Etiqueta: preso

  • Urribarri está preso: cómo es su régimen de detención y qué puede pasar con el pedido de domiciliaria – El Miércoles Digital

    Urribarri está preso: cómo es su régimen de detención y qué puede pasar con el pedido de domiciliaria – El Miércoles Digital

    La titular del juzgado de Ejecución de Penas, Cecilia Bértora, confirmó que el exgobernador de Entre Ríos no tendrá ningún privilegio. “La asignación de pabellones se define por convivencia, salud y antecedentes laborales”, sostuvo. Y agregó que la prisión domiciliaria deberá aún ser evaluada.
     
    La jueza de Ejecución de Penas de Paraná, Cecilia Beatriz Bértora, confirmó hoy que el exgobernador Sergio Urribarri ya está alojado en la Unidad Penal de Paraná (UP1), provincia de Entre Ríos, con un régimen de convivencia y controles similares a los del resto de los internos.
    Urribarri deberá pasar 8 años en prisión tras la orden de detención emitida este viernes, luego de que la Corte Suprema dejara firme la condena en la causa por corrupción en contratos de publicidad oficial. El fallo también alcanzó al cuñado del exmandatario, Juan Pablo Aguilera, y a Pedro Báez, exministro de Comunicación de su gobierno. Ambos recibieron una pena de seis años y medio de prisión en la misma causa por administración fraudulenta en 2022.
    La magistrada Bértora precisó que el pedido de arresto domiciliario, por la avanzada edad del exjefe regional (68 años) y su estado de salud, se evaluará en los próximos días.
    Bértora explicó que la asignación en la cárcel provincial se organiza según criterios de convivencia, salud y antecedentes laborales, con pabellones sectorizados para evitar conflictos. Detalló que los detenidos tienen un “sector común y la celda”, que en general es compartida por dos personas.
    En declaraciones al programa Futuro Imperfecto que conduce Lorena Maciel en Radio con Vos, la magistrada explicó que se “toman muchos recaudos” por el nivel de estudios y la situación sanitaria del condenado, y aclaró que el carécter público de Urribarri no cambia por el perfil del detenido: “Es lo mismo que hago con otras personas privadas de su libertad”.
    Y agregó que una eventual prisión domiciliaria se analiza con informes médicos y sociales, y que el parámetro central es si las afecciones no pueden ser atendidas dentro de la unidad penal o si el estado no mejora allí.
    Sobre el cumplimiento de la pena, indicó que la condena es de ocho años y que, a los cuatro, Urribarri podría solicitar salidas sociofamiliares, sin que eso implique su otorgamiento automático. También afirmó que el régimen de visitas será el mismo que el de otros internos: cada pabellón tiene un día semanal asignado y un teléfono del propio sector.
    Además, negó que Urribarri pueda portar un celular, salvo en un régimen “Pre Egreso” con equipo registrado, algo que, dijo, “está muy lejos” para el exgobernador.
    La estrategia de la prisión domiciliaria
    La defensa de Urribarri intentó, previo a ser detenido, una maniobra de último momento para evitar que el exgobernador fuera tras las rejas. Invocó razones de salud a fin de que se suspenda la ejecución de la condena y se le otorgue la prisión domiciliaria.
    El planteo, hecho por el abogado Leopoldo Cappa, requirió que se lo deje en su casa con control electrónico. El argumento fue el “estado de salud mental del condenado y en la necesidad de preservar su integridad psicofísica y seguridad personal”.
    Según la presentación hecha por su defensa, Urribarri “se encuentra bajo tratamiento psiquiátrico desde el 18 de diciembre de 2025”. Además, Cappa presentó una certificación médica en la que consta que padece “un cuadro de trastorno de estrés postraumático con síntomas disociativos de despersonalización y expresión retardada”.
    La Fiscalía se opuso. Los acusadores públicos Patricia Yedro y Gonzalo Badano rebatieron el planteo con razones formales. El primero fue que la suspensión de la ejecución de la condena es un instituto “inexistente”. El segundo, que con una sentencia firme no es el Tribunal de Juicio sino el Juzgado de Ejecución de Penas quien debe definir el modo en que se cumple la detención.
    El Tribunal de Juicio resolvió que el pedido de la defensa del exgobernador era “improcedente”. Y le dio la razón a la Fiscalía: quien debe decidir cómo se cumple la sentencia es la Justicia de Ejecución.
    Fuente: Infobae.
     

     
    Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectores
    Sumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo.

    [fbcomments]

  • Preso por violar el arresto domiciliario: allanaron y detuvieron a un delincuente que robaba herramientas en Colón

    Preso por violar el arresto domiciliario: allanaron y detuvieron a un delincuente que robaba herramientas en Colón

    Preso por violar el arresto domiciliario: allanaron y detuvieron a un delincuente que robaba herramientas en Colón

    El procedimiento se llevó a cabo este domingo por la tarde en una vivienda de calles Piamonte y Chacabuco. El delincuente, de 34 años, fue identificado mediante cámaras de seguridad tras desvalijar el galpón de un abuelo de 71 años. Al momento de ser atrapado, la Policía constató que el sujeto debía estar cumpliendo prisión domiciliaria por otros robos.

    Un hombre de 34 años con un amplio prontuario por delitos contra la propiedad volvió a quedar tras las rejas en la ciudad de Colón. El delincuente, que gozaba de un beneficio de arresto domiciliario otorgado por la Justicia en el marco de causas previas, fue descubierto in fraganti violando la medida coercitiva para cometer nuevos robos en el vecindario.
    El operativo policial se concretó durante las últimas horas de la tarde de este domingo en una propiedad ubicada en las inmediaciones de las calles Piamonte y Chacabuco.
    El robo a un vecino de 71 años
    La investigación penal preparatoria se inició días atrás, luego de la denuncia radicada por un vecino de 71 años de edad. El jubilado expuso ante las autoridades que malvivientes habían ingresado a un galpón abierto situado en el predio de su vivienda, desde donde sustrajeron valiosas herramientas de trabajo, entre ellas:

    Posteriormente, al revisar el resto de las instalaciones, el damnificado también constató el faltante de una garrafa de gas de 10 kilogramos.
    Cámaras de seguridad y detención
    Efectivos de la Jefatura Departamental Colón iniciaron de inmediato las tareas de campo y el relevamiento de testimonios. La pieza clave del expediente llegó a través del análisis exhaustivo de registros fílmicos de cámaras de seguridad públicas y privadas de la zona. En los videos se pudo identificar con claridad la fisonomía y la vestimenta del presunto autor al momento de cometer el ilícito patrimonial.
    Con las pruebas recolectadas por la Fiscalía, el Juzgado de Garantías de Colón libró la correspondiente orden de allanamiento y requisa domiciliaria para la vivienda del sospechoso. El procedimiento arrojó resultado positivo, lográndose el secuestro de prendas de vestir de idénticas características a las utilizadas en el robo, las cuales quedaron incorporadas como material probatorio.
    Al momento de identificar al morador, los uniformados confirmaron que se trataba de un hombre de 34 años que debía estar cumpliendo arresto domiciliario estricto por otras condenas y procesos abiertos por robos y hurtos. Ante la flagrante violación de la medida judicial y el nuevo hecho cometido, el sujeto fue detenido en el acto y trasladado hacia los pabellones de la Jefatura Departamental Colón, donde quedó alojado en celda común a la espera de que el magistrado interviniente revoque de forma definitiva sus beneficios ambulatorios.

  • Fue llevado a juicio por estafas, debía ir preso, no se presentó y prescribió la condena

    Fue llevado a juicio por estafas, debía ir preso, no se presentó y prescribió la condena

    Fue llevado a juicio por estafas, debía ir preso, no se presentó y prescribió la condena

    Dres. Gonzalo Nicolás Spinso y Jorge Omar Torres

    Un llamativo final tuvo una causa penal que se iniciara en mayo del año 2017, cuando dos sujetos cometieron estafas e intentaron otras con la metodología del “Cuento del Tío”.

    En total fueron al menos 5 hechos que llevaron a proceso a Diego Alberto Fariz de 34 años (oriundo de Ciudadela, Provincia de Buenos Aires) y a otro sujeto de apellido Pérez, causas que cayeron en manos de la fiscal María Albertina Chichi.
    Pasó el tiempo y en agosto de 2021, ambos sujetos acordaron un juicio abreviado, el cual fue tratado por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, integrado unipersonalmente por el vocal Dr. Fernando José Martínez Uncal.
    Así se llegó a una pena de cumplimiento condicional para Pérez (sin antecedentes) y a Fariz como coautor materialmente responsable del delito de Estafa y Estafa en grado de Tentativa reiterada en Concurso Real (Arts. 172, 42 y 55 del Cód. Penal) a la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo.
    En esa oportunidad Fariz no se presentó y tras ser condenado, se mantuvo prófugo, transcurriendo la pena en esa condición, razón por la cual se decretó la rebeldía del condenado, ordenándose su inmediata detención.
    Presentación de la Defensa y condena prescripta
    En octubre del año 2025, la familia del prófugo Diego Alberto Fariz, requirió los servicios de los Dres. Jorge Omar Torres y Gonzalo Nicolás Spinso, que en representación del condenado, interpusieron ante la Justicia el pedido de prescripción de la pena por el tiempo transcurrido.
    Los defensores técnicos de Fariz, solicitaron el dictado de la prescripción de la pena, por entender que han transcurrido los plazos establecidos en los arts. 65, 66 y 67 del Código Penal y agregaron informe actualizado del Registro Nacional de Reincidencia del cliente, no obrando nuevos antecedentes penales computables.
    Fue así que entiendo que le asiste razón a los Defensores técnicos del imputado Fariz, ya que la sentencia dictada en autos adquirió firmeza el 11 de diciembre de 2023 y no se observó desde esa fecha ningún acto interruptivo, ni la comisión de un nuevo delito que interrumpa la prescripción de la pena, se trató la presentación y fue así que el juez interviniente, doctor Fernando Martínez Uncal, dispuso declarar la prescripción de la pena de un año  de prisión de cumplimiento efectivo, que le fuera impuesta a Diego Alberto Fariz.