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  • Nueva alternativa para pacientes: ANMAT aprueba tratamiento para mieloma múltiple avanzado con pocas opciones terapéuticas.

    Nueva alternativa para pacientes: ANMAT aprueba tratamiento para mieloma múltiple avanzado con pocas opciones terapéuticas.

    La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aprobó recientemente un nuevo medicamento para el tratamiento de pacientes adultos con mieloma múltiple en recaída o refractario, que han recibido al menos tres terapias previas.
    El mieloma múltiple es un tipo de cáncer de la sangre poco frecuente que afecta a las células plasmáticas, una clase de glóbulos blancos que se encuentran en la médula ósea.6  Aunque en las últimas dos décadas el tratamiento de la enfermedad ha avanzado considerablemente, sigue siendo incurable y la mayoría de los pacientes se vuelven refractarios a las terapias. Se estima que la sobrevida a una tercera terapia es solo del 15% de los pacientes, y el tiempo en remisión disminuye con cada línea de tratamiento.
    En este contexto, talquetamab representa una nueva opción terapéutica que, con un mecanismo de acción diferente, ha demostrado un beneficio clínico significativo. Su aprobación por la FDA en agosto de 2023 se basa en los resultados del estudio de fase 1/2 MonumenTAL-1, que evaluó su eficacia y seguridad en más de 300 pacientes con mieloma múltiple en recaída o refractario. Según este estudio, se alcanzaron tasas de respuesta global del 74% en pacientes que no habían recibido terapias previas con redirección de linfocitos T, y de 67% en pacientes previamente expuestos a estas terapias .
    Además de su eficacia, la terapia demostró una mediana de duración de la respuesta de hasta 17,5 meses, con una supervivencia global a 24 meses del 67,1%.
    Este nuevo desarrollo de Johnson & Johnson está disponible en el país bajo condiciones de uso hospitalario para el tratamiento en monoterapia de pacientes adultos con mieloma múltiple en recaída y refractario, que han recibido al menos 3 tratamientos previos y han presentado progresión de la enfermedad al último tratamiento. Es el primer anticuerpo biespecífico aprobado que se dirige simultáneamente a dos blancos terapéuticos: el receptor CD3 en las células T y el receptor GPRC5D, mostrando una modalidad de acción que le permite redirigir las células T del propio paciente hacia las células tumorales, desencadenando una respuesta inmune antitumoral potente.
    Su administración -mediante una inyección subcutánea- está sujeta a un esquema de dosificación que incluye una fase inicial de escalado progresivo y luego una pauta quincenal. Esta modalidad permite una administración ambulatoria en muchos casos, con controles periódicos para el monitoreo de posibles efectos adversos. De acuerdo con lo observado en los estudios clínicos, los más frecuentes incluyen alteraciones del gusto (disgeusia), sequedad bucal, pérdida de peso e infecciones, la mayoría de ellos de grado leve a moderado y transitorios, mientras que fue poco frecuente la discontinuación permanente del tratamiento a causa de las reacciones adversas.
    La Dra. María Eugenia Funes, médica hematóloga del Hospital Británico Rosario, afirmó que «la incorporación de talquetamab al abanico terapéutico disponible en el país constituye un paso clave para tratar a pacientes que ya no responden a las combinaciones clásicas de medicamentos. Su mecanismo de acción y perfil de eficacia lo posicionan como una alternativa muy prometedora».
    Por su parte, el Dr. Cristian Seehaus , médico hematólogo del Hospital Italiano de Buenos Aries, se expresó favorablemente, sosteniendo que “en la práctica clínica vemos con frecuencia pacientes que han agotado las opciones terapéuticas disponibles. Talquetamab brinda una nueva esperanza a los pacientes, con una vía de administración subcutánea y un perfil de seguridad que, según los estudios, es manejable en la mayoría de los casos».
    El mieloma múltiple es un tipo de cáncer hematológico poco frecuente, que se origina en las células plasmáticas de la médula ósea. Estas células anormales se multiplican descontroladamente, generan anticuerpos defectuosos y afectan la producción normal de glóbulos rojos, blancos y plaquetas, desarrollando potencialmente complicaciones graves como insuficiencia renal, anemia, fracturas óseas, hipercalcemia e infecciones recurrentes.
    En la Argentina, proyecciones de incidencia de mieloma múltiple permiten estimar la existencia de alrededor de 1.300 nuevos casos por año, lo que equivale en promedio a 3,5 diagnósticos cada día. La prevalencia aumenta con la edad, con un pico entre los 50 y los 70 años.
    «Estamos orgullosos de poder contar en la Argentina con un medicamento que representa un avance significativo para los pacientes con mieloma múltiple que ya han agotado las principales líneas terapéuticas. Esta droga ofrece una nueva posibilidad para una población que hasta ahora contaba con opciones muy limitadas. En Johnson & Johnson seguimos trabajando firmemente con el compromiso de mejorar la sobrevida para los pacientes con mieloma múltiple; afirmó el Dr. Ariel Perelsztein , director de Asuntos Médicos y Regulatorios de Johnson & Johnson para Latinoamérica Sur.
    Sobre Johnson & Johnson En Johnson & Johnson, creemos que la salud lo es todo. Nuestra fortaleza en innovación en el cuidado de la salud nos empodera a construir un mundo donde las enfermedades más complejas son prevenidas, tratadas, curadas y donde los tratamientos son más inteligentes, menos invasivos y las soluciones son personales. A través de nuestra experiencia en Innovative Medicine y MedTech, estamos en una posición única para innovar en todo el espectro de soluciones de atención médica hoy para ofrecer los avances del mañana e impactar profundamente la salud de la humanidad.

  • Revés judicial para Urribarri y Cardona Herreros en la causa por supuesto enriquecimiento ilícito – El Miércoles Digital

    Revés judicial para Urribarri y Cardona Herreros en la causa por supuesto enriquecimiento ilícito – El Miércoles Digital

    El juez de Garantías Mariano Budasoff, quien quedó a cargo de las audiencias en las que se discute el requerimiento de elevación a juicio de la causa por presunto enriquecimiento ilícito del exgobernador Sergio Urribarri y el empresario Diego Armando Cardona Herreros, rechazó buena parte de los planteos defensivos.
    Fue este miércoles, tras un extenso cuarto intermedio en el proceso que comenzó los primeros días de marzo. En ese momento, los abogados defensores Miguel Cullen por Urribarri, José Velázquez e Ignacio Díaz por Cardona Herreros, realizaron varios planteos relacionados al proceso de investigación, a la supuesta afectación de derechos constitucionales y pidieron exclusiones probatorias. En ese marco, el juez de Garantías rechazó casi todos los reclamos defensivos.
    Para este jueves, cuando se reanude la audiencia, quedaron pendientes de resolución sólo dos. Y, luego, los defensores tendrán la oportunidad de contestar la decisión del juez al tiempo que, si lo consideran, abrir el reclamo a instancias superiores.
    Al comienzo de las audiencias, los abogados manifestaron casi los mismos argumentos que vienen exponiendo en otros procesos por presunta corrupción que involucra a exfuncionarios públicos y dirigentes políticos.
    En la instancia oral de este miércoles estuvieron presentes los fiscales Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull; y los defensores particulares de los imputados.
    La finalidad de esta etapa es discutir el requerimiento de elevación a juicio. Se trata de una instancia intermedia, que prepara el terreno para el juicio oral en el que, efectivamente, se ventilará la investigación penal preparatoria y se juzgará la conducta de los imputados.

    Planteos que el juez rechazó
     
    Budasoff refutó una serie de reclamos puntuales realizados en el marco de la oralización del requerimiento de elevación a juicio. En relación al proceso investigativo y los derechos constitucionales, los abogados pidieron que se declare la “extinción de la acción penal”; que sobre Cardona Herreros se disponga la “inconstitucionalidad de la acción”; que se defina judicialmente que “se violaron los plazos razonables” en la causa; y, en el caso de Cardona, que se afectaron sus garantías por ser juzgado (según sus defensores) por los mismos hechos en procesos distintos, es decir la causa “coimas” y esta investigación propiamente dicha por presunto enriquecimiento ilícito. Todos estos pedidos fueron atendidos, analizados y rechazados por el juez.
    Extinción de la acción penal
    Sobre el primero de los planteos, que tiene como consecuencia el sobreseimiento de los imputados, los defensores argumentaron que una vez iniciada acción penal, el Estado cuenta con elementos para continuar la investigación, que no puede suspenderse. Sin embargo, en este caso la pesquisa se detuvo mientras el exgobernador Urribarri se desempeñó como funcionario público. “La investigación inició en 2015. Urribarri continuó en funciones hasta 2019, volvió a función pública en 2020 para ser embajador”, marcó Budasoff. Además, recordó que este punto ya fue discutido y dirimido en instancias anteriores.
    Inconstitucionalidad de la acción penal para Cardona Herreros.
    El defensor del empresario paraguayo reclamó que se declare la inconstitucionalidad de la acción penal para su representado. Argumentó que la suspensión de la acción penal no debió correr para su defendido, tal como sí ocurrió con Urribarri por su condición de funcionario público. El juez Budasoff también refutó este planteo. Señaló que la suspensión de la acción penal procede para todos los imputados en un proceso, independientemente de que la condición de funcionario público no se dé en todos.
     
    Violación de plazos razonables
    Los defensores sostuvieron que se violaron los plazos razonables dado que la causa lleva 11 años desde su apertura; que la investigación debió desarrollarse en el menor tiempo posible; que la elongación no fue provocada por los propios planteos defensivos, sino que la investigación fiscal demoró 8 años. Y consideraron que la pandemia no puede usarse como justificación del tiempo que insumió la pesquisa. En este punto el juez se explayó sobre la complejidad de la causa como un motivo válido. “Ni Urribarri ni Cardona sufrieron restricciones en su libertad ambulatoria. Recién en 2023 fueron convocados para defenderse. Si bien el legajo se abrió en 2015, esa circunstancia temporal no afectó el derecho de defensa de los imputados”, leyó de la resolución.
    Afectación de garantías non bis in idem
    Los defensores de Cardona plantearon, por último, una afectación al principio “non bis in ídem”, es decir que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho. Velázquez pidió que se sobresea a su representado por esta cuestión. Los defensores consideran que la evidencia probatoria coincide en buena medida entre dos causas distintas: la que investiga presuntas coimas (que involucra a varios exfuncionarios públicos y ya fue elevada a juicio), y la actual por presunto enriquecimiento ilícito. El juez rechazó el planteo en esta instancia, pero no descartó que en etapas posteriores tenga cabida un nuevo debate sobre el punto. “Estos hechos son potencialmente complementarios, pero jurídicamente autónomos”, consideró.
    Planteos de exclusión probatoria
    En los primeros días de marzo hubo, también, pedidos de exclusión probatoria realizado por las defensas. En este sentido, los abogados pidieron que se descarten los informes periciales sobre los dispositivos informáticos. Para reclamarlo se basaron en que los profesionales que estuvieron a cargo son bioingenieros y no ingenieros informáticos. El arma defensiva viene siendo usada por el abogado Ignacio Díaz desde lo que se conoció como “megajuicio por corrupción” en 2021.

    El juez analizó el planteo. Detalló cómo fue la extracción de datos informáticos, cada vez que fue pedida una autorización judicial para llevar a cabo la extracción. Recalcó que los bioingenieros fueron las personas autorizadas para realizar la copia forense sobre la que se trabajó, incluso autorizados hace años, mucho antes que el inicio de estas investigaciones, para esos trabajos.
    Las defensas también cuestionaron los protocolos de recolección de evidencias del Ministerio Público Fiscal y sostuvieron que se afectó la calidad de los datos recabados, algo que el magistrado también refutó.
    Por último, Budasoff ahondó sobre las incumbencias profesionales de los bioingenieros. Cuestionó una concepción “rígida” de las tareas que pueden desarrollar los profesionales o por la falta de matriculación en el Colegio de Ingenieros Informáticos. Sostuvo que esto “no hace a la validez” de la prueba producida ni del trabajo desarrollado por tales profesionales.
    “No se verifica afectación de las garantías procesales. Correspondiendo rechazar los planteos defensivos”, dijo Budasoff sobre el final de la audiencia, este mediodía.
    La causa
    En noviembre de 2023, el Ministerio Público Fiscal pidió la remisión a juicio oral de la causa por enriquecimiento que involucra al exgobernador Sergio Urribarri. El dos veces titular del Poder Ejecutivo ya fue condenado a 8 años de cárcel en el marco del megajuicio; y tiene pedido de remisión a juicio en una causa por coimas, con una solicitud de pena de 10 años de cárcel.
    Los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano remitieron la investigación por enriquecimiento con un pedido de condena para Urribarri de 5 años y 6 meses de cárcel. En tanto, para el empresario Diego Armando Cardona Herreros, implicado en esa investigación, solicitaron 5 años de prisión de cumplimiento efectivo. En tanto, para Rubén Ángel Martínez, 3 años de prisión de cumplimiento condicional. Pero este tercer imputado, Martínez, un jubilado de más de 70 años, quedó afuera del juicio oral en mayo de 2024. El juez de Garantías Julián Vergara refrendó un acuerdo de suspensión de juicio a prueba -probation-, por un plazo de 3 años para Martínez.
    A Urribarri le reprochan que no pudo justificar el aumento patrimonial de 7 millones de dólares, maniobras de las que habría participado el empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de Relevamiento Catastrales SA, que fue contratista del Estado entrerriano durante el urribarrismo, y también Martínez, aunque en un rol menor.
    Martínez le achacaron que en 2011 adquirió un vehículo a su nombre y que luego tramitó una tarjeta azul para que pueda disponer de él uno de los hijos del exgobernador, Mauro Urribarri, y la esposa del extitular del Ejecutivo, Ana Lía Aguilera. Además, le reprocharon que “colaboró” con el enriquecimiento al posibilitar el ingreso al país de obras de arte traídas de Europa con destino a los Urribarri.

    Fuente: Análisis

     
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  • De Martínez de Hoz a Milei: el mismo ajuste en un mundo que va para otro lado

    De Martínez de Hoz a Milei: el mismo ajuste en un mundo que va para otro lado

    El economista Alfredo Zaiat analiza que los lineamientos económicos del gobierno de Javier Milei son idénticos a los de José Alfredo Martínez de Hoz (dictadura), Carlos Menem y Mauricio Macri: libertad de precios, apertura comercial, desregulación financiera y ajuste fiscal. Sin embargo, la diferencia crucial es el contexto internacional: mientras aquellos experimentos neoliberales se desarrollaron en un marco global que los acompañaba (neoliberalismo naciente, Consenso de Washington, hegemonía de las ideas de mercado), Milei colisiona con una corriente mundial que apuesta al proteccionismo, la política industrial y la reindustrialización, lo que hace que su desenlace pueda ser aún más destructivo.
    Zaiat repasa las similitudes programáticas: el discurso de Martínez de Hoz del 2 de abril de 1976 ya planteaba libertad de precios, eliminación de controles de cambio, libertad de comercio exterior, reducción de aranceles, liberalización financiera, ajuste tarifario y libertad de contratación salarial. Menem aplicó el decálogo del Consenso de Washington (disciplina fiscal, privatizaciones, desregulación, apertura). Macri profundizó la misma lógica con un endeudamiento récord que culminó en el acuerdo con el FMI de 2018.

    Pero el contexto de cada ciclo fue distinto:

    La dictadura se inscribió en el naciente neoliberalismo de Reagan y Thatcher, con los Chicago boys como referencia, aunque preservó industrias estratégicas bajo control estatal.

    Menem fue el mejor alumno del Consenso de Washington, en una década de hegemonía de las ideas de mercado.

    Macri intentó restaurar el recetario en un momento de reversión de los gobiernos progresistas en la región, pero sin capacidad de administrar el endeudamiento.

    El kirchnerismo fue el paréntesis que interrumpió este ciclo, en un contexto de indiferencia de EE.UU. tras el 11-S y de expansión de modelos alternativos en América Latina.
    La diferencia fundamental de Milei es que su experimento avanza a contracorriente de la corriente dominante de la economía global: proteccionismo de Trump, reindustrialización de EE.UU., políticas industriales europeas frente a China, modelo de desarrollo chino. Los vectores de crisis son los mismos de siempre (atraso cambiario con reservas escasas, dependencia financiera externa, destrucción del entramado productivo), pero agravados por un contexto global adverso. «Si ya de por sí el recetario liberal conduce a una crisis, el hecho de que además avance a contramano de la dinámica de la economía global convierte ese riesgo en casi una certeza», concluye Zaiat.

  • Robo de bicicleta en pleno centro: dictan 45 días de prisión preventiva para el autor

    Robo de bicicleta en pleno centro: dictan 45 días de prisión preventiva para el autor

    Defensor Arrechea y Fiscal Bourlot

    En una audiencia celebrada el pasado viernes, la Justicia de Concepción del Uruguay dispuso la prisión preventiva por 45 días para Maximiliano Nicolás Preiss, acusado de haber sustraído una bicicleta rodado 29 en calle Mariano Moreno al 300. El sujeto fue capturado por la policía minutos después del hecho mientras intentaba escapar.

    El hecho: de una clase de pilates a la comisaría

    El robo ocurrió el pasado jueves 19 de marzo, alrededor de las 21:00 horas. La damnificada, una vecina de la ciudad, se encontraba en una clase de pilates cuando Preiss violentó la seguridad del rodado marca Fire Bird rodado 29, color gris con detalles celestes y violetas. El delincuente logró romper la cadena con candado de numeración con la que el rodado estaba asegurado. Tras apoderarse de la bicicleta, el malviviente huyó en contramano por calle Mariano Moreno, pero fue interceptado por personal policial en la intersección de Malvinas Argentinas y Doctora Ratto.

    Encuadre legal y antecedentes

    La fiscal Dra. Lucía Bourlot imputó a Preiss por el delito de «Hurto Agravado» (Art. 163 inc. 6 del Código Penal), debido a que el vehículo se encontraba en la vía pública.

    Un dato clave en la audiencia fue el historial del imputado:

    • Condena previa: Preiss cuenta con una condena condicional ya cumplida.

    • Pena efectiva: Debido a este nuevo antecedente, de ser hallado culpable en el juicio, la pena no será menor a un año de prisión de cumplimiento efectivo.

    Resolución judicial

    Ante el riesgo procesal, el Juez de Garantías Dr. Gustavo Díaz hizo lugar al pedido de la fiscalía y ordenó la preventiva por un mes y medio, la cual será cumplida mientras la defensa oficial, a cargo del Dr. Sebastián Arrechea, avanza con el proceso.