Etiqueta: prestó

  • Juez procesa a youtuber El Presto por promover discriminación religiosa

    Juez procesa a youtuber El Presto por promover discriminación religiosa

    Juez procesa a youtuber El Presto por promover discriminación religiosa

    El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi procesó al youtuber e influencer Eduardo Miguel Prestofelippo, conocido como “El Presto”, por difundir un discurso discriminatorio contra la comunidad musulmana en un video publicado en YouTube. La resolución establece que sus manifestaciones excedieron el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y configuran el delito de promoción de la discriminación religiosa, tipificado en la Ley Antidiscriminatoria 23.592.
    La causa se inició a partir de una denuncia presentada por el Centro Islámico de la República Argentina, que cuestionó un editorial difundido el 13 de febrero de 2025 titulado “Musulmanes en la TV abierta Argentina: ¿peligro en puerta?”. En ese video, Prestofelippo criticó la participación de un joven musulmán en un programa televisivo, lanzando duras expresiones contra el Islam y sus fieles.
    El contenido denunciado fue publicado tras el ingreso de Yaid Yousef, egipcio e hijo de un diplomático, al reality show Gran Hermano. En su editorial, Prestofelippo afirmó que la presencia del joven musulmán respondía a una supuesta estrategia de propaganda islámica en la televisión argentina. Declaró: “Con dinero nuestro se financia un canal que mete a un musulmán en la pantalla abierta. Y acá nadie dice nada”, y advirtió: “Si no lo paramos ahora, esto va a ser peligrosísimo”.
    En el video, de casi veinte minutos, calificó a los musulmanes como “ratas” y sostuvo que “no tiene que haber lugar alguno para el Islam, ni para los musulmanes en nuestra tierra”. Añadió: “Antes de ver a nuestra República Argentina arrodillada ante estos extremistas, basuras inmundas, primero… ¡primero la guerra!”.
    El juez calificó estas expresiones como “extremadamente ofensivas y denigrantes” y señaló que promueven una objetivación de los grupos sociales y religiosos, negándoles su humanidad o asignándoles una condición inferior. Destacó que tales dichos implican “distinciones, exclusiones y restricciones basadas en motivos religiosos” que vulneran el reconocimiento y respeto que la comunidad musulmana merece en igualdad de condiciones.
    Uno de los puntos centrales del fallo fue el análisis de los límites de la libertad de expresión. La defensa alegó que se trató de opiniones periodísticas amparadas constitucionalmente dentro del debate público, argumento que el juez rechazó. En su resolución, argumentó que “los derechos no son absolutos” y que la libertad de expresión encuentra restricción cuando afecta derechos fundamentales de terceros. Agregó que “no existe ningún derecho fundamental a lesionar otro derecho fundamental”, al referirse a los discursos de odio.
    Asimismo, concluyó que la conducta de Prestofelippo excedió el ámbito protegido por la libertad de expresión y, por lo tanto, no puede considerarse amparada por ese derecho constitucional. También remarcó que el video fue difundido desde una cuenta con decenas de miles de seguidores y que acumulaba más de 159.000 visualizaciones, lo que potenció la difusión del mensaje a través del efecto multiplicador de las redes sociales.
    Aunque la querella solicitó investigar otros delitos, como instigación a cometer delitos, intimidación pública e incitación a la violencia colectiva, el juez determinó que en este caso no se configuraban dichos delitos. Explicó que, aunque las expresiones constituyen discursos de odio, el ordenamiento jurídico argentino no contempla sanciones penales contra el orden público cuando no existe una incitación directa a actos concretos de violencia.
    Por ese motivo, el magistrado procesó a Prestofelippo sólo por promoción de la discriminación religiosa, conforme a la Ley 23.592, y le trabó un embargo por 60 millones de pesos.
    En otro tramo de la resolución, el juez analizó el funcionamiento de YouTube y el impacto de las redes sociales en la difusión de contenidos. Describió la plataforma como un espacio de interacción masiva donde los usuarios no solo consumen publicaciones, sino que las comentan, comparten y multiplican su alcance mediante un “efecto replicador”, lo cual potencia la propagación de los mensajes.
    Al evaluar el alcance del video de El Presto, que superaba las 159.000 visualizaciones, sostuvo que esta cifra era relevante para dimensionar la trascendencia de las expresiones investigadas.
    El magistrado recordó también que algunos filósofos liberales consideran a las redes sociales un “mercado de ideas”, un espacio de libre competencia entre opiniones donde se tolera incluso lo absurdo para alcanzar lo racional, y donde prevalecen las mejores ideas en un diálogo abierto. No obstante, aclaró que este principio no es absoluto y señaló que las propias plataformas contemplan mecanismos para limitar contenidos ofensivos.
    Finalmente, concluyó que la libertad de expresión no protege manifestaciones que lesionan derechos fundamentales mediante discursos discriminatorios.

  • Una de las personas que le prestó su tarjeta de crédito a Adorni para sus gastos dijo que le «devolvió todo en efectivo»

    Una de las personas que le prestó su tarjeta de crédito a Adorni para sus gastos dijo que le «devolvió todo en efectivo»

    Una de las personas que le prestó su tarjeta de crédito a Adorni para sus gastos dijo que le «devolvió todo en efectivo»

    El exjefe de Gabinete Manuel Adorni utilizó tarjetas de crédito de terceras personas para realizar diversas compras, según determinó la justicia federal. En esas operaciones, “gastó más de lo que cobraba por su sueldo de funcionario público”. Ante estas inconsistencias, entre otras que están bajo investigación, el fiscal federal Gerardo Pollicita citó a declaración testimonial a quienes eran subordinados de Adorni y que facilitaron sus tarjetas de crédito para esos gastos. Laura Schiuma fue la primera en presentarse en Comodoro Py y afirmó que Adorni le devolvió “en efectivo, todo el dinero”.

    La fiscalía encargada de la causa por presunto enriquecimiento ilícito contra el exfuncionario y su esposa, Bettina Angeletti, solicitó los movimientos de las tarjetas de crédito de ambos para analizar en profundidad los ingresos y egresos de sus cuentas.
    Una de las primeras conclusiones de los investigadores fue que no existe concordancia entre los movimientos de dólares en efectivo y la disminución declarada en las declaraciones juradas patrimoniales.
    El origen de las sospechas radica en la supuesta tenencia de 513.000 dólares al inicio del período fiscal 2024, atribuidos a la venta de activos. Adorni afirmó que esa suma se destinó a una inversión en bitcoins, realizada con 200.000 dólares hallados en la casa de su padre. Sin embargo, una fuente judicial consultada por Clarín señaló que “no hay respaldo documental para esa posesión inicial de divisas, ni para la compra posterior de bitcoins, ni para la supuesta venta”.
    En este contexto, el Ministerio Público Fiscal detectó nuevas irregularidades. Un informe sobre las tarjetas de crédito reveló gastos “muy por encima de sus ingresos”, según un vocero cercano a la investigación.
    Al pedir información a las entidades financieras sobre las tarjetas otorgadas a nombre de Adorni, la justicia constató una significativa movilización de dinero. Además, un informe de Mercado Libre mostró el uso de una modalidad particular: la utilización de tarjetas de crédito a través de esa plataforma. Según informó La Nación, con un sueldo de 3,5 millones de pesos, el exfuncionario adquirió un monitor gamer por un valor de 2.184.999,05 pesos.
    Siguiendo la misma modalidad, realizó la compra de dos proyectores, cada uno por 1.831.795 pesos, sumando así un endeudamiento de 4.016.794,05 pesos. Una fuente judicial señaló que “estos gastos no se condicen con su salario; sus egresos superan ampliamente sus ingresos como funcionario”.
    La justicia presume que el uso de tarjetas de crédito de terceros buscaba evitar que estas operaciones figuren a su nombre y ocultar gastos incompatibles con su remuneración pública.
    El lunes pasado, en Comodoro Py, se presentó Laura Schiuma, directora general de Actividades Presidenciales de la Subsecretaría de Vocería y Comunicación de la Presidencia, quien adquirió el monitor gamer el 19 de agosto de 2025. Al ser consultada por la fiscalía, manifestó que “Adorni me devolvió el dinero en efectivo” y precisó que la devolución fue en moneda nacional, según reconstruyó Clarín con fuentes judiciales.
    Debido a que existen otras dos compras con características similares, el fiscal Pollicita convocó para los próximos días a Luis Aluju, quien le facilitó su tarjeta de crédito a Adorni el 13 de agosto pasado. Aluju es coordinador de Información de Gobierno en la Dirección de Información Pública y Enlace de la Secretaría de Comunicación y Medios de la Presidencia. Se detectó que realizó una compra bajo condiciones similares.
    En otro tramo de la investigación, Pollicita citó a Gisela Kocsis, responsable de la compra de blanquería hallada en el celular del constructor Matías Tabar, cuya empresa estuvo a cargo de la refacción de una vivienda en Indio Cuá, objeto de sospechas. La factura encontrada documenta una compra de ropa blanca y sommiers por 8.183.383 pesos, pagada en efectivo. La justicia busca determinar si ese dinero fue entregado por Adorni para ocultar su origen.
    Por último, en la causa se incorporó la declaración testimonial de Tabar, quien aseguró que Adorni y su esposa le pagaron 245.929 dólares en efectivo y sin emitir facturas ni recibos. A esa suma se sumarían casi 10.000 dólares adicionales destinados a la adquisición de muebles a medida.