Etiqueta: para

  • Revés judicial para Urribarri y Cardona Herreros en la causa por supuesto enriquecimiento ilícito – El Miércoles Digital

    Revés judicial para Urribarri y Cardona Herreros en la causa por supuesto enriquecimiento ilícito – El Miércoles Digital

    El juez de Garantías Mariano Budasoff, quien quedó a cargo de las audiencias en las que se discute el requerimiento de elevación a juicio de la causa por presunto enriquecimiento ilícito del exgobernador Sergio Urribarri y el empresario Diego Armando Cardona Herreros, rechazó buena parte de los planteos defensivos.
    Fue este miércoles, tras un extenso cuarto intermedio en el proceso que comenzó los primeros días de marzo. En ese momento, los abogados defensores Miguel Cullen por Urribarri, José Velázquez e Ignacio Díaz por Cardona Herreros, realizaron varios planteos relacionados al proceso de investigación, a la supuesta afectación de derechos constitucionales y pidieron exclusiones probatorias. En ese marco, el juez de Garantías rechazó casi todos los reclamos defensivos.
    Para este jueves, cuando se reanude la audiencia, quedaron pendientes de resolución sólo dos. Y, luego, los defensores tendrán la oportunidad de contestar la decisión del juez al tiempo que, si lo consideran, abrir el reclamo a instancias superiores.
    Al comienzo de las audiencias, los abogados manifestaron casi los mismos argumentos que vienen exponiendo en otros procesos por presunta corrupción que involucra a exfuncionarios públicos y dirigentes políticos.
    En la instancia oral de este miércoles estuvieron presentes los fiscales Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull; y los defensores particulares de los imputados.
    La finalidad de esta etapa es discutir el requerimiento de elevación a juicio. Se trata de una instancia intermedia, que prepara el terreno para el juicio oral en el que, efectivamente, se ventilará la investigación penal preparatoria y se juzgará la conducta de los imputados.

    Planteos que el juez rechazó
     
    Budasoff refutó una serie de reclamos puntuales realizados en el marco de la oralización del requerimiento de elevación a juicio. En relación al proceso investigativo y los derechos constitucionales, los abogados pidieron que se declare la “extinción de la acción penal”; que sobre Cardona Herreros se disponga la “inconstitucionalidad de la acción”; que se defina judicialmente que “se violaron los plazos razonables” en la causa; y, en el caso de Cardona, que se afectaron sus garantías por ser juzgado (según sus defensores) por los mismos hechos en procesos distintos, es decir la causa “coimas” y esta investigación propiamente dicha por presunto enriquecimiento ilícito. Todos estos pedidos fueron atendidos, analizados y rechazados por el juez.
    Extinción de la acción penal
    Sobre el primero de los planteos, que tiene como consecuencia el sobreseimiento de los imputados, los defensores argumentaron que una vez iniciada acción penal, el Estado cuenta con elementos para continuar la investigación, que no puede suspenderse. Sin embargo, en este caso la pesquisa se detuvo mientras el exgobernador Urribarri se desempeñó como funcionario público. “La investigación inició en 2015. Urribarri continuó en funciones hasta 2019, volvió a función pública en 2020 para ser embajador”, marcó Budasoff. Además, recordó que este punto ya fue discutido y dirimido en instancias anteriores.
    Inconstitucionalidad de la acción penal para Cardona Herreros.
    El defensor del empresario paraguayo reclamó que se declare la inconstitucionalidad de la acción penal para su representado. Argumentó que la suspensión de la acción penal no debió correr para su defendido, tal como sí ocurrió con Urribarri por su condición de funcionario público. El juez Budasoff también refutó este planteo. Señaló que la suspensión de la acción penal procede para todos los imputados en un proceso, independientemente de que la condición de funcionario público no se dé en todos.
     
    Violación de plazos razonables
    Los defensores sostuvieron que se violaron los plazos razonables dado que la causa lleva 11 años desde su apertura; que la investigación debió desarrollarse en el menor tiempo posible; que la elongación no fue provocada por los propios planteos defensivos, sino que la investigación fiscal demoró 8 años. Y consideraron que la pandemia no puede usarse como justificación del tiempo que insumió la pesquisa. En este punto el juez se explayó sobre la complejidad de la causa como un motivo válido. “Ni Urribarri ni Cardona sufrieron restricciones en su libertad ambulatoria. Recién en 2023 fueron convocados para defenderse. Si bien el legajo se abrió en 2015, esa circunstancia temporal no afectó el derecho de defensa de los imputados”, leyó de la resolución.
    Afectación de garantías non bis in idem
    Los defensores de Cardona plantearon, por último, una afectación al principio “non bis in ídem”, es decir que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho. Velázquez pidió que se sobresea a su representado por esta cuestión. Los defensores consideran que la evidencia probatoria coincide en buena medida entre dos causas distintas: la que investiga presuntas coimas (que involucra a varios exfuncionarios públicos y ya fue elevada a juicio), y la actual por presunto enriquecimiento ilícito. El juez rechazó el planteo en esta instancia, pero no descartó que en etapas posteriores tenga cabida un nuevo debate sobre el punto. “Estos hechos son potencialmente complementarios, pero jurídicamente autónomos”, consideró.
    Planteos de exclusión probatoria
    En los primeros días de marzo hubo, también, pedidos de exclusión probatoria realizado por las defensas. En este sentido, los abogados pidieron que se descarten los informes periciales sobre los dispositivos informáticos. Para reclamarlo se basaron en que los profesionales que estuvieron a cargo son bioingenieros y no ingenieros informáticos. El arma defensiva viene siendo usada por el abogado Ignacio Díaz desde lo que se conoció como “megajuicio por corrupción” en 2021.

    El juez analizó el planteo. Detalló cómo fue la extracción de datos informáticos, cada vez que fue pedida una autorización judicial para llevar a cabo la extracción. Recalcó que los bioingenieros fueron las personas autorizadas para realizar la copia forense sobre la que se trabajó, incluso autorizados hace años, mucho antes que el inicio de estas investigaciones, para esos trabajos.
    Las defensas también cuestionaron los protocolos de recolección de evidencias del Ministerio Público Fiscal y sostuvieron que se afectó la calidad de los datos recabados, algo que el magistrado también refutó.
    Por último, Budasoff ahondó sobre las incumbencias profesionales de los bioingenieros. Cuestionó una concepción “rígida” de las tareas que pueden desarrollar los profesionales o por la falta de matriculación en el Colegio de Ingenieros Informáticos. Sostuvo que esto “no hace a la validez” de la prueba producida ni del trabajo desarrollado por tales profesionales.
    “No se verifica afectación de las garantías procesales. Correspondiendo rechazar los planteos defensivos”, dijo Budasoff sobre el final de la audiencia, este mediodía.
    La causa
    En noviembre de 2023, el Ministerio Público Fiscal pidió la remisión a juicio oral de la causa por enriquecimiento que involucra al exgobernador Sergio Urribarri. El dos veces titular del Poder Ejecutivo ya fue condenado a 8 años de cárcel en el marco del megajuicio; y tiene pedido de remisión a juicio en una causa por coimas, con una solicitud de pena de 10 años de cárcel.
    Los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano remitieron la investigación por enriquecimiento con un pedido de condena para Urribarri de 5 años y 6 meses de cárcel. En tanto, para el empresario Diego Armando Cardona Herreros, implicado en esa investigación, solicitaron 5 años de prisión de cumplimiento efectivo. En tanto, para Rubén Ángel Martínez, 3 años de prisión de cumplimiento condicional. Pero este tercer imputado, Martínez, un jubilado de más de 70 años, quedó afuera del juicio oral en mayo de 2024. El juez de Garantías Julián Vergara refrendó un acuerdo de suspensión de juicio a prueba -probation-, por un plazo de 3 años para Martínez.
    A Urribarri le reprochan que no pudo justificar el aumento patrimonial de 7 millones de dólares, maniobras de las que habría participado el empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de Relevamiento Catastrales SA, que fue contratista del Estado entrerriano durante el urribarrismo, y también Martínez, aunque en un rol menor.
    Martínez le achacaron que en 2011 adquirió un vehículo a su nombre y que luego tramitó una tarjeta azul para que pueda disponer de él uno de los hijos del exgobernador, Mauro Urribarri, y la esposa del extitular del Ejecutivo, Ana Lía Aguilera. Además, le reprocharon que “colaboró” con el enriquecimiento al posibilitar el ingreso al país de obras de arte traídas de Europa con destino a los Urribarri.

    Fuente: Análisis

     
    Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectores
    Sumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo.

  • De Martínez de Hoz a Milei: el mismo ajuste en un mundo que va para otro lado

    De Martínez de Hoz a Milei: el mismo ajuste en un mundo que va para otro lado

    El economista Alfredo Zaiat analiza que los lineamientos económicos del gobierno de Javier Milei son idénticos a los de José Alfredo Martínez de Hoz (dictadura), Carlos Menem y Mauricio Macri: libertad de precios, apertura comercial, desregulación financiera y ajuste fiscal. Sin embargo, la diferencia crucial es el contexto internacional: mientras aquellos experimentos neoliberales se desarrollaron en un marco global que los acompañaba (neoliberalismo naciente, Consenso de Washington, hegemonía de las ideas de mercado), Milei colisiona con una corriente mundial que apuesta al proteccionismo, la política industrial y la reindustrialización, lo que hace que su desenlace pueda ser aún más destructivo.
    Zaiat repasa las similitudes programáticas: el discurso de Martínez de Hoz del 2 de abril de 1976 ya planteaba libertad de precios, eliminación de controles de cambio, libertad de comercio exterior, reducción de aranceles, liberalización financiera, ajuste tarifario y libertad de contratación salarial. Menem aplicó el decálogo del Consenso de Washington (disciplina fiscal, privatizaciones, desregulación, apertura). Macri profundizó la misma lógica con un endeudamiento récord que culminó en el acuerdo con el FMI de 2018.

    Pero el contexto de cada ciclo fue distinto:

    La dictadura se inscribió en el naciente neoliberalismo de Reagan y Thatcher, con los Chicago boys como referencia, aunque preservó industrias estratégicas bajo control estatal.

    Menem fue el mejor alumno del Consenso de Washington, en una década de hegemonía de las ideas de mercado.

    Macri intentó restaurar el recetario en un momento de reversión de los gobiernos progresistas en la región, pero sin capacidad de administrar el endeudamiento.

    El kirchnerismo fue el paréntesis que interrumpió este ciclo, en un contexto de indiferencia de EE.UU. tras el 11-S y de expansión de modelos alternativos en América Latina.
    La diferencia fundamental de Milei es que su experimento avanza a contracorriente de la corriente dominante de la economía global: proteccionismo de Trump, reindustrialización de EE.UU., políticas industriales europeas frente a China, modelo de desarrollo chino. Los vectores de crisis son los mismos de siempre (atraso cambiario con reservas escasas, dependencia financiera externa, destrucción del entramado productivo), pero agravados por un contexto global adverso. «Si ya de por sí el recetario liberal conduce a una crisis, el hecho de que además avance a contramano de la dinámica de la economía global convierte ese riesgo en casi una certeza», concluye Zaiat.

  • Robo de bicicleta en pleno centro: dictan 45 días de prisión preventiva para el autor

    Robo de bicicleta en pleno centro: dictan 45 días de prisión preventiva para el autor

    Defensor Arrechea y Fiscal Bourlot

    En una audiencia celebrada el pasado viernes, la Justicia de Concepción del Uruguay dispuso la prisión preventiva por 45 días para Maximiliano Nicolás Preiss, acusado de haber sustraído una bicicleta rodado 29 en calle Mariano Moreno al 300. El sujeto fue capturado por la policía minutos después del hecho mientras intentaba escapar.

    El hecho: de una clase de pilates a la comisaría

    El robo ocurrió el pasado jueves 19 de marzo, alrededor de las 21:00 horas. La damnificada, una vecina de la ciudad, se encontraba en una clase de pilates cuando Preiss violentó la seguridad del rodado marca Fire Bird rodado 29, color gris con detalles celestes y violetas. El delincuente logró romper la cadena con candado de numeración con la que el rodado estaba asegurado. Tras apoderarse de la bicicleta, el malviviente huyó en contramano por calle Mariano Moreno, pero fue interceptado por personal policial en la intersección de Malvinas Argentinas y Doctora Ratto.

    Encuadre legal y antecedentes

    La fiscal Dra. Lucía Bourlot imputó a Preiss por el delito de «Hurto Agravado» (Art. 163 inc. 6 del Código Penal), debido a que el vehículo se encontraba en la vía pública.

    Un dato clave en la audiencia fue el historial del imputado:

    • Condena previa: Preiss cuenta con una condena condicional ya cumplida.

    • Pena efectiva: Debido a este nuevo antecedente, de ser hallado culpable en el juicio, la pena no será menor a un año de prisión de cumplimiento efectivo.

    Resolución judicial

    Ante el riesgo procesal, el Juez de Garantías Dr. Gustavo Díaz hizo lugar al pedido de la fiscalía y ordenó la preventiva por un mes y medio, la cual será cumplida mientras la defensa oficial, a cargo del Dr. Sebastián Arrechea, avanza con el proceso.