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  • La Justicia frenó la subasta de las tierras de la sucesión Tavella en Concepción del Uruguay por irregularidades registrales – Arriba Noticias

    La Justicia frenó la subasta de las tierras de la sucesión Tavella en Concepción del Uruguay por irregularidades registrales – Arriba Noticias

    La Justicia frenó la subasta de las tierras de la sucesión Tavella en Concepción del Uruguay por irregularidades registrales – Arriba Noticias

    Un conflicto judicial por la titularidad y comercialización de tierras en Concepción del Uruguay sumó un capítulo decisivo luego de que la Justicia confirmara la suspensión de las actuaciones vinculadas con la subasta de un inmueble de más de 15 hectáreas perteneciente a la sucesión de Fanny Stella Tavella de Rosende.

    La decisión se fundamenta en presuntas irregularidades registrales y catastrales que habrían permitido avanzar con el remate de la propiedad considerando sus dimensiones originales, pese a que una parte importante de esos terrenos ya había sido fraccionada y transferida a particulares y entidades durante décadas anteriores.

    La causa está caratulada «Briozzo Marta Cristina c/ Tavella de Rosende Fanny Stella s/ Apremio» y tiene como eje una subasta judicial impulsada por una deuda impositiva.

    Un inmueble que ya había sido loteado y vendido

    Según los antecedentes del caso, entre 1985 y 1992, Fanny Stella Tavella de Rosende llevó adelante un proceso de loteo y concretó siete transferencias de terrenos a particulares y organizaciones, entre ellas la asociación gremial APINTA.

    Estas operaciones modificaron sustancialmente la superficie disponible, que habría quedado reducida a aproximadamente 151.000 metros cuadrados.

    Sin embargo, cuando el Juzgado Civil y Comercial N.º 2 de Concepción del Uruguay dispuso la subasta pública, tanto los edictos como el acta del remate habrían tomado como referencia las dimensiones del plano original, sin contemplar las subdivisiones y ventas anteriores.

    De esta manera, la subasta habría incluido superficies que ya no formaban parte del patrimonio disponible de la titular, además de sectores correspondientes a calles públicas, la avenida Tavella y terrenos utilizados por el municipio para instalar los puentes provisorio y definitivo de acceso a Banco Pelay.

    Este último punto adquiere especial relevancia porque, de acuerdo con la denuncia, esos espacios nunca habrían sido formalmente expropiados.

    Cuestionamientos al proceso judicial

    Las irregularidades fueron expuestas públicamente por el abogado y periodista Carlos Hartwig, quien planteó una serie de cuestionamientos sobre el desarrollo del proceso de apremio.

    Las irregularidades fueron expuestas públicamente por el abogado y periodista Carlos Hartwig

    Entre los aspectos señalados figuran las notificaciones realizadas a la demandada en un domicilio que habría sido inexistente, pese a que el certificado de dominio consignaba su residencia en la ciudad de La Plata.

    También se cuestionó la extensión del embargo, al sostenerse que la venta judicial de un solo lote habría sido suficiente para cubrir la deuda fiscal reclamada.

    Otro de los puntos observados involucra al abogado que habría intervenido como representante de la ausente y, al mismo tiempo, se desempeñaba como responsable del área jurídica municipal. La denuncia cuestiona su actuación y plantea la necesidad de investigar si se adoptaron las medidas necesarias para localizar a la titular y resguardar los terrenos y accesos públicos presuntamente comprometidos.

    A partir de estos señalamientos, se solicitaron investigaciones judiciales, la intervención del Concejo Deliberante y la apertura de actuaciones ante el Colegio de Abogados.

    Un fideicomiso comenzó a comercializar terrenos

    La controversia también alcanza a las actuaciones posteriores al remate. Según la denuncia, luego de la subasta se constituyó un fideicomiso que comenzó a ofrecer lotes y a impulsar acciones de desalojo contra ocupantes.

    Estas operaciones fueron cuestionadas debido a que, según lo planteado, el fideicomiso no contaría con la posesión ni con la titularidad definitiva de la totalidad del inmueble involucrado.

    La Cámara de La Plata confirmó la suspensión

    Ante las diferencias detectadas entre las superficies subastadas y la situación catastral del inmueble, el juez de primera instancia de La Plata, Enrique A. Gorostegui, dispuso la suspensión del proceso.

    La medida fue apelada por la parte actora y por Río Uruguay Cooperativa de Seguros Ltda., que pretendían avanzar con la inscripción de los terrenos.

    Sin embargo, la Cámara de Apelaciones de La Plata confirmó la paralización de las actuaciones y consideró indispensable contar con los planos de mensura y división anteriores para establecer con precisión cuáles son las parcelas involucradas.

    El tribunal exigió dictámenes técnicos que permitan identificar de manera inequívoca las partidas inmobiliarias antes de adoptar una decisión sobre la entrega de la posesión o una eventual nulidad de la subasta.

    La resolución representa un freno importante para las pretensiones de avanzar sobre la totalidad de las tierras y abre una instancia clave para determinar qué superficies pertenecían efectivamente a la sucesión, cuáles habían sido transferidas con anterioridad y cuál es la situación legal de los espacios utilizados como accesos públicos a Banco Pelay.

    Proyecto del Loteo La Salamanca
    Un conflicto que involucra tierras privadas y espacios de uso público

    El caso trasciende una disputa por una deuda impositiva y una propiedad particular. La discusión judicial pone bajo análisis terrenos que, según los cuestionamientos presentados, incluirían calles, avenidas y sectores fundamentales para la conexión con uno de los principales espacios recreativos de Concepción del Uruguay.

    Por ahora, la subasta permanece bajo cuestionamiento y su eventual validez dependerá de los estudios técnicos y de las próximas resoluciones judiciales.

    Las irregularidades mencionadas corresponden a cuestionamientos y denuncias planteados en el marco del conflicto, y no deben interpretarse como responsabilidades penales ya establecidas.