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  • Fuerte rechazo a la provincialización de Rutas Nacionales

    Fuerte rechazo a la provincialización de Rutas Nacionales

    Fuerte rechazo a la provincialización de Rutas Nacionales

    El Decreto 253/72026 del Poder Ejecutivo Nacional, recientemente publicado en el Boletín Oficial, dispone la provincialización de rutas nacionales y habilitando el financiamiento mediante el sistema de peaje directo con cobro en ruta.

    A tal efecto, el CONADUV manifiesta que dicho Decreto carece de una Ley formal que lo respalde como exige la Constitución Nacional Argentina en su Artículo 75, y violando principios de legalidad, razonabilidad y federalismo. Tampoco se estableció una transferencia presupuestaria y que es otro requisito constitucional.
    Es inconcebible que el Estado Nacional abandone su obligación de mantener en buen estado de transitabilidad la Red Vial Nacional, más aún cuando se mal administran los millones de dólares que se recaudan anualmente del Impuesto a los Combustibles, que son malversados y desviados a otros fines que no tienen nada que ver para cual fue creado.
    La transferencia de la gestión de rutas nacionales a las provincias o al sector privado traerá graves consecuencias para la seguridad vial, las economías regionales, la logística productiva y el mantenimiento de la red vial.
    Violación del principio de legalidad tributaria
    El Artículo 75 de la Constitución Nacional Argentina atribuye al Congreso la potestad exclusiva de establecer contribuciones.
    La Corte Suprema ha sido constante al sostener que:

    “No hay tributo sin ley” (doctrina reiterada).
    El principio de legalidad es de cumplimiento estricto.

    El Decreto en cuestión:

    Impone una carga económica obligatoria.
    Carece de ley formal que la respalde.

    “Por ende, resulta inconstitucional”
    Peaje como tasa vs. impuesto encubierto
    La jurisprudencia admite el peaje como tasa solo si existe:

    Prestación efectiva.
    Proporcionalidad.

    En Arenera El Libertador SRL c/ Buenos Aires, se estableció que el peaje es válido si retribuye un servicio concreto.
    Asimismo, la Corte Suprema en Camaronera Patagónica SA c/ Ministerio de Economía reafirmó que:

    No puede el Poder Ejecutivo crear tributos sin ley.

    En el caso:

    No hay garantía de contraprestación suficiente.
    Se utiliza como mecanismo general de financiamiento.

    El peaje deviene en impuesto encubierto, violando la Constitución Nacional
    Violación del sistema federal
    Las rutas nacionales son bienes del Estado federal.
    Su transferencia:

    Requiere Ley del Congreso Nacional.
    Debe prever recursos.

    La omisión de financiamiento vulnera el federalismo, trasladando cargas a las provincias en forma arbitraria.
    Violación del principio de razonabilidad
    El Artículo 28 de la Constitución Nacional Argentina impide reglamentaciones irrazonables.
    La Corte Suprema, en Peralta, Luis c/ Estado Nacional, sostuvo que:

    Las medidas estatales deben ser proporcionales y justificadas.

    Aquí:

    Se cobra sin garantizar servicio.
    Se superponen cargas (impuesto a combustibles + falso peaje). Doble imposición

    La medida resulta arbitraria.
    Afectación del derecho a transitar y propiedad
    Se vulneran:

    El derecho a transitar libremente (Artículo 14 de la Constitución Nacional Argentina).
    El derecho de propiedad (Artículo 17 de la Constitución Nacional Argentina).

    El cobro sin base legal ni contraprestación adecuada implica una restricción ilegítima.
    La Red Federal de Concesiones (RFC) que impulsa el Gobierno Nacional, las concesiones por peaje que existen en distintas provincias, la “Provincialización” de Rutas Nacionales, genera serios perjuicios sociales y económicos a los usuarios viales directos e indirectos y a toda la sociedad en su conjunto.
    De persistir con un método de financiamiento vial inadecuado como es el cobro de peaje directo en ruta, claramente inconstitucional e inviable técnicamente y que ha sido y es un fracaso y una estafa, la producción no podrá trasladarse con eficiencia, la circulación interna se verá restringida y el acceso a los mercados será cada vez menos competitivo. Tampoco habrá mejoras en la seguridad vial, ni real reducción en los costos de transporte.
    El CONADUV reitera la necesidad de establecer un Proyecto Vial Nacional integral, que contemple la totalidad de la red caminera y destinar de manera efectiva los fondos del Impuesto a los Combustibles a su finalidad original; “garantizar un sistema vial óptimo, sin peajes y sin barreras, en consonancia con la Constitución Nacional.”
    Recuperar la gestión estatal de las rutas implica poner fin a uno de los capítulos más escandalosos del proceso privatizador en Argentina. Resulta imprescindible jerarquizar la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), devolviéndole su rol rector en materia de política vial y asegurando una herramienta estratégica para mejorar la competitividad de la economía.
    Es necesario impulsar un Proyecto de Transporte Multimodal (vial, ferroviario y fluvial) concebido como política de Estado, adaptado a la vasta geografía nacional y competitivo a nivel internacional, alejado de los mega – negocios diseñados en beneficio de unos pocos grupos económicos.
    El CONADUV exhorta al Gobierno Nacional, a los Gobernadores, a los Legisladores Nacionales y Provinciales, Intendentes, Concejales, a cumplir con lo establecido en la Constitución Nacional, que significa claramente el derecho a transitar libremente por el territorio argentino.
    “Con peaje en la Red Vial Nacional y Provincial, y sin caminos alternativos libres de pago, no hay libertad”

  • Presentan un proyecto de ley para poder volver a sembrar las tierras «ociosas» a la vera de las rutas nacionales

    Presentan un proyecto de ley para poder volver a sembrar las tierras «ociosas» a la vera de las rutas nacionales

    Presentan un proyecto de ley para poder volver a sembrar las tierras «ociosas» a la vera de las rutas nacionales

    El diputado nacional por el PRO, Javier Sánchez Wrba, presentó hoy un proyecto de ley para restablecer el uso de las “franjas adyacentes” a las rutas nacionales para su explotación agrícola o siembra de pasturas.Según indica el escrito elaborado por Sánchez Wrba y que lleva la firma de 10 legisladores de dicha fuerza política, el objeto de la ley es “habilitar el uso productivo agrícola de las franjas adyacentes a la calzada dentro de la zona de camino de las rutas nacionales, con exclusión de las banquinas y las franjas de seguridad establecidas por la normativa vigente”.En su cuenta oficial de X, el funcionario legislativo, se busca “volver a habilitar el uso productivo de las banquinas ociosas de las rutas nacionales”, a partir de “dejar sin efecto la resolución que el kirchnerismo dictó en el 2008, en pleno conflicto con el campo por la 125, que de manera arbitraria dio de baja los convenios y prohibió la explotación de estas parcelas”.“Tenemos que recuperar una práctica que supo generar valor, sumando hectáreas productivas para potenciar el desarrollo económico y destinar lo recaudado al mantenimiento de la red vial nacional para mejorar la infraestructura que tanta falta hace”, completó en la red social.El proyecto establece que se otorguen “permisos de uso precario y oneroso para la siembra, cultivo y cosecha de cereales, oleaginosas y pasturas”, en donde los propietarios frentistas, arrendatarios o explotadores de los inmuebles linderos tendrán la prioridad, aunque en caso de no estar interesados, podrán obtener dicho permiso terceros.Por supuesto que el proyecto prohíbe de manera expresa cualquier concesión o explotación que ponga en riesgo la seguridad vial.Para esto, Sánchez Wrba busca que se derogue la Resolución 2018/2008 de la Dirección Nacional de Vialidad que prohíbe expresamente el uso de estas tierras para la explotación agrícola y establecer un nuevo marco regulatorio que permita tal actividad.Para el legislador nacional, “esta decisión cercenó la explotación agropecuaria de varias superficies de dominio público, impidiendo su aprovechamiento productivo bajo esquemas regulados, controlado y con contraprestación económica para el Estado”.Como precedente, Sánchez Wrba no solo nombró la resolución 1158/1996 que permitía esta actividad, sino también la Ley 10.342 de la Provincia de Buenos Aires que habilita a los municipios a concesionar estos espacios, como recientemente lo hizo el partido de 9 de Julio.“En definitiva, la presente medida propone reemplazar una prohibición absoluta por un régimen regulado, técnicamente delimitado y jurídicamente sólido. Se trata de de administrar con racionalidad sectores del dominio público que hoy permanecen subutilizados, contribuyendo a incrementar la producción y al mismo tiempo generar recursos adicionales para el Estado”, concluye el proyecto.