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  • El fallo será comunicado el 23 de julio: Se desarrolló juicio abreviado a sujeto acusado de robo y hurto

    El fallo será comunicado el 23 de julio: Se desarrolló juicio abreviado a sujeto acusado de robo y hurto

    El fallo será comunicado el 23 de julio: Se desarrolló juicio abreviado a sujeto acusado de robo y hurto

    Fue presentado este miércoles por la mañana el acuerdo de juicio abraviado en el marco de causas llevadas adelante por la doctora Lara Plescia, Fiscal Auxiliar N°4 de la jurisdicción, contra un sujeto de apellido Delaloye de unos 35 años de edad, acusado de “Robo y hurto”.

    Este sujeto es representado por los abogados Jair Gay y Emiliano Torran, que arribaron a un acuerdo con la parte acusadora y el reconocimiento de responsabilidad del acusado.
    Los hechos imputados
    Los hechos atribuidos a Delalyoe y que se le dieran a conocer en el momento de prestar declaración de imputado, son en primer ligar que en la madrugada del 27 de febrero, junto a otro sujeto se hicieron presentes en el domicilio de calle República del Líbano al 200 de ciudad, donde previo acceder al patio delantero del inmueble a través del portón de ingreso principal, el cual se hallaba abierto, robaron una puerta de chapa color blanco, la cual se encontraba con su marco correspondiente y mampostería.
    El segundo caso fue el ocurrido el día 17 de marzo (también en la madrugada) cuando este individuo ingresó al local comercial «Ambar» sito en calle Galarza al 1600 de esta ciudad, previo dañar el cristal de la vidriera del lugar, y se apoderó de cincuenta jeans de damas; siete pantalones deportivos; tres mochilas; un teléfono celular; y dinero en efectivo.
    EN la IPP y con la conformidad del imputado sobre la existencia, calificación legal y su participación en los hechos que le fueran intimados, las partes intervinientes acordaron sea condenado a la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo, a cumplirse en el Centro Terapeutico «Hasta el último día», por ser autor penalmente responsable del delito de Robo y co-autor del delito de Hurto, ambos en concurso real entre sí y qye además sea declarado segundo reincidente-.
    En caso de ocurrir el alta del tratamiento y/o su interrupción por cualquier motivo, antes del vencimiento del plazo de la condena, se continuará su alojamiento en la Unidad Penitenciaria que corresponda, hasta su finalización.
    El abreviado fue presidido por el vocal de Cámara, doctor Fernando Martínez Uncal, quien escuchó atentamente la presentación y dispuso dar lectura del fallo (homologando o no el mismo) el próximo 23 de julio a las 12 horas.

  • Tras el fallo de la Corte, en el Gobierno dicen que cumplirán con los pagos de «becas y salarios» a las universidades, pero no con la ley completa

    Tras el fallo de la Corte, en el Gobierno dicen que cumplirán con los pagos de «becas y salarios» a las universidades, pero no con la ley completa

    Tras el fallo de la Corte, en el Gobierno dicen que cumplirán con los pagos de «becas y salarios» a las universidades, pero no con la ley completa

    El Gobierno realizó una interpretación propia del fallo de la Corte Suprema de Justicia que dio lugar al reclamo de las universidades por mejores sueldos. Según su lectura, solo quedaron firmes los artículos 4 y 5 de la denominada ley de Financiamiento Universitario, y con los acuerdos paritarios firmados el 10 de junio con los rectores, ya estarían cubiertos 830 mil millones de los 1,3 billones de pesos que contempla el presupuesto de esos artículos para todo el año. No descartan, además, resolver la diferencia restante en una nueva negociación durante el segundo semestre.

    Por su parte, las autoridades de las casas de altos estudios sostienen que la resolución del máximo tribunal sí exige el cumplimiento de la normativa ratificada por el Congreso para 2025, luego de ser vetada por el presidente Javier Milei. «Fue un camino largo y difícil. Hoy la Corte Suprema reafirmó que el Poder Ejecutivo debe cumplir la Ley de Financiamiento Universitario», afirmó Emiliano Yacobitti, vicerrector de la UBA.
    En el Ejecutivo intentaron minimizar el impacto del fallo y argumentaron que, con las negociaciones paritarias pactadas, el sector estaría siendo compensado por un atraso salarial que, reconocen internamente, ya existía desde 2024. Fuentes gubernamentales señalaron que «más de la mitad de lo proyectado por el articulado incluido en el fallo», referido a becas y salarios, ya estaría cubierto con el acuerdo firmado hace tres semanas. Además, enfatizaron que aún no existe una resolución judicial definitiva sobre el recurso de amparo presentado por el Estado en contra de toda la normativa impulsada por bloques parlamentarios aliados.
    En la Casa Rosada rechazan hacerse cargo del total presupuestado por la ley de Financiamiento Universitario, que estiman asciende a 3,2 billones de pesos para todo el año. «No hay resolución sobre la cuestión de fondo de la ley», insistieron fuentes oficiales.
    A pesar de ello, las universidades expresaron su satisfacción por la resolución de la Corte, aunque el máximo tribunal adoptó una postura salomónica al desestimar el recurso extraordinario federal presentado por la Procuración del Tesoro, pero tampoco otorgar plena razón al sector universitario. Ahora deberán aguardar la decisión del juez de primera instancia Martín Cormick, quien deberá validar el acuerdo alcanzado recientemente.
    En medio de las quejas y recursos judiciales en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, los rectores y el Ministerio de Capital Humano suscribieron el 10 de junio un acta acuerdo con organizaciones gremiales docentes y no docentes para una recomposición salarial. Según este entendimiento, el Ejecutivo transferirá a las universidades nacionales fondos para incrementar la masa salarial en un 24,33%, distribuido en un 21,33% en junio, sobre los básicos vigentes a mayo de 2026, y un 3% en octubre, sobre los básicos de septiembre de 2026.

  • Apelaron a la Cámara de Casación un polémico fallo que benefició a los dueños de «La Salada»

    Apelaron a la Cámara de Casación un polémico fallo que benefició a los dueños de «La Salada»

    Apelaron a la Cámara de Casación un polémico fallo que benefició a los dueños de «La Salada»

    Los fiscales federales Cecilia Incardona y Diego Iglesias apelaron ante la Cámara Federal de Casación Penal la polémica decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que anuló los procesamientos y embargos de los principales investigados en la causa conocida como “La Salada”, entre ellos el empresario Jorge Castillo.

    El fallo, dictado el mes pasado por los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, sostuvo que el juez federal de Lomas de Zamora, Luis Armella, había confundido una actividad comercial lícita con una “empresa criminal”. Los camaristas argumentaron que el magistrado intentó probar la existencia de una asociación ilícita enumerando tareas administrativas o comerciales habituales —como el cobro de alquileres o la administración de puestos— sin precisar los delitos cometidos por los imputados.
    Ahora, los fiscales rechazaron esa resolución y presentaron un recurso de casación en el que detallan las decenas de pruebas reunidas durante la investigación iniciada en 2015 sobre el funcionamiento de las ferias en Lomas de Zamora, estructura que, según la acusación, contó durante años con protección política del exintendente kirchnerista Martín Insaurralde.
    En el escrito, al que accedió Clarín, Incardona e Iglesias afirmaron que hasta 2023 existió una asociación ilícita que controlaba las ferias y destacaron que la actividad investigada no se limitaba a la administración comercial, sino que incluía presuntos delitos como evasión fiscal, lavado de activos, contrabando y comercialización de mercadería apócrifa.
    Entre las pruebas mencionaron una escucha telefónica incorporada al expediente en 2017, en la que Adrián Castillo —sobrino de Jorge Castillo— afirmó que el gobierno municipal de Lomas de Zamora, encabezado por Insaurralde, conocía el funcionamiento de la feria. Según esa conversación, los funcionarios no buscaban “romper el negocio”, sino “ordenarlo”, y habrían recorrido el predio “camuflados” para conocer su funcionamiento interno.
    Los fiscales indicaron que en “La Salada” operaron dos estructuras delictivas diferenciadas: una liderada por Jorge Castillo junto con Claudio Corrillo Torrez y Presa, y otra encabezada por Enrique Antequera. Según la acusación, ambas organizaciones permitieron la comisión de delitos “a plena luz del día y a simple vista para cualquiera que haya puesto un pie en ese lugar”.
    La apelación sostiene que la Cámara Federal de La Plata incurrió en arbitrariedad al afirmar que las conductas de los acusados debían “suponerse lícitas” por desarrollarse dentro de una estructura empresarial. “Ese razonamiento es dogmático y prescinde de la realidad del proceso”, afirmaron los fiscales.
    Respecto a Jorge Omar Castillo, destacaron informes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que evidenciarían una maniobra de evasión impositiva. Señalan que Castillo no emitió facturación electrónica entre enero de 2021 y abril de 2025, y comenzó a emitir comprobantes por alquiler de feria recién en mayo de 2025, tras los allanamientos. También resaltaron consumos de lujo pagados íntegramente en efectivo, como un viaje a Dubái para siete personas en 2024, que constituyen indicios de fondos no declarados.
    Según el informe final de AFIP, los ajustes tributarios atribuidos a Castillo ascienden a más de 480 millones de pesos por evasión del Impuesto a las Ganancias en 2024; 58 millones por evasión del IVA; y 35 millones por evasión del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios entre 2021 y 2025.
    Los fiscales describieron el funcionamiento de la organización que, según la acusación, controlaban Castillo, Corrillo y Presa, la cual administraba 2.278 puestos comerciales. La recaudación llegaba físicamente en “bultos” a la vivienda de Castillo. Intervenciones telefónicas demostraron que, por la magnitud del dinero en efectivo, contabilizaban los paquetes de dinero “millón por millón”.
    Además, mediante escuchas y un agente revelador, se comprobó que los integrantes de esa organización tenían conocimiento de que parte de la mercadería comercializada era apócrifa y que existieron maniobras para evitar controles estatales.
    En cuanto a Enrique Antequera, los fiscales indicaron que su organización administraba 1.909 puestos dedicados a la venta de productos apócrifos. Los alquileres se pactaban informalmente en dólares y pesos, y el dinero en moneda extranjera no fue bancarizado ni declarado. Además, mencionaron viajes de Alan y César Antequera a China para gestionar la importación de indumentaria falsificada, junto con vínculos con despachantes de aduana que facilitaron esas operaciones, presuntamente para ingresar mercadería falsificada del Club Atlético Boca Juniors a través de mecanismos de contrabando.
    Uno de los puntos centrales de la apelación es el supuesto circuito de lavado de dinero. Según los fiscales, el efectivo recaudado era trasladado por choferes de Mega Polo La Salada S.A. hasta la casa de Castillo. Destacan que la cuenta bancaria de “La Salada Pagos S.A.” recibió más de 403 millones de pesos en depósitos en efectivo durante siete meses, pese a no contar con empleados ni facturación acorde.
    También señalaron que Antequera trasladaba dinero proveniente de la Feria Urkupiña a una financiera camuflada como casa de baterías denominada “Nicomat”, propiedad de Hugo Nicolás Picca, que según la hipótesis fiscal, era usada para financiar operaciones de descuento de cheques.
    La fiscal

  • Luego de un fallo de la Corte, detuvieron al iraní que operaba una red internacional de pasaportes falsos en el país

    Luego de un fallo de la Corte, detuvieron al iraní que operaba una red internacional de pasaportes falsos en el país

    Luego de un fallo de la Corte, detuvieron al iraní que operaba una red internacional de pasaportes falsos en el país

    Samiei Sajjad Naserani, ciudadano iraní, fue detenido en las últimas horas en el barrio porteño de Flores tras quedar firme su condena a cuatro años y medio de prisión por integrar una red internacional dedicada a la fabricación de pasaportes falsos para migrantes.

    El arresto se realizó luego de que la Corte Suprema de Justicia rechazara el recurso presentado por su defensa, confirmando así la sentencia. Personal de la División de Investigaciones de la Comuna 7 se presentó en el departamento ubicado en la calle Caracas al 300 para cumplir con la orden de captura, concretada el viernes por la noche.
    La causa judicial establece que Naserani formaba parte de una organización que operaba entre 2015 y 2019, dedicada a la elaboración y venta de documentación apócrifa, principalmente pasaportes, para facilitar el tránsito de migrantes, en especial de origen chino, por rutas que incluyen Portugal, España, Reino Unido, Grecia, Irán y Turquía.
    Naserani ingresó al país en 2019 junto a su pareja, Mansoreh Sabzali, utilizando documentos falsos que simulaban ser de nacionalidad israelí. Ambos tenían alerta roja de Interpol, ya que sus documentos originales habían sido denunciados como robados. En ese momento, fue condenado por el uso de documentación pública falsa agravada para acreditar identidad y por integrar una asociación ilícita internacional.
    En primera instancia, el Tribunal Oral Federal N° 6 lo había condenado a tres años de prisión en suspenso por el uso de documentación falsa y lo había absuelto por asociación ilícita. Sin embargo, la fiscalía apeló y la Cámara Federal de Casación Penal anuló esa absolución, condenándolo también por integrar la organización y aumentando la pena a cuatro años y seis meses de prisión.
    La defensa acudió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que desestimó el recurso y dejó firme la condena. Como consecuencia, se ordenó la inmediata detención de Naserani, ejecutada por la Policía de la Ciudad, que gestionó con urgencia su ingreso y alojamiento en el Servicio Penitenciario Federal.
    Por su parte, Mansoreh Sabzali también fue juzgada y condenada a tres años de prisión en suspenso por uso de documento falso.

  • En otro polémico fallo, la Cámara Civil avaló el cambio de domicilio de la AFA a Provincia y anuló los veedores

    En otro polémico fallo, la Cámara Civil avaló el cambio de domicilio de la AFA a Provincia y anuló los veedores

    En otro polémico fallo, la Cámara Civil avaló el cambio de domicilio de la AFA a Provincia y anuló los veedores

    La Cámara Nacional en lo Civil avaló este jueves el cambio de domicilio de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y anuló una resolución del Ministerio de Justicia que había designado veedores en la entidad madre del fútbol argentino.

    El tribunal sostuvo que, tras la modificación del domicilio social de la AFA a Pilar, Provincia de Buenos Aires, resuelta en Asamblea en 2024 y registrada en esa jurisdicción, el control de la legalidad y las facultades de fiscalización corresponden ahora a la Dirección de Personas Jurídicas bonaerense. Así lo resolvieron los camaristas Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset.
    La controversia se originó luego de que la Asamblea General de la AFA aprobara por unanimidad el cambio de domicilio social a la Provincia de Buenos Aires. Sin embargo, la Inspección General de Justicia (IGJ) rechazó la inscripción de esta reforma estatutaria y la baja de la matrícula de la entidad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Además, impulsó medidas de fiscalización y ordenó la veeduría sobre la asociación ante supuestas irregularidades en su funcionamiento.
    Ante estas decisiones, la Cámara admitió las quejas presentadas por la AFA, presidida por Claudio Tapia, y declaró la nulidad de la Resolución Particular 140/26 emitida por el inspector general de Justicia el 18 de febrero de 2026. En consecuencia, canceló la inscripción de la AFA en el Registro Público a cargo de la IGJ. Asimismo, anuló la resolución RESOL-2026-128-APN-MJ dictada el 16 de marzo de 2026 por el Ministerio de Justicia, a cargo de Juan Bautista Mahiques, que había designado veedores por 180 días hábiles.
    La Cámara consideró que la IGJ excedió sus facultades al revisar decisiones ya convalidadas por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense, organismo que autorizó el cambio de domicilio. Los magistrados indicaron que, una vez aceptada la radicación de la AFA en la Provincia de Buenos Aires, la fiscalización y el control de legalidad quedaron bajo la órbita bonaerense, por lo que la IGJ carecía de competencia para cuestionar el nuevo domicilio o realizar inspecciones para verificar la sede declarada.
    En el fallo, los jueces afirmaron que “la IGJ se erigió por encima de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, desatendiendo no solo un acto administrativo válido, sino también ejercitando facultades revisoras y fiscalizadoras sobre su par”. Además, advirtieron que admitir la postura de la IGJ implicaría someter a la misma entidad al control simultáneo de dos organismos estatales distintos, lo cual consideraron incompatible con el sistema federal y con los principios del derecho administrativo.
    Respecto de la veeduría instaurada en marzo de 2026, la Cámara determinó que era inválida, ya que se apoyaba en la resolución previamente anulada de la IGJ. En ese sentido, subrayó que, con el registro de la AFA en la Provincia de Buenos Aires, la IGJ perdió competencia para fiscalizarla, y por ende el Ministerio de Justicia carecía de autoridad para disponer la intervención.
    Cabe recordar que en abril el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, ratificó la designación de los veedores, aunque uno de los abogados designados para acompañar la veeduría, Agustín Ortiz de Marco, renunció poco después de su nombramiento.
    La veeduría, dispuesta originalmente por 180 días, tenía como objetivo revisar aspectos claves del funcionamiento institucional de la AFA, incluyendo las cuentas, las transferencias y el proyecto fallido de la universidad vinculada a la entidad.
    En conclusión, para la Cámara Nacional en lo Civil, la AFA debe estar bajo la supervisión exclusiva de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de Buenos Aires, y no bajo el control simultáneo de la IGJ y el Ministerio de Justicia, confirmando así el cambio de domicilio de la entidad y dejando sin efecto las medidas de fiscalización impuestas por la IGJ y el Ministerio.

  • YPF: bien por el fallo, pero el juicio no salió de un repollo

    YPF: bien por el fallo, pero el juicio no salió de un repollo

    YPF: bien por el fallo, pero el juicio no salió de un repollo

    El fallo favorable al país en el caso YPF tuvo la insólita característica de generarles un beneficio tanto al Gobierno como a la oposición. Unos porque movían del primer plano la charla sobre Adorni y otros porque se sacaban una lápida de encima para la campaña 2027. Ambos festejaron y ambos se adjudicaron virtudes por la noticia. Por supuesto, ambos aprovecharon para insultarse mutuamente.Sin embargo, lo que debería recordarse siempre, tras el respiro que les dio a las arcas criollas el dictamen de la Corte de Apelaciones de Nueva York, es cómo fue que se llegó a este punto: el riesgo de pagar 16.000 millones de dólares no salió de un repollo, sino de una política concreta que podría enseñarse en las escuelas como modelo de una estafa a máxima escala.Para que no se repita, claro.Fue en 2008 cuando Néstor Kirchner, expresidente y cónyuge de la entonces presidenta Cristina Fernández, impulsó la “argentinización” de la petrolera, que había sido adquirida por Repsol cuando Carlos Menem la privatizó (con el apoyo de Kirchner, hay que recordar).Eligió para ello a la familia Eskenazi, los mismos que habían obtenido la privatización del Banco de Santa Cruz cuando Kirchner gobernaba esa provincia.Pero lo realmente creativo del caso es que los Eskenazi compraron el 25% de la compañía sin poner un peso: pagarían con las ganancias de la propia YPF y con un crédito garantizado con acciones de la misma empresa. Fueron 2.000 millones de dólares. A cambio, Repsol iba a poder girar plata a España, a su casa matriz.Un negocio extraordinario. Para ellos. Porque al poco tiempo, sin inversión, con una empresa vaciada, la producción bajó y comenzó la importación masiva de gas y petróleo. Que trastornó definitivamente las cuentas públicas: sólo durante el segundo mandato de Cristina el déficit comercial energético sumó 23.180 millones de dólares.Una montaña de plata que llevó a Axel Kicillof, ministro de Economía de Cristina, a expropiar la empresa en 2012.En realidad, expropió el 51% que estaba en manos de Repsol. Pagó 6.000 millones de dólares por ello tras haber declarado que no pondría un peso. Y dejó abierta la puerta a la ahora rechazada demanda que inició el fondo buitre Burford, que le compró ese “derecho” a los Eskenazi (igualmente, estos, campeones en maniobras, hubieran cobrado un porcentaje de los 16.000 millones).Pese a tan contundente historia, Cristina no pudo evitar el autoelogio desde su prisión domiciliaria y tuiteó: “Queda claro que la decisión política de recuperar YPF y nuestra soberanía energética fue estratégica para nuestro país”. Sin ironía, escribió: “Hoy podemos decir con orgullo que Argentina tiene superávit de miles de millones de dólares en la balanza energética”.Tampoco Kicillof permaneció en silencio: “La Justicia de EE.UU. falló a favor de YPF y deja en evidencia años de mentiras. Al final, era un relato impulsado por los buitres para cuestionar una decisión soberana y hacerse (más) ricos”, posteó.Ni la expresidenta ni el gobernador bonaerense recordaron la previa.Existe una añosa causa penal sobre el caso, iniciada por Elisa Carrió. Está en el juzgado de Ariel Lijo, que aún no se ha pronunciado sobre el tema.

  • Post fallo de YPF vuelven a rebotar las acciones, pero el riesgo país supera los 620 puntos

    Post fallo de YPF vuelven a rebotar las acciones, pero el riesgo país supera los 620 puntos

    Post fallo de YPF vuelven a rebotar las acciones, pero el riesgo país supera los 620 puntos

    El fallo de YPF vuelve a apuntalar a las empresas argentinas que cotizan en el exterior, aunque el riesgo país sube otra vez en el medio de una tensión global que no cede, a cuatro semanas del inicio de la guerra en Irán. En el arranque de la semana, los ADRs que operan en Wall Street saltan más de 5%, con el banco Supervielle a la cabeza.Después de que el viernes la acción de YPF saltara un 7% tras la decisión de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York que revirtió la sentencia contra la Argentina de la jueza Loretta Preska, por lo que el país ya no tendrá que pagar US$18.000 milloness, la petrolera comienza la anteúltima rueda de marzo con una suba de 4,3%. Este mes acumula ganancias de 33% impulsadas por el salto del precio del petróleo, en el orden del 60%.Con este panorama internacional, el índice Merval también opera en verde y sube 2,7% medido en dólares. «Wall Street amaga con iniciar la semana corta con un mejor tono, aunque aún en medio de los vaivenes que imponen las declaraciones – y señales – sobre el conflicto en Medio Oriente, con un petróleo que no afloja y sigue cómodo rozando los US$ 110 con presiones inflacionarias», comentó el economista Gustavo Ber.»Los activos domésticos intentan recuperar terreno, de la mano también de la positiva expectativa que despierta una política monetaria más laxa -que podría ayudar a la actividad y al consumo- y el fallo a favor en el caso de YPF», apuntó. Los bonos en dólares también muestran leves mejoras, de hasta 0,4%, pero el riesgo país se mantiene en los 622 puntos.Sobre el tipo de cambio, el dólar vuelve a subir un escalón y llega a los $1.415 en los bancos. La divisa había tocado un piso de $1.390 la semana pasada, pero retomó una senda alcista luego que se conociera la decisión del BCRA de flexibilizar encajes desde abril. «El frente cambiario mantiene su solidez pese al shock externo, lo que probablemente se extienda ya que se avecina un período estacional favorable para que la acumulación de reservas. A partir de abril, cabe esperar que la liquidación del agro acelere significativamente, lo que permitirá compras del BCRA de mayor cuantía», afirmaron en PPI. El Central aceleró las compras este mes: lleva juntados más de US$1.700 millones que contrastan con los saldos de US$1.540 millones y US$1.555 millones, que había comprado en enero y febrero respectivamente.