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  • Procesan con prisión preventiva al comisario y abogado Rosatelli por narcotráfico y violencia coactiva – El Miércoles Digital

    Procesan con prisión preventiva al comisario y abogado Rosatelli por narcotráfico y violencia coactiva – El Miércoles Digital

    Procesan con prisión preventiva al comisario y abogado Rosatelli por narcotráfico y violencia coactiva – El Miércoles Digital

    El juez federal de Paraná, Leandro Ríos, dictó el procesamiento con prisión preventiva de Daniel Alejandro Rosatelli —abogado y oficial de la Policía de Entre Ríos— junto a otros cuatro integrantes de una organización criminal, por el transporte de más de 1.345 kilogramos de marihuana.
    La resolución judicial les atribuye haber coordinado la adquisición, el acondicionamiento y el traslado del cargamento de estupefacientes interceptado en La Paz el 13 de febrero, además de disponer embargos millonarios sobre sus bienes, publicó Análisis.
    El marco de la causa atribuye a los procesados el transporte organizado de estupefacientes y falsificación de documentos: “Entre el 4 de noviembre de 2025 y el 13 de febrero de 2026, Daniel Alejandro Rosatelli, Martín Reynaldo Germán Pelizzari, Claudio David Luna, Alan Josías Gabriel Favieri y José Belén Favieri —junto a otros colaboradores— organizaron y ejecutaron el transporte de 1.345,51 kilogramos de marihuana compactada en 1.716 ‘ladrillos’ o ‘panes’. El cargamento fue interceptado el 13 de febrero de 2026 en el ‘Camino del Borello’ y Ruta Nacional N° 12 (La Paz, Entre Ríos) tras la persecución de una furgoneta Citroën Jumper blanca. Rosatelli aportó los fondos y la logística para comprar la furgoneta —la cual registraba pedido de secuestro por estafa— y colocarle una chapa patente ideológicamente falsa (dominio GIJ 496) para eludir los controles. La maniobra incluyó el despliegue de una camioneta Toyota Hilux que operó como ‘auto-guía’ en la ruta.
    Por otra parte, se señala otro hecho endilgado a Rosatelli, calificado como lesiones graves agravadas y amenazas coactivas: “El 12 de noviembre de 2025, en la sede de la ONG Suma de Voluntades en Paraná, Rosatelli agredió físicamente al intermediario Sixto Ramón Maciel golpeando su cabeza contra una pared con un arma de fuego. La agresión le provocó a la víctima un traumatismo encéfalo-craneano con riesgo de vida. Dicho ataque violento tuvo como objetivo amenazar a Jonatan Emanuel Barbieri para que retirara la denuncia por estafa vinculada a la furgoneta, radicada una hora y media antes, garantizando así la impunidad y disponibilidad del vehículo para el tráfico de drogas”.
    NOTICIA EN DESARROLLO

     
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  • Procesan con prisión preventiva al comisario Rosatelli en la causa por narcotráfico y estafa por la compra de un rodado secuestrado con droga – Arriba Noticias

    Procesan con prisión preventiva al comisario Rosatelli en la causa por narcotráfico y estafa por la compra de un rodado secuestrado con droga – Arriba Noticias

    Procesan con prisión preventiva al comisario Rosatelli en la causa por narcotráfico y estafa por la compra de un rodado secuestrado con droga – Arriba Noticias

    El juez Federal Nº1 de Paraná, Leandro Ríos, decidió este jueves dictar el procesamiento de Daniel Rosatelli, como coautor -prima facie- del delito de transporte de estupefacientes, agravado por haber intervenido en el hecho tres o más personas de manera organizada, en concurso real con la falsificación ideológica de un documento destinado a acreditar la titularidad de un vehículo automotor (primer hecho), a su vez en concurso real con lesiones graves, agravadas por el uso de violencia, intimidación y el empleo de un arma de fuego, en concurso ideal con amenazas coactivas agravadas por el empleo de armas de fuego, todo ello para preparar, facilitar y ocultar el trasporte del estupefaciente mencionado (segundo hecho)”.
    Además de Rosatelli, el juez procesó a Martín Reynaldo Germán Pelizzari, Claudio David Luna, también como coautores -prima facie- del delito de transporte de estupefacientes, agravado por haber intervenido en el hecho tres o más personas de manera organizada, en concurso real con la falsificación ideológica de un documento destinado a acreditar la titularidad de un vehículo automotor.
    Ríos también procesó a Alan Josías Gabriel Favieri y José Belén Favieri,como coautores -prima facie- del delito de transporte de estupefacientes, agravado por haber intervenido en el hecho tres o más personas de manera organizada, además de endilgarle al segundo el delito de uso de una chapa patente ideológicamente falsa y encubrimiento por receptación dolosa, agravado por la actuación con ánimo de lucro.
    Tras los procesamientos, Ríos dispuso “convertir en prisión preventiva la detención impuesta a Rosatelli, Pelizzari, Luna, y los Favieri, debiendo permanecer alojados en la Unidad Penal Nº 1 de esta ciudad”. También les trabó embargo sobre sus bienes libres. A Rosatelli, hasta cubrir la suma de $ 12.250.000; a Pelizzari, Claudio David Luna y Alan Josías Gabriel Favieri, hasta cubrir la suma de $ 9.000.000 cada uno, y a José Belén Favieri, hasta cubrir la suma de $9.250.000.
    Plan común
    Ríos dictó una pieza procesal de 141 fojas, en las que tras analizar los testimonios de testigos y testigos de acta de los allanamientos que se realizaron durante la investigación, y de sopesar cámaras de seguridad y escuchas telefónicas, consideró con el grado de probabilidad que la etapa procesal requiere que “en cuanto al grado de intervención de los imputados, debe señalarse que a partir de lo actuado en el Legajo de Investigación Nº FPA 1651/2026/1, es posible afirmar la existencia de un ‘plan común mediante la división del trabajo’ para el transporte de 1.345,51 kilogramos de marihuana”.
    La estafa que abrió la causa
    En uno de los puntos destacados de los procesamientos, el juez entendió que “puede afirmarse queRosatelli, Pelizzari y Luna intervinieron en la adquisición del vehículo la camioneta marca Citroën, modelo Jumper, motor 2.3, de parte de Jonatan Emanuel Barbieri, la cual posteriormente generó el pedido de secuestro por estafa, por lo que existe connivencia entre los mentados para sustituir la chapa patente y aportar al hecho un ‘producto’ para la ejecución del transporte, esto es una furgoneta ‘floja de papeles’ que sortee los controles y, eventualmente, no pueda rastrearse a sus verdaderos dueños”.
    En el caso de José Belén Favieri, Ríos consideró que “es quien recibió el rodado con pedido de secuestro y uso la chapa patente ideológicamente falsa junto con César Leonel Ramírez al momento de ser interceptado por el personal policial, pues la colocación en el rodado de la placa de dominio, sigue eo ipso su propia condición ostensible, de manera que ya significa ‘emplearla’ irrogando el riesgo consustancial de las falsedades documentales, no existiendo elementos de prueba para afirmar que ha intervenido en el ilícito precedente (estafa)”.
    Apreciación conjunta
    Ríos insistió en que “la actuación concatenada de Rosatelli, tal como se le ha atribuido no puede ser aprehendida mediante el examen fragmentario de cada uno de los episodios reseñados. Es precisamente su apreciación conjunta, siguiendo cronológicamente el itinerario de la Citroën Jumper finalmente utilizada para transportar el estupefaciente, la que permite advertir una sucesión de actos funcionalmente convergentes cuyo significado excede ampliamente el de una compraventa fallida de automotor”.
    El magistrado sostuvo que “como queda acreditado, Rosatelli no apareció formalmente como adquirente de la unidad, dado que la negociación fue exteriorizada por Martín Reynaldo Germán Pelizzari, quien recibió la camioneta, revisó su documentación, gestionó su verificación y mantuvo el contacto con Barbieri”.
    Sin embargo, Ríos consideró que “la prueba permite establecer que Pelizzari no actuaba por cuenta propia: luego de examinar el rodado informó telefónicamente al verdadero interesado, condujo posteriormente la unidad hasta inmediaciones del domicilio de Rosatelli y éste la revisó personalmente. Las filmaciones obtenidas de las cámaras del lugar corroboran objetivamente esa circunstancia y descartan que su vinculación con el rodado provenga únicamente de referencias testimoniales”.
    Intervención decisiva
    A toda la evidencia de cargo reseñada detalladamente, Ríos añadió que “Rosatelli intervino en dos aspectos decisivos de la operación. Por una parte, su condición de funcionario policial posibilitó que la camioneta fuera verificada después de las 10:00 sin turno previo, circunstancia excepcional que coincide con el procedimiento descripto por el propio oficial verificador Naumoff”.
    Por otra parte, Ríos sostuvo que “una vez decidida la adquisición, dispuso una modalidad de pago en la que tampoco aparecería personalmente: Pelizzari entregó moneda extranjera y cheques, mientras Claudio David Luna efectuó transferencias a la cuenta indicada por el vendedor”.
    Para el juez, aquella modalidad de cerrar la compra con la intervención de “distintas personas” que “aparecieron exteriorizando cada tramo de una operación cuya decisión material convergía en Rosatelli”.
    Ríos entendió y lo expresó, que “la fragmentación subjetiva del negocio adquiere particular relevancia frente a una escucha telefónica en la que el propio Rosatelli, refiriéndose a otro asunto, describe su intervención afirmando que se encontraba ‘atrás de toda la denuncia del 911 pero no figuraba en ningún lado’”.
    Una reacción que mostró más de lo debido
    Para el juez, “tal manifestación si bien no constituye prueba autónoma de los hechos aquí juzgados, sí constituye un elemento contextual que resulta concordante con una modalidad objetivamente comprobada en la adquisición de la Jumper: otros negocian y pagan, mientras Rosatelli permanece formalmente ausente pese a decidir, inspeccionar y facilitar el negocio”.
    No obstante la intención de la maniobra, el juez sostuvo: “Pero es la conducta posterior a la compraventa la que otorga verdadero sentido al conjunto. El incumplimiento del pago produjo la denuncia de Barbieri el 12 de noviembre de 2025 aproximadamente a las 16:00”.
    Así, detalló que “apenas una hora y media después, Rosatelli se presentó en Suma de Voluntades, aisló al intermediario Sixto Ramón Maciel y lo agredió violentamente mediante el empleo de un arma de fuego, exigiendo que Barbieri retirara ‘la denuncia de la camioneta’”. Para el juez, “la reacción revela un interés personal, inmediato y extraordinariamente intenso en evitar las consecuencias de una denuncia referida a un vehículo respecto del cual, formalmente, Rosatelli ni siquiera aparecía como comprador”.
    Ríos evaluó que aquel “dato permite comprender cuál era el bien que se pretendía preservar: la continuidad en la disponibilidad de la Jumper. Una denuncia por estafa podía conducir a su localización, secuestro y restitución; precisamente aquello que habría frustrado toda ulterior utilización clandestina del vehículo”.
    Finalmente expresó que “la violencia desplegada contra Maciel, por ello, no aparece desconectada del transporte posterior, sino objetivamente dirigida a neutralizar el acontecimiento que amenazaba con retirar de circulación el medio material finalmente empleado para ejecutarlo”.
    Datos
    En su resolución, Ríos precisó que “la Dirección General de Policía Científica de Entre Ríos, informa que en la muestra de orina colectada a Favieri, Favieri se detectó cocaína y metabolitos indicativos del consumo de marihuana, no así en la muestra de Rosatelli”. Añadió en este punto que “las muestras colectadas a Luna y Pelizzari, arrojaron resultado positivo para cocaína y negativo para metabolitos indicativos del consumo de marihuana”.
    También detalló que “Rosatelli se encuentra inscripto en Monotributo desde el mes 12/2016, con actividad declarada ‘Servicios Jurídicos’ y domicilio fiscal en calle Echagüe Nº 550 de Paraná”. Añadió que “no registra inscripción ni presentación de declaraciones juradas de IVA, Ganancias y Bienes Personales”. El juez adjuntó “las consultas de compra/venta de moneda extranjera, acreditaciones bancarias y movimientos de billeteras virtuales, pantalla del perfil fiscal donde se informan los bienes registrables que posee” y agregó que “se encuentra informado por la Jefatura de la Policía de Entre Ríos como empleado en relación de dependencia, desde el año 2006 hasta la fecha. Se acompaña información de las remuneraciones”.
    Significativo patrimonio
    Ríos precisó que “debe considerarse el significativo patrimonio de Rosatelli informado, esto es: un automotor marca Honda Modelo Civic, año 2018, valuado por ARCA en $17.200.600 y 8 propiedades inmuebles de titularidad al 100% actualmente, el cual resulta considerable en comparación con sus ingresos (informe patrimonial Nosis y ARCA)”.
    El magistrado destacó que “la información económica reunida presenta, además, una circunstancia que no puede ser soslayada. La magnitud de tales movimientos y activos de Rosatelli aparecen, prima facie, desproporcionada respecto de los ingresos formalmente individualizados, circunstancia que, sin permitir en esta instancia formular una imputación autónoma por un ilícito económico determinado, impone profundizar la investigación acerca del origen, trazabilidad y justificación de esos fondos y bienes”.
    Además añadió que “la identificación de Rosatelli como verdadero adquirente de la Citroën Jumper no descansa únicamente en la forma en que Pelizzari condujo la negociación ni en las referencias testimoniales acerca de que actuaba por cuenta de aquél, también encuentra corroboración objetiva en la capacidad económica comparada de quienes intervinieron en la operación”. En este sentido, sostuvo que en “el informe patrimonial de la empresa Nosis, Luna, reviste la categoría 5 de insolvente, de manera que es posible afirmar que también Luna era una persona interpósita para ocultar la verdadera identidad del comprador Rosatelli…”.
    “Sin novedades”
    Ríos consideró que “resulta particularmente significativo que la intervención policial excepcional que permitió verificar el rodado no haya tenido como consecuencia detectar y neutralizar la situación irregular de la unidad, sino exactamente el resultado contrario: el vehículo fue registrado ‘sin novedades’ y continuó disponible para sus adquirentes”. No obstante expresó que “no existe, por ahora, prueba directa de una orden de Rosatelli destinada específicamente a omitir el pedido de secuestro; sí existe, en cambio, prueba convergente de que utilizó su condición funcional para posibilitar una verificación fuera del procedimiento ordinario y que aquella intervención terminó facilitando la inmediata disponibilidad del rodado”.
    En aquella línea, el juez mencionó también que la violenta “reacción inmediata” de Rosatelli contra Maciel por la denuncia por la presunta estafa en la transacción por la Jumper, “resulta difícilmente conciliable con la hipótesis de un tercero ajeno a la compraventa o de una persona que hubiese mantenido con el rodado una relación meramente circunstancial”.
    “Interés directo y extraordinariamente intenso”
    Así, entendió que “por el contrario, revela un interés directo y extraordinariamente intenso en evitar que la denuncia produjera las consecuencias naturales que podían derivarse de ella: individualizar al verdadero adquirente, recuperar o secuestrar la unidad e impedir que continuara siendo utilizad”.
    Ríos evaluó que “ante el temor fundado de Barbieri, éste se presenta en la Comisaría Segunda a formular la denuncia, pero al llegar a dicha dependencia y nombrar a Daniel Alejandro Rosatelli como una de las personas que deseaba denunciar, el oficial Nahuel Alan Almada le informa que no podía recepcionarle la denuncia por ‘órdenes de la superioridad’, lo que motivó su concurrencia a la Fiscalía de la provincia, quien llamativamente tampoco le recibió la denuncia y por ello se dirigió a las dependencias de Policía Federal Argentina, lo que originó la causa…”. (APFDigital)
     

  • La Policía Federal Argentina detuvo a una pareja por narcotráfico y secuestró cocaína y dinero en Concordia

    La Policía Federal Argentina detuvo a una pareja por narcotráfico y secuestró cocaína y dinero en Concordia

    Se llevó a cabo un operativo en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, en el marco de una investigación por comercialización de estupefacientes. La acción fue desarrollada por personal de la División Unidad Operativa Federal Concordia, dependiente de la Superintendencia de Agencias Federales de Investigación de la Policía Federal Argentina.

    La pesquisa se inició al detectarse la existencia de una pareja que presuntamente vendía drogas al menudeo en su ámbito laboral e incluso utilizaba sustancias ilícitas como forma de pago o contraprestación laboral. La investigación, impulsada por la Fiscalía Federal de Concordia, incluyó seguimientos, tareas de campo y escuchas telefónicas, logrando comprobar la venta de estupefacientes en distintas quintas y campos de la región, y permitiendo identificar a los principales responsables de la actividad delictiva.
    Con las pruebas recabadas, el Juzgado Federal de Concordia ordenó la intercepción de un vehículo utilizado por los investigados y el allanamiento de su domicilio, lo que permitió la detención de los dos implicados. Durante el procedimiento, los efectivos secuestraron dosis de cocaína fraccionadas para la venta, una importante suma de dinero en efectivo, un colectivo y varios teléfonos celulares, quedando todo a disposición de la justicia.
    La fuerza federal reafirma su compromiso con la comunidad, redoblando esfuerzos en la lucha contra el narcotráfico, la protección ciudadana y la prevención de los delitos que afectan la seguridad de la sociedad.
     
     
     

  • La defensa de Rosatelli sostiene que no hay evidencias de narcotráfico – El Miércoles Digital

    La defensa de Rosatelli sostiene que no hay evidencias de narcotráfico – El Miércoles Digital

    La defensa sostiene que se trata de una causadireccionada en represalia por la denuncia de malversación de fondos en el servicio de Videovigilancia 911.
     
    El conocido comisario y abogado Daniel Rosatelli fue detenido el miércoles 19 de agosto en una investigación por narcotráfico, generando un fuerte impacto político y judicial. Mientras la justicia mantiene hermetismo por el secreto de sumario impuesto por el juez federal Leandro Ríos, la defensa de Rosatelli asegura que no hay pruebas en su contra, califica las actuaciones de «ridículas» y sostiene que se trata de una causa direccionada como represalia por una denuncia penal vinculada al servicio del 911.
    Rosatelli fue vinculado al expediente que se originó el 13 de febrero de este año a partir del secuestro de 1.345 kilos de marihuana en un en el utilitario Citroën Jumper en un camino rural de San Gustavo, en el departamento La Paz. En la causa hay otras seis personas investigadas. Actualmente, el letrado se encuentra detenido en la Unidad Penal N° 1 de Paraná (en un pabellón para policías).

    Según un expediente judicial, la defensa de Rosatelli concluyó que no existen evidencias en su contra. Según sus representantes, la acusación carece de sustento y se reduce a una «operación», una causa armada para perjudicarlo. Afirman que el expediente no contiene registros de comunicaciones, filmaciones ni contactos de Rosatelli con personas vinculadas al narcotráfico. La defensa está integrada por Miguel Ángel Cullen, Rubén Pagliotto y Damián Petenatti.

    «Rosatelli ni siquiera conoce a quien la investigación apunta como quien dirigió ese cargamento», enfatizó la defensa, desmarcando al abogado de cualquier red de comercio de estupefacientes. Insistieron en que no hay escuchas de Rosatelli sobre droga, sino que las grabaciones existentes giran únicamente en torno a la denuncia al 911.

    El equipo de abogados adelantó que explicarán la «poca relación» que Rosatelli tuvo con «esa bendita camioneta» mencionada en la causa. Asimismo, calificaron los informes de la policía como documentos «ridículos y poco serios», afirmando que carecen de rigor para justificar la detención. Cabe señalar que Rosatelli se abstuvo de declarar en la causa el jueves 20 de agosto y lo hará en otra oportunidad.

    La hipótesis de la venganza

    Para la defensa, el verdadero motivo de la detención no se relaciona con la Ley de Drogas N° 23.737, sino con una represalia institucional. «A Rosatelli le están haciendo pagar la denuncia del 911», sostienen. Cabe recordar que los abogados de Rosatelli se encuentra Pagliotto, quien representa a los policías denunciantes en la causa del 911.

    Esta línea se conecta con la denuncia penal presentada por un grupo de policías contra Juan Manuel Zunino, jefe de la División 911 de Entre Ríos, por presunta malversación de fondos de servicios adicionales. En este marco, en mayo se realizó la primera medida de prueba, oportunidad en la que la fiscalía secuestró documentación física y digital en las oficinas del 911. La denuncia describe a Zunino como un funcionario de alto perfil, con influencia y vínculos políticos en el Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia.

    La representación legal señaló que “la presente denuncia no implica la reiteración de hechos ajenos, sino que incorpora situaciones conocidas y vivenciadas por los comparecientes, que permiten ampliar, complementar y dotar de mayor precisión a la maniobra investigada, poniendo en evidencia la existencia de un sistema organizado de recaudación ilegal dentro de la División 911 y posiblemente de otras áreas de la institución policial”.

    “En este marco, se formula denuncia penal contra los oficiales jefes de policía Juan Manuel Zunino, Alejandro Villarreal, Luján Micheloud, Alexis Minetti y César Gutiérrez, así como también contra todo otro funcionario que pudiera resultar responsable, por la posible comisión de los delitos de peculado (art. 261° CP); malversación de caudales públicos (Art. 260°); exacciones ilegales (art. 266° CP); abuso de autoridad (art. 248° CP); coacción (art. 149° bis CP); falsedad ideológica de instrumento público (art. 293° CP) y encubrimiento (art. 277° CP), y/o cualquier otra figura delictual que, dentro del contexto fáctico, pudiera surgir conforme avance la investigación. Asimismo, los tipos penales que eventualmente se configuren, lo serán tanto a título de dolo como de culpa, cualquiera haya sido el grado de participación criminal que le cupo a quienes resulten penalmente responsables”, dice la denuncia presentada meses atrás, publicó Diario Uno.

     
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  • Iban a un operativo por narcotráfico y chocaron contra un camión: murieron dos jefes policiales y dos agentes quedaron heridos

    Iban a un operativo por narcotráfico y chocaron contra un camión: murieron dos jefes policiales y dos agentes quedaron heridos

    Iban a un operativo por narcotráfico y chocaron contra un camión: murieron dos jefes policiales y dos agentes quedaron heridos

    Dos jefes de la Policía de Investigaciones (PDI) de Santa Fe fallecieron en la madrugada de este viernes tras un accidente ocurrido en la ruta 98, a la altura del kilómetro 60, en la localidad de Vera. El vehículo en el que se desplazaban chocó contra un camión que se encontraba detenido debido a un desperfecto técnico, mientras otro camionero intentaba auxiliarlo.

    El siniestro ocurrió alrededor de las 3:50, cuando un automóvil Renault Logan blanco, que viajaba a gran velocidad con los agentes policiales, impactó contra la parte trasera del acoplado del camión accidentado. Los policías se dirigían a participar en una serie de allanamientos vinculados a una causa por venta de drogas.
    En el vehículo viajaban la jefa de Microtráfico de la PDI en San Cristóbal, Milena Martinuzzi, y el jefe de la División Operativa, Pablo Adrián Mansilla, ambos fallecidos a causa del impacto. Según informaciones de la Policía provincial, Martinuzzi, de 44 años, murió en el lugar, mientras que Mansilla, de 49 años, fue trasladado de urgencia al hospital de Reconquista, donde posteriormente perdió la vida. Los bomberos zapadores realizaron una ardua tarea para rescatar los cuerpos.
    Además, otros dos agentes resultaron heridos: Diego Farías, de 30 años, quien permanece internado en la ciudad de Vera, y Gastón Carruega, derivado al hospital de Reconquista.
    Personal de la Comisaría 1ª de Vera llevó a cabo los peritajes en el lugar y gestionó el ordenamiento del tránsito, en un operativo que se prolongó hasta pasadas las 6 de la mañana.
    El subsecretario de Análisis Criminal, Sebastián Montenotte, afirmó que los policías fallecidos eran «personal con muchos años en la institución» y se dirigían a participar en operativos judiciales en Avellaneda. Sobre el accidente, indicó que “la primera información que tenemos es que el acoplado estaba completamente detenido y no estaba señalizado, aunque esto es preliminar y se debe confirmar”. Además, comentó que se está investigando la mecánica exacta del choque y que no se sabe con certeza si había neblina en ese momento, ya que en los últimos días se habían emitido alertas por este fenómeno en gran parte del litoral.
    Pese a la tragedia, los 18 allanamientos previstos se llevaron a cabo conforme al plan establecido por el fiscal de microtráfico Sebastián Narvaja. “Los allanamientos se realizaron igualmente, aunque estamos atravesando una situación muy lamentable”, expresó.
    Las autoridades del Gobierno de Santa Fe y la Policía provincial manifestaron su pesar por la muerte de los jefes policiales, resaltando su compromiso en la lucha contra el narcotráfico. Asimismo, los senadores Felipe Michlig y Raúl Gramajo, en representación del cuerpo legislativo, expresaron su respeto y solidaridad hacia los familiares, amigos y seres queridos de las víctimas en este momento de profundo dolor.

  • Golpe al narcotráfico: Prefectura incautó una tonelada de droga en Misiones

    Golpe al narcotráfico: Prefectura incautó una tonelada de droga en Misiones

    Golpe al narcotráfico: Prefectura incautó una tonelada de droga en Misiones

    La Prefectura Naval Argentina secuestró un cargamento multimillonario de estupefacientes en Puerto Rico, Misiones, en el paraje misionero conocido como «Puerto Fontini».

    El procedimiento se originó como resultado de tareas de investigación llevadas adelante por especialistas de la Fuerza, que arrojaron el dato de que se intentarían ingresar estupefacientes desde Paraguay.
    Con esa información, se montó un operativo de control: desde un puesto de observación, los efectivos advirtieron el cruce aguas arriba de dos embarcaciones (con dos tripulantes cada una) a la altura del kilómetro 1726 del río Paraná, que embicaron en la costa argentina cargadas de bultos.
    Cuando el personal de la Institución arribó al lugar, los cuatro involucrados regresaron, a bordo de una de las embarcaciones, a su país de origen, dejando abandonados 28 bultos dispersos en la costa y otros 9 dentro del segundo bote.
    Como resultado de la requisa, se incautaron 1.179 paquetes de estupefacientes, con un peso que supera la tonelada y un valor estimado en más de 3.500 millones de pesos.
    Interviene en la causa la Fiscalía y el Juzgado Federal de Oberá.

  • Lucha contra el narcotráfico: Importantes operativos en los accesos a Federación y en la ciudad de Villaguay

    Lucha contra el narcotráfico: Importantes operativos en los accesos a Federación y en la ciudad de Villaguay

    Lucha contra el narcotráfico: Importantes operativos en los accesos a Federación y en la ciudad de Villaguay

    En una jornada de intensa actividad operativa, la Policía de Entre Ríos logró asestar nuevos golpes al microtráfico en dos puntos de la provincia. Los procedimientos, enmarcados en la Ley de Narcomenudeo, resultaron en el secuestro de cocaína, marihuana, vehículos y la detención de un hombre.

    Operativo en el acceso a Federación
    Este viernes 1 de mayo, entre las 21:10 y las 23:15 horas, la División Drogas Peligrosas Federación interceptó un vehículo en el kilómetro 5.5 de la Ruta Provincial N° 44.

    Secuestros: Se incautaron envoltorios con clorhidrato de cocaína, un teléfono celular y un automóvil Renault Clio.

    Detención: Tras identificar a cuatro personas, un hombre fue detenido y quedó incomunicado a disposición de la Justicia.

    Contexto: Se trata del segundo procedimiento de similares características en la vía pública concretado por esta división en menos de 48 horas.

    Justicia: Intervienen el Dr. Sergio Rondoni Caffa (Juzgado de Garantías) y la Dra. Josefina Pennon (Fiscalía).

    Allanamientos simultáneos en Villaguay
    Por su parte, en la tarde de este sábado, se llevaron a cabo dos allanamientos en la ciudad de Villaguay tras una investigación por comercialización de estupefacientes.

    El despliegue: Los operativos comenzaron a las 16:10 horas y contaron con la colaboración de personal de San Salvador y Grupos Especiales.

    Lo incautado: Se secuestró cocaína fraccionada lista para la venta, marihuana, dinero en efectivo, un motovehículo sin dominio y diversos elementos de fraccionamiento.

    Identificaciones: Fueron identificadas diez personas mayores de edad, quienes quedaron supeditadas al avance de la causa que tramita el Dr. Mauro Quirolo (Fiscalía) y la Dra. Nadia Benedetti (Juzgado de Garantías).

    Estos procedimientos refuerzan el trabajo preventivo y operativo para retirar sustancias peligrosas de la circulación en las zonas urbanas y rutas de la región.

  • Golpe al narcotráfico en Concordia: Secuestran 750 gramos de cocaína y detienen a una mujer

    Golpe al narcotráfico en Concordia: Secuestran 750 gramos de cocaína y detienen a una mujer

    Golpe al narcotráfico en Concordia: Secuestran 750 gramos de cocaína y detienen a una mujer

    En una tarde de intensos operativos, la Jefatura Departamental Concordia desplegó un amplio dispositivo de seguridad que incluyó allanamientos simultáneos y patrullajes de saturación. El resultado fue el desmantelamiento de puntos de venta de droga y el secuestro de una importante cantidad de estupefacientes listos para ser distribuidos.

    Operativos de saturación y allanamientos
    El despliegue contó con la colaboración del GDI (Grupo de Diligencias Inmediatas) y se focalizó en tareas preventivas y de investigación. Bajo las órdenes del Juzgado de Garantías, se realizaron tres allanamientos en puntos estratégicos de la ciudad:

    Barrio Villa Busti

    Barrio El Sol

    Barrio San Agustín

    Droga fraccionada para la venta
    Durante las requisas, el personal policial logró incautar 750 gramos de cocaína pura. Lo que más llamó la atención de los investigadores fue la forma en que estaba preparada la sustancia:

    Detención y marco legal
    A raíz del hallazgo, se procedió a la detención de una mujer mayor de edad, quien fue trasladada y puesta a disposición de la magistratura.
    El operativo fue supervisado por el Fiscal Dr. Tomás Tscherning, quien ordenó el secuestro de la sustancia y otros elementos de interés para la causa. Estos procedimientos de «saturación» buscan no solo desarticular búnkeres de venta, sino también aumentar la presencia policial en zonas críticas de la ciudad para llevar tranquilidad a los vecinos.

  • Mar del Plata: Casación revocó el sobreseimiento y dispuso que vayan a juicio 42 personas acusadas de lavado de activos provenientes de narcotráfico

    Mar del Plata: Casación revocó el sobreseimiento y dispuso que vayan a juicio 42 personas acusadas de lavado de activos provenientes de narcotráfico

    Mar del Plata: Casación revocó el sobreseimiento y dispuso que vayan a juicio 42 personas acusadas de lavado de activos provenientes de narcotráfico

    En línea con el recurso presentado por el fiscal general subrogante Carlos Fioriti, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento de 42 personas acusadas de haber lavado de activos provenientes del narcotráfico y ordenó remitir la causa al Tribunal Oral Federal de Mar del Plata para que se lleve adelante el juicio oral.

    En la resolución, los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña revocaron lo que había resuelto el exmagistrado del tribunal federal marplatense Martín Poderti en mayo de 2025. En un fallo unipersonal, había dictado el sobreseimiento de familiares y allegados de dos hombres que fueron condenados por causas de narcotráfico y cuyo círculo cercano era investigado por lavado de activos. Juan Manuel Mariscal fue condenado a 7 años de prisión por transportar 165 kilos de cocaína mientras que Hugo “Coco” Esteban fue considerado responsable de haber intentado trasladar casi 3 toneladas de marihuana desde Misiones a Mar del Plata y se le fijó una pena de 13 años de prisión.
    En paralelo a la causa de Mariscal, se abrió un expediente para investigar el financiamiento de la operación. En ese marco, se pudo identificar que uno de los autos de la familia era resguardado en un galpón propiedad de Esteban y su familia. Al momento del allanamiento, no solo se encontró ese vehículo sino unos 30 más, varios de ellos sin patentar y sin documentación. El hallazgo de tal patrimonio, sin respaldo financiero ni documental aparente, y el vínculo advertido entre los poseedores de los vehículos y el transportista de cocaína, motivó la ampliación del objeto procesal al posible lavado de dinero.
    Para la fiscalía, el vínculo asociativo/comercial entre las familias, el incremento patrimonial injustificado, las operaciones realizadas entre ellos —con utilización muchas veces de documentación falsa, domicilios inexactos o inexistentes— y la posibilidad de que el dinero producto del narcotráfico y otros delitos fuera convertido en vehículos, permitió trazar una hipótesis sobre la posible existencia de una organización conformada tanto por familiares como allegados de ambos implicados. Esos dos grupos habrían adquirido bienes, por lo menos desde 2011 y hasta 2019, con las ganancias obtenidas del tráfico ilícito de estupefacientes, los que fueron puestos en circulación en el mercado mediante maniobras de compraventa y transferencia de rodados con la finalidad de dar una apariencia lícita a un origen espurio.
    Los hechos habían sido calificados por el MPF como lavado de activos agravado por ser realizado con habitualidad, y a los imputados se los acusó como miembros de una asociación o banda conformada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza.
    No obstante, el magistrado del tribunal oral había interpretado las maniobras de lavado de activos como operaciones independientes por lo que, al ser consideradas maniobras aisladas, su monto individual no llegaba a los 150 salarios mínimos que exige el artículo 303 del Código Penal que establece las penas para el delito de lavado. De esa forma, optó por una figura atenuada (prevista en el inciso 4 del mismo artículo) que contempla la aplicación de una multa, lo que finalmente derivó en la prescripción de la acción penal.
    La posición del MPF
    «Además de castigar la ley con una pena más dura para el caso de darse los supuestos del inciso 2 a del artículo 303 (habitualidad y como miembro de una banda dedicada a la comisión continuada de hechos de esa índole), lo cierto es que esa habitualidad, que sería demostrada en debate, es la que permite afirmar que las operaciones, las maniobras descriptas como lavado de activos, no pueden ser valoradas de manera autónoma, es decir no puede contemplarse el momento de cada una de las operaciones de manera aislada”, consideró el fiscal.
    De esa forma, sostuvo que correspondía sumar los montos de todas las operaciones relacionadas, un cálculo que superaría el umbral de 150 salarios mínimos vitales y móviles establecido en el artículo 303 del Código Penal, lo que daría lugar a una pena privativa de la libertad. En esta línea, destacó que las pautas de agravamiento y vinculación de maniobras entre sí debían ser objeto de discusión en un juicio oral y público, instancia que resultaba obturada por la resolución de sobreseimientos dictada.
    Al requerir la nulidad de la resolución para que el proceso pudiera continuar hacia la instancia del juicio oral, el fiscal Fioriti sumó que el pronunciamiento invadió cuestiones de política criminal delineadas por la Procuración General de la Nación, afectó el principio acusatorio y los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina en la lucha contra el lavado de activos.
    Las maniobras imputadas
    Fioriti recordó que la acusación recaía sobre este grupo de personas, a partir de la confluencia de distintos requerimientos de elevación a juicio, por ser integrantes de una organización que operó en Mar del Plata, al menos desde 2011 y hasta 2019. Según explicó, los acusados habrían desarrollado, en nombre propio o bien a través de personas ficticias y/o jurídicas, operaciones comerciales de forma habitual a través de las cuales habrían puesto en circulación bienes no declarados que habrían sido adquiridos con dinero de origen ilícito. Para ello, habrían utilizado a modo de «pantalla» locales comerciales y la supuesta concesionaria de compra y venta de vehículos automotores no registrada que funcionaría en diversos domicilios.
    Como consecuencia, se advirtió en la investigación que los acusados, en algunos casos, no registraban actividad económica o si en algún momento la registraron, no era acorde con su verdadera capacidad, de acuerdo a lo informado por AFIP. En concreto, la red descubierta se dedicaría, con habitualidad, particularmente a la compra y venta de vehículos, en su mayoría de alta gama, y también de inmuebles, como fachada para blanquear dinero del tráfico de drogas.
    El lavado como delito permanente
    Para el fiscal, más allá del criterio tomado por la resolución, la acción penal tampoco habría prescripto: “El lavado de activos integra la categoría de los llamados delitos permanentes cuya consumación perdura en el tiempo hasta que culmina la acción antijurídica, lo que debería suceder recién con el dictado de una sentencia condenatoria”, sostuvo Fioriti.
    Sostuvo que el delito continuó ejecutándose a pesar de esa incautación de bienes de 2016 dado que hasta la actualidad no se ha logrado recuperar todos los activos involucrados con las maniobras investigadas. En ese sentido, reparó en que algunos continuaron en posesión de los imputados y fueron vendidos a terceros, lo que motivó varios pedidos de restitución como poseedores de buena fe mientras que otros, que se hallaban bajo custodia, desaparecieron.
    La postura del MPF ante Casación 
    “El fraccionamiento de los hechos como conductas aisladas e independientes entre sí, condujo al juez a una irrazonable conclusión a los fines de apreciar el monto real de tales operaciones”, sostuvo el fiscal general Raúl Omar Pleé.
    Marcó que el enfoque del magistrado se apartó del marco fáctico propuesto por el Ministerio Público Fiscal, que «presentó los hechos como parte de una maniobra continuada y organizada de lavado de activos, ejecutada con habitualidad en el seno de una estructura delictiva”. Desde esta perspectiva, Pleé indicó: “el tipo penal aplicable no exige que el monto considerado surja de una única operación, sino que habilita a contemplar la reiteración de conductas, la existencia de una organización común y el destino económico de las maniobras como un todo integrado”.
    A su vez, marcó el contexto en el que se inserta la causa: “un fenómeno criminal complejo, con aristas transversales a otras investigaciones, y que se vincula con la circulación de activos presuntamente provenientes del narcotráfico y otras actividades ilícitas”.
    En este sentido, en línea con lo expresado por Fioriti, indicó: “la respuesta estatal debe ser coherente con los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina en el marco de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional, todos ellos instrumentos de jerarquía constitucional». “Tales compromisos imponen la obligación de investigar, juzgar y sancionar eficazmente este tipo de conductas, evitando decisiones que frustren, en forma prematura y sin análisis exhaustivo, el juzgamiento de los hechos”, agregó
    La resolución de la sala I
    “La plataforma fáctica descripta en los requerimientos acusatorios pone de manifiesto múltiples maniobras de lavado enmarcadas dentro de un plan delictivo global, continuado y organizado, regidas por un mismo designio criminal, de dar apariencia lícita a fondos presuntamente espurios”, indicó Javier Carbajo, quien encabezó la resolución con su voto.
    “Cuando la letra de la ley es clara y no exige esfuerzo de interpretación, debe ser aplicada directamente sin atender a otras consideraciones  Por consiguiente, la decisión cuestionada, al fraccionar cada operación de lavado de activos como si fueran hechos independientes, se apartó de la base fáctica delineada por el acusador público, de la letra de la ley y de las circunstancias del caso, y condujo a la forzada conclusión de apreciar el caso bajo el supuesto del artículo 303 inciso 4º del mismo texto, según la ley 27.739”, explicó.
    “En suma, la decisión bajo examen no puede ser calificada como un acto jurisdiccional válido, en los términos fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia”, determinó Carbajo.
    Por su parte, Gustavo Hornos reparó en que los hechos imputados constituyen el delito de lavado de activos. “Se trata de un ilícito pluriofensivo, cuya afectación excede con amplitud el patrimonio individual o el interés de una víctima concreta, y que compromete bienes jurídicos de naturaleza colectiva, vinculados al orden socioeconómico, la estabilidad del sistema financiero y la confianza pública”, remarcó.
    En este sentido, recordó que en otras resoluciones ya se expidió sobre la lesividad del lavado y que “no se agota en la incorporación de activos de origen delictivo al circuito formal, sino que consolida económicamente el delito precedente, tornándolo eficaz y rentable”. Marcó que esa condición ha sido destacada por los organismos internacionales de los que la Argentina es parte como el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Lavado de Activos) o a nivel regional el GAFISUD (Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica), que emiten recomendaciones y protocolos para combatirlo. Por su parte, Diego Barroetaveña adhirió a lo expuesto por sus colegas.

  • Golpe al narcotráfico en Gualeguaychú: Desarticulan red armada y secuestran ,7 millones

    Golpe al narcotráfico en Gualeguaychú: Desarticulan red armada y secuestran $1,7 millones

    Golpe al narcotráfico en Gualeguaychú: Desarticulan red armada y secuestran $1,7 millones

    En un operativo de gran magnitud realizado por la la Policía de Entre Ríos, se desmanteló una peligrosa estructura de microtráfico en el asentamiento Zona Norte de Gualeguaychú. El procedimiento se destacó no solo por el volumen de droga incautada, sino por el hallazgo de armas de fuego, lo que confirma la peligrosidad de la organización.

    Despliegue regional estratégico
    Bajo la supervisión del Juzgado de Garantías y Transición N° 2, se ejecutaron cuatro allanamientos simultáneos. Para garantizar el éxito de la irrupción, trabajaron en conjunto divisiones especializadas de:

    Gualeguaychú, Concepción del Uruguay, Gualeguay y Rosario del Tala.

    Grupos Especiales de choque.

    El saldo del operativo: Droga, armas y millones
    La requisa de los domicilios permitió desarticular por completo los puntos de venta. Los elementos secuestrados evidencian una estructura operativa consolidada:

    Sustancias: Cocaína fraccionada para la venta, cogollos y una planta de cannabis.

    Arsenal: Armas de fuego calibre .22 y una importante cantidad de municiones.

    Efectivo: Aproximadamente $1.700.000 (un millón setecientos mil pesos) en billetes de diverso valor.

    Logística: Balanzas de precisión, elementos de corte y múltiples teléfonos celulares que serán peritados.

    Detenciones e identificaciones
    La Justicia ordenó medidas inmediatas ante la contundencia de las pruebas halladas:

    5 hombres detenidos: Se encuentran actualmente incomunicados y a disposición de la Fiscalía.

    16 personas identificadas: Vinculadas al proceso investigativo por infracción a la Ley Provincial N° 10.566.

    «La presencia de armas de fuego junto a la droga lista para la venta eleva el nivel de peligrosidad de esta red. Este golpe reafirma que no daremos tregua al narcomenudeo», señalaron fuentes policiales.

    Este nuevo avance en la lucha contra el microtráfico en la zona norte de la ciudad representa un alivio para los vecinos y un mensaje directo contra las organizaciones que utilizan la violencia y el tráfico de sustancias para controlar el territorio.