el Ejecutivo intentaron minimizar el impacto del fallo y argumentaron que, con las negociaciones paritarias pactadas, el sector estaría siendo compensado por un atraso salarial que, reconocen internamente, ya existía desde 2024. Fuentes gubernamentales señalaron que «más de la mitad de lo proyectado por el articulado incluido en el fallo», referido a becas y salarios, ya estaría cubierto con el acuerdo firmado hace tres semanas. Además, enfatizaron que aún no existe una resolución judicial definitiva sobre el recurso de amparo presentado por el Estado en contra de toda la normativa impulsada por bloques parlamentarios aliados.
    En la Casa Rosada rechazan hacerse cargo del total presupuestado por la ley de Financiamiento Universitario, que estiman asciende a 3,2 billones de pesos para todo el año. «No hay resolución sobre la cuestión de fondo de la ley», insistieron fuentes oficiales.
    A pesar de ello, las universidades expresaron su satisfacción por la resolución de la Corte, aunque el máximo tribunal adoptó una postura salomónica al desestimar el recurso extraordinario federal presentado por la Procuración del Tesoro, pero tampoco otorgar plena razón al sector universitario. Ahora deberán aguardar la decisión del juez de primera instancia Martín Cormick, quien deberá validar el acuerdo alcanzado recientemente.
    En medio de las quejas y recursos judiciales en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, los rectores y el Ministerio de Capital Humano suscribieron el 10 de junio un acta acuerdo con organizaciones gremiales docentes y no docentes para una recomposición salarial. Según este entendimiento, el Ejecutivo transferirá a las universidades nacionales fondos para incrementar la masa salarial en un 24,33%, distribuido en un 21,33% en junio, sobre los básicos vigentes a mayo de 2026, y un 3% en octubre, sobre los básicos de septiembre de 2026.

  • Ricardo Lorenzetti, apurado por completar la Corte Suprema: «El tiempo de designar jueces es ahora»

    Ricardo Lorenzetti, apurado por completar la Corte Suprema: «El tiempo de designar jueces es ahora»

    Ricardo Lorenzetti, apurado por completar la Corte Suprema: «El tiempo de designar jueces es ahora»

    Ricardo Lorenzetti insistió este martes en la necesidad urgente de designar nuevos miembros para cubrir los dos cargos vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y advirtió que “no es normal” que el máximo tribunal funcione con solo tres integrantes. “El tiempo de designar jueces es ahora”, afirmó.

    Lorenzetti, junto a Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, integra actualmente la Corte Suprema, que debería contar con cinco miembros. Desde diciembre de 2024, cuando renunció Carlos Maqueda —y considerando la vacante que dejó Elena Highton en 2021—, el tribunal opera con dos cargos sin cubrir. “No es normal que tengamos tres miembros en la Corte. Yo tengo muchísima actividad internacional y me cuesta explicar que somos solo tres”, se quejó en una entrevista concedida a TN.
    El juez también destacó la importancia de garantizar diversidad de género en el tribunal, a pesar de la polémica generada por el decreto impulsado por Javier Milei, que modificó los procedimientos previos para la designación de jueces. “Tiene que haber diversidad de género porque es muy importante. La Corte debe ser diversa y reflejar lo que es la sociedad”, subrayó, y agregó que estos temas, aunque a veces parezcan lejanos, deben vincularse con los problemas de la población.
    En la misma entrevista, Lorenzetti se refirió al juez federal Ariel Lijo, cuyo pliego fue rechazado por el Congreso a principios de abril. “Yo lo aprecio y considero que es un buen candidato, pero la decisión es del Presidente”, aseguró. Además, señaló que los postulantes a la Corte deben provenir del Poder Judicial.
    Consultado sobre la posibilidad de ampliar el número de integrantes del tribunal, Lorenzetti se mostró reticente. “No es fácil designar dos jueces, y el Gobierno anterior tampoco cubrió una vacante. Si se aumenta el número y además consideramos que habrá elecciones, vamos a estar mucho tiempo con una Corte inestable”, opinó.
    Respecto a la reciente condena contra Cristina Kirchner en la causa Vialidad, dijo que “desde el punto de vista jurídico está terminado el tema”. “Entiendo a quienes están enojados o disconformes, pero el proceso está terminado”, sostuvo, y añadió que es fundamental “proteger las instituciones”, ya que estas existen para resguardar a los débiles frente a los poderosos.
    Lorenzetti recordó que la mayoría de los jueces que intervinieron en esa causa fueron designados durante los gobiernos kirchneristas. “Obviamente estos casos merecen debate y hay críticas. Entendemos que hay gente molesta, y también comprendemos que no es bueno en ningún país encarcelar a un presidente, pero nosotros juzgamos delitos”, enfatizó.
    Finalmente, evitó opinar sobre la posible interpelación y la moción de censura contra el jefe de Gabinete, Manuel Adorni. Señaló que se trata de un procedimiento “previsto y un mecanismo de control”, pero aclaró que “la decisión corresponde a otros poderes del Estado y nosotros no podemos opinar”. Asimismo, subrayó que, del mismo modo que no desean injerencia en el Poder Judicial, ellos deben abstenerse de interferir en lo que haga el Congreso.