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  • «Una locura de algún funcionario nacional»: la queja de un gobernador por la derogación de normas que prohíben el ingreso de bananas desde países con plagas

    «Una locura de algún funcionario nacional»: la queja de un gobernador por la derogación de normas que prohíben el ingreso de bananas desde países con plagas

    «Una locura de algún funcionario nacional»: la queja de un gobernador por la derogación de normas que prohíben el ingreso de bananas desde países con plagas

    Molesto por no haber sido informado con anticipación, el gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, cuestionó enérgicamente este domingo una decisión del Gobierno de Javier Milei que permite el ingreso al NOA de bananas provenientes de países afectados por plagas que habitualmente se controlan mediante cuarentenas. Sáenz advirtió que si el hongo sigatoka ingresa a la región, esta “se vuelve improductiva durante más de treinta años”.

    “Es una locura de algún funcionario nacional que, desde un escritorio, deroga de un plumazo con un decreto una protección fitosanitaria que venía resguardando la producción bananera”, afirmó.
    El mandatario hace referencia a la resolución 114 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, que el lunes 20 de julio eliminó ocho normativas de regulación de diversas actividades agropecuarias al considerarlas obsoletas o que habían cumplido su objetivo.
    En diálogo con Radio Mitre, Sáenz recordó que en su provincia existen 3.000 hectáreas dedicadas a la producción de bananas destinadas a todo el país. Explicó que la llegada de la sigatoka, una enfermedad foliar causada por un hongo que afecta bananos y plátanos, pone en riesgo la tierra y puede volverla improductiva por más de 30 años.
    “Hay que defender a los productores y a la tierra”, subrayó, y responsabilizó a los funcionarios que impulsan la desregulación estatal y las llamadas leyes hojarasca por no informarse adecuadamente con autoridades y productores provinciales.
    El gobernador peronista sostuvo que “de una vez tienen que consultar con las provincias” y calificó la medida como “una falta de respeto y un desconocimiento total de lo que es la Argentina y sus necesidades productivas”.
    Por otro lado, respecto al proyecto oficialista de ley sobre Propiedad Privada, Sáenz señaló que “estamos conversando con distintos gobernadores y legisladores para seguir defendiendo la tierra como una potestad y competencia de cada provincia”. Añadió que esa no debe ser una decisión del Gobierno nacional.
    “Como establece la Constitución Nacional, los minerales y todo lo que está debajo de la tierra pertenecen a las provincias”, recordó el gobernador, que ya cumple su segundo mandato al frente de Salta.
    Reconoció que el tema de la propiedad de la tierra “es complejo” y consideró que “no es oportuno tratarlo en este momento”. Explicó que “es un tema muy delicado que debe analizarse más antes de dictar leyes que pueden perjudicarnos a nosotros y a las generaciones futuras”.
    En cuanto al apoyo que podría recibir la iniciativa en el Congreso, que podría volver a tratarse en aproximadamente diez días, afirmó que “se deben realizar modificaciones importantes” y puso en duda su pronta aprobación “si esas modificaciones no se llevan a cabo”.

  • La Cámara de Casación rechazó una queja que despeja el juicio oral contra el entorno del ex secretario privado de Cristina Kirchner

    La Cámara de Casación rechazó una queja que despeja el juicio oral contra el entorno del ex secretario privado de Cristina Kirchner

    La Cámara de Casación rechazó una queja que despeja el juicio oral contra el entorno del ex secretario privado de Cristina Kirchner

    La Cámara Federal de Casación Penal, rechazó este martes una queja del ex abogado Nicolás Plo del secretario privado de Cristina Kirchner, Daniel Muñoz, contra el rechazo de su planteo de nulidad del escrito de elevación de la causa a juicio oral. La defensa de Plo -quien estuvo detenido en una causa conexa a los Cuadernos de las Coimas- sostuvo que dicho escrito es nulo porque el juez Claudio Bonadio omitió tramitar en forma incidental diversos planteos introducidos al contestar la vista del art. 349 Código Procesal Penal de la Nación, resolviéndolos directamente dentro del auto de elevación a juicio, lo que —según alegó— afectó el debido proceso y las garantías de defensa.El rechazo lo resolvió la sala III de este tribunal integrada por los jueces Carlos A. Mahiques, Mariano Hernán Borinsky y Guillermo J. YacobucciEl fiscal Carlos Stornelli había imputado a Miguel Ángel Plo por haber defraudado a Héctor Daniel Muñoz y a Carolina Pochetti, al haberles requerido -y luego obtenido de ellos- una suma de dinero que habría ascendido a 10.000.000 de dólares, bajo pretexto de que al menos parte de dicho dinero se utilizaría supuestamente para remunerar al juez federal Luis Rodríguez, quien recientemente se jubiló en su cargo.El supuesto pargo era «con el objeto de que éste garantizara sus impunidades y las de sus familiares en el marco de la causa nro. 3867/2016 entonces a su cargo».La causa se inició como consecuencia de la extracción de testimonios del expediente 17459/2019, en la cual se investigan las maniobras de lavado del ex Secretario de Presidencia Daniel Muñoz (fallecido el 25/5/2016) y por una serie de personas más -que incluyen a la propia Carolina Pochetti y a Elizabeth María Herminia Ortiz Municoy- con unos 70 millones de dólares de procedencia ilícita invertidos en el exterior y otros 100 en la Argentina.El fiscal Stornelli pidió este año el cierre de esta causa conexa a Cuadernos y su elevación a juicio oral y público.En el marco de esa investigación, a partir del aporte realizado por Carolina Pochetti al declarar como imputada colaboradora, se ordenó la formación de una investigación separada tras la sospecha de que Plo, además de ocuparse presuntamente de la reestructuración del «esquema de lavado de dinero allí investigado, ofreció a Muñoz y su esposa Pochetti procurar sus impunidades al respecto, a través de la maniobra ya detallada». Se calificó la conducta atribuida a Plo como constitutiva del delito de defraudación, tipificado en el artículo 173, inc. 10 del Código Penal de la Nación. El juez federal Rodriguez fue sobreseído.Mediante la resolución de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal permite que así acerque la etapa de juicio oral y público.