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  • Los impactantes detalles de la muerte de Kevin Martínez en Chascomús: «Con la última piña me lo mató»

    Los impactantes detalles de la muerte de Kevin Martínez en Chascomús: «Con la última piña me lo mató»

    Los impactantes detalles de la muerte de Kevin Martínez en Chascomús: «Con la última piña me lo mató»

    Kevin Martínez, de 15 años y residente de Chascomús, dejó intacta en su habitación la mochila roja y negra del colegio, con los libros dentro, tal como la había dejado el martes 12 de mayo antes de salir a dar una vuelta en moto con un compañero. Sin embargo, nunca regresó.

    El adolescente fue atropellado en la esquina de Jacarandá y Quintana, en esa ciudad bonaerense situada a 130 kilómetros de la Capital Federal. Leandro Marzzellino, un vecino de la cuadra, inicialmente se acercó con la intención de asistirlo. No obstante, mientras Kevin yacía indefenso sobre una camilla médica en la calle, el hombre lo ahorcó, le puso la rodilla en el cuello y le propinó cinco golpes en la cabeza. “Con la última piña me lo mató”, relata Marcos Martínez, padre de Kevin.
    En un video se escucha a Kevin gritar desesperado pidiendo ayuda. Había chocado junto a su compañero de 17 años contra un Ford Ka conducido por María Antonella Saint Jean, de 25 años. Según vecinos, la moto circulaba a alta velocidad por Quintana y colisionó de costado contra el automóvil. El joven de 17 años manejaba la moto y Kevin iba como acompañante; ninguno llevaba casco. Tras el impacto, ambos fueron despedidos, y Kevin quedó consciente pero con una grave lesión en una pierna.
    En ese momento se acercó Marzzellino, quien vive en La Plata y estaba de visita en la casa de su madre, ubicada a pocos metros del accidente. Según el relato familiar, Leandro aplicó una violencia desmedida: le puso la rodilla en el cuello a Kevin para sujetarlo y le dijo “estás drogado”, comenzando luego a golpearlo repetidamente en la cabeza.
    La familia de Kevin exige justicia y sostiene que la agresión de Marzzellino influyó en el desenlace fatal. “Podría estar internado igual que el otro adolescente. A ese asesino lo crucé varias veces en la calle. Debería estar detenido por la causa penal que tiene en su contra”, señaló Marcos, quien trabajó durante años en el corralón Carosio junto a Fernando, hermano del agresor.
    Marcos agregó que “la Policía y los médicos lo agarraron de prepo, lo ataron, lo esposaron y, estando esposado, Leandro le puso la rodilla en el cuello. Kevin sufría de asma y gritaba porque no podía respirar. Ahí brutalmente le pegó como cinco o seis piñas. La médica nos dijo que tenía una marca que no era de un golpe”.
    Por su parte, Tatiana, hermana de Kevin, comentó que una policía sin uniforme le pedía la contraseña del teléfono mientras Kevin gritaba de dolor. “Los milicos le torcían los dedos para que dijera la contraseña. No tendrían que haberlo esposado y debían llevarlo de urgencia al hospital”, afirmó.
    El personal de la ambulancia decidió trasladar primero al otro adolescente, presuntamente en estado más grave. Este joven, de 17 años, está internado en estado grave, cuenta con antecedentes penales y la moto en la que circulaba tenía pedido de captura por robo desde el 9 de mayo. “La enfermera dejó a mi hijo, que era el menos grave, bien sentado en el cordón para cuando viniera la ambulancia. Pero después sucedió todo esto”, expresó Marcos con indignación.
    Finalmente, Kevin fue trasladado al hospital local y luego derivado al Sanatorio Franchin en Buenos Aires. Al llegar a Capital Federal, ya no respondía. “Llega inconsciente, casi muerto. Dejó de reaccionar después de la última piña de Marzzellino”, relató su padre. Los médicos indicaron que las máquinas lo mantenían con vida. “Nos llamaron y nos dijeron que el cerebro se había desprendido del tronco cerebral y el cuerpo se desconectó. Respiraba por asistencia mecánica. Le hicieron numerosas pruebas para ver si reaccionaba y no hubo respuesta”, añadió Marcos.
    Su familia no entiende cómo la Policía y el personal médico permitieron que Marzzellino se acercara al joven de 15 años. “Lo ahorcaron, lo mataron. Nos indigna muchísimo cómo la justicia dejó actuar a esta persona”, afirmó su padre.
    Romina y Marcos, padres de Kevin, habían decidido donar los órganos para ayudar a otras personas. “Con su cuerpo podíamos salvar otras vidas. Habíamos firmado el acta de consentimiento, pero cuando nos llegaron los mensajes y videos, decidimos cancelar todo”, concluyeron.
    Tatiana, hermana de Kevin, lo recuerda como “un niño, un bebé en el cuerpo de un adolescente bastante grande”. Practicaba boxeo con él, la única actividad que le interesaba. “Se la pasaba jugando con mis hermanos, molestaba a mis primos y tenía que distraerse con juguetitos para matar el aburrimiento”, contó.
    Kevin asistía diariamente a la escuela N° 3 de Chascomús y rara vez faltaba. Sin embargo, su familia reconoce que atravesaba una situación complicada por consumo de marihuana. “Era un chico muy difícil, luchábamos contra su consumo”, explicó Tatiana.
    En contraste, la familia de Marzzellino ofreció otra versión sobre lo ocurrido y la relación entre Leandro y Kevin. La madre del acusado afirmó que “cuatro veces me quiso robar ese chico”. Por su parte, el hermano de Leandro sostuvo que él reconoció a Kevin cuando acudió a ayudarlo y que existían conflictos previos en el barrio: “Kevin golpeaba el portón de la casa de mi mamá y la hostigaba junto

  • El Superior Tribunal de Justicia cerró la última vía recursiva y dejó a Urribarri al borde del juicio oral – El Miércoles Digital

    El Superior Tribunal de Justicia cerró la última vía recursiva y dejó a Urribarri al borde del juicio oral – El Miércoles Digital

    El Superior Tribunal de Justicia cerró la última vía recursiva y dejó a Urribarri al borde del juicio oral – El Miércoles Digital

    La Sala Penal Nº 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó por mayoría los recursos de queja presentados por las defensas del ex gobernador Sergio Urribarri, del empresario Diego Cardona Herreros y del exfuncionario Carlos Marcelo Haidar, y dejó así expedito el camino hacia el juicio oral en una de las investigaciones por corrupción más relevantes de la historia institucional de la provincia.
    La resolución, firmada el 8 de mayo de 2026, confirmó que no habrá una nueva revisión extraordinaria sobre los planteos defensivos vinculados a nulidades, exclusiones probatorias y pedidos de sobreseimiento formulados durante la etapa intermedia del proceso.
    La decisión fue adoptada por mayoría de dos votos contra uno. Los jueces Miguel Ángel Giorgio y Susana Medina rechazaron las quejas, mientras que Daniel Omar Carubia votó en disidencia y sostuvo que las impugnaciones debían ser admitidas.
    Un fallo clave antes del juicio
    La resolución del máximo tribunal provincial no ingresa en el fondo de las acusaciones de corrupción, pero sí tiene un efecto procesal decisivo: clausura la discusión sobre la admisibilidad de los recursos extraordinarios planteados por las defensas y habilita la continuidad del expediente hacia el debate oral.
    El eje de la disputa jurídica giró en torno a si las defensas podían seguir cuestionando, antes del juicio, la validez de determinadas pruebas, nulidades del requerimiento fiscal y rechazos de sobreseimiento dictados durante la audiencia de remisión a juicio celebrada en junio de 2025.
    Los abogados de los imputados sostuvieron que la evidencia incorporada en la investigación era ilegal y que permitir su utilización en el debate oral implicaría un “vicio de origen” capaz de anular eventualmente todo el juicio.
    También denunciaron que los distintos tribunales inferiores habían rechazado sistemáticamente sus recursos utilizando argumentos formales para evitar revisar el contenido de sus planteos.
    El voto de Giorgio: “La centralidad del juicio oral”
    El voto rector fue redactado por Giorgio, quien construyó una defensa cerrada del modelo acusatorio y de las limitaciones recursivas en la etapa preparatoria del proceso penal.
    El magistrado consideró que las defensas intentaron abrir “un iter recursivo excesivo y dispendioso” mediante una cadena sucesiva de apelaciones, casaciones y quejas destinadas a revisar decisiones que no constituyen “sentencia definitiva”.
    Para Giorgio, el principal obstáculo jurídico era precisamente la ausencia de definitividad, requisito indispensable para habilitar la impugnación extraordinaria local y federal.
    “El ámbito idóneo de discusión y alegación de las tesis en pugna” —sostuvo— es el juicio oral, público y contradictorio, y no la etapa preparatoria.
    El juez desarrolló además una fuerte defensa conceptual del sistema acusatorio. Señaló que, a diferencia del viejo esquema mixto, el nuevo modelo busca restringir los recursos durante la investigación para evitar dilaciones y asegurar que los conflictos se resuelvan en el debate oral.
    En uno de los tramos más relevantes del fallo, advirtió que una apertura excesiva de instancias recursivas “frustra la centralidad del debate” y afecta la celeridad del proceso penal.
    También citó doctrina procesal para sostener que, cuando una queja es rechazada, queda cerrada la posibilidad de seguir intentando reabrir la discusión sobre el mismo recurso denegado.
    El magistrado incluso reforzó la postura de la Cámara de Casación respecto de que las cuestiones vinculadas a admisibilidad de recursos son, por regla general, ajenas al control extraordinario.
    En definitiva, Giorgio concluyó que las defensas pretendían revisar cuestiones procesales no equiparables a sentencia definitiva y que no existía un gravamen irreparable que justificara la apertura excepcional de la instancia.
    La disidencia de Carubia: crítica al “exceso ritual”
    La posición minoritaria de Carubia fue la más favorable a las defensas y representó una fuerte crítica al modo en que los tribunales inferiores habían cerrado sucesivamente los recursos.
    El vocal entendió que las presentaciones defensivas no constituían una simple discrepancia formal, sino que involucraban “concretas afectaciones” al derecho de defensa y al debido proceso.
    Carubia advirtió que los planteos sobre nulidades y exclusiones probatorias difícilmente podrían reeditarse después del cierre de la investigación penal preparatoria.
    Por eso consideró “quimérico e inconcebible” sostener que existiría otra oportunidad procesal adecuada para discutir esos agravios.
    A diferencia de Giorgio, el juez entendió que los recurrentes sí habían logrado demostrar un posible perjuicio irreparable.
    Incluso subrayó la “innegable trascendencia social, política y mediática” de la causa y afirmó que, precisamente por esa relevancia institucional, correspondía una revisión “escrupulosa” de la evidencia que llegaría eventualmente al juicio oral.
    En otro tramo central de su voto, cuestionó el uso de argumentos meramente formales para rechazar recursos sin ingresar al análisis profundo de los agravios.
    Carubia sostuvo que debía evitarse “un ilegítimo exceso de rigor ritual” y concluyó que las impugnaciones extraordinarias habían sido mal denegadas.
    Por eso propuso admitir las quejas y habilitar la revisión extraordinaria ante la propia Sala Penal del STJ.
    Medina acompañó el rechazo y habló de “recurso ad infinitum”
    La jueza Susana Medina acompañó el criterio de Giorgio y profundizó la crítica hacia la estrategia recursiva desplegada por las defensas.
    En su voto sostuvo que los planteos ya habían sido rechazados reiteradamente en las instancias anteriores y remarcó que el ámbito adecuado para discutir esas cuestiones era el juicio oral.
    Pero además avanzó sobre un concepto particularmente severo: definió el recorrido procesal impulsado por los imputados como un caso de “recurso ad infinitum”.
    Citando doctrina, Medina describió esa figura como la utilización sucesiva de recursos “notoriamente improcedentes” con el objetivo de dilatar indefinidamente el trámite principal.
    La magistrada incluso vinculó esa conducta con la noción de abuso del derecho procesal y sostuvo que existía “un notorio exceso en el ejercicio de la facultad recursiva”.
    En esa línea, afirmó que las presentaciones defensivas perseguían “una injustificada extensión del trámite judicial”.
    Medina también reivindicó la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre la imposibilidad de revisar cuestiones procesales locales vinculadas a admisibilidad de recursos.
    Qué implica la decisión
    La sentencia no define culpabilidades ni resuelve todavía las acusaciones de corrupción, pero sí consolida procesalmente el expediente y deja prácticamente agotadas las vías provinciales para cuestionar la remisión a juicio.
    Las defensas habían denunciado que la negativa a revisar nulidades y exclusiones probatorias convertía las garantías constitucionales en “meros enunciados teóricos”.
    También argumentaban que permitir que el juicio avance con prueba supuestamente ilegal podía afectar de manera irreversible el derecho de defensa.
    Sin embargo, la mayoría del STJ entendió que esos cuestionamientos no habilitan una revisión extraordinaria en esta etapa y que deberán ser eventualmente discutidos durante el debate oral.
    El fallo exhibe además una tensión jurídica de fondo sobre el alcance del sistema acusatorio: mientras la mayoría privilegió la celeridad y la centralidad del juicio oral, la minoría sostuvo que no puede sacrificarse el control judicial de garantías en nombre de la simplificación procesal.
    Con esta resolución, la causa queda más cerca de ingresar en la etapa de juicio oral y público, en un expediente que concentra una enorme expectativa política e institucional en Entre Ríos y que involucra a uno de los dirigentes más poderosos que tuvo la provincia en las últimas décadas.

     
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  • La inflación y el problema de la última milla

    La inflación y el problema de la última milla

    La inflación y el problema de la última milla

    Javier Milei tuvo claro antes de asumir la presidencia que combatir la inflación y tener superávit fiscal iban de la mano en su programa de Gobierno. Con el manual de la ortodoxia y sin correrse ni un milímetro aplicó un freno de mano a la emisión de pesos y puso en marcha la motosierra para cortar todo gasto público que consideró innecesario.El punto de partida no solo era compartido por economistas, empresarios y gran parte de la sociedad que lo votó. Es que la Argentina tuvo inflación superior al 100% anual en 19 períodos de los últimos 75 años. Además, tuvo hiperinflaciones, devaluaciones, cambios de monedas, quitas de ceros en los billetes y otras tantas penurias económicas más, que se suman a los default y a las constantes renegociaciones de deuda soberana.Con ese país y con esa historia había que lidiar.En los primeros meses de Gobierno el plan marchó sin sobresaltos. Milei había aclarado que para acomodar la macro la Argentina iba a tener un período de inflación con recesión (estanflación) y que luego la inflación iba a desaparecer.La inflación pasó del 281% al 30% anual. Logró un descenso asombroso, indiscutible. En todo caso lo que se puede discutir es el costo de las medidas tomadas.Pero la baja de precios se estancó. La inflación de marzo es un golpe duro que provocó una inmediata reacción en el Gobierno. El ministro de Economía, Luis Caputo, se anticipó un día al dato que publicó luego el Índice Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y dijo que los precios iban a estar por encima del 3%.Los precios subieron en marzo 3,4% y en el primer trimestre están casi igual que la inflación que se proyectó para el año.Caputo, en la cumbre organizada por la Cámara de Comercio de los Estados Unidos en la Argentina (AmCham), también aseguró que los próximos 18 meses van a ser los mejores que haya vivido la Argentina en las últimas dos décadas, como resultado de la estabilización macroeconómica y la llegada de inversiones.“El proceso de desinflación, que venía muy bien, se vio interrumpido durante el período previo a las elecciones, donde hubo una dolarización masiva, con una caída fuerte de la demanda de dinero. Como sabemos, la inflación es un fenómeno monetario”, dijo Caputo. “Argentina podría haber crecido 7% el año pasado pero lo hizo en 4,4%. Ahora empieza la recuperación de la demanda de dinero”, agregó.“A partir de abril vamos a ver una desaceleración de la inflación muy importante y mayor crecimiento. La inflación va a tener certificado de defunción”.Ni bien conocido los números de marzo Milei aseguró: “El dato es malo”. “No nos gusta ya que la inflación nos repugna. Sin embargo, hay elementos duros que nos permiten explicar lo que ha pasado y especialmente esperar que a futuro la inflación retorne a su sendero decreciente”, señaló el Presidente.La inflación continuó la senda alcista desde junio, cuando saltó de 1,5% en mayo a 1,6% ese mes. Luego, subió 1,9% en julio y agosto, 2,1% en septiembre y 2,3% en octubre, y siguió en ascenso con aumentos del 2,5% en noviembre, 2,8% en diciembre y 2,9% en enero y febrero.El éxito de la primera parte del plan atacando a la inflación parece atravesar ahora por un problema de última milla, dónde bajar del 1% mensual cuesta más de lo que el Gobierno tenía planeado.

  • Cine San Martín: última semana de entradas a seis mil pesos – El Miércoles Digital

    Cine San Martín: última semana de entradas a seis mil pesos – El Miércoles Digital

    26 marzo, 2026

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    El cine San Martín recuerda que son los últimos días de la promoción especial “Todo marzo a precio de miércoles”, que pone a todas las funciones con un costo de entrada a seis mil pesos hasta el 31 de marzo.
     
    Cartelera del 26 al martes 31 de marzo
    17: Hoppers (3D Castellano). Funciones solo sábado y domingo.
    19: Proyecto Fin del Mundo (2D Castellano). Lunes y martes función subtitulada.
    22: Hamnet (2D Subtitulada)
    Funciones todos los días.Funciones especiales – Miércoles 1º de abril18: Super Mario Galaxy (3D Castellano)20: Super Mario Galaxy (3D Castellano)
    PreciosHasta el 31 de marzo:Entradas 2D y 3D: $6000
    A partir del 1 de abril:2D: $80003D: $9000Miércoles promocional: $6000.

     
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    2026-03-26

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    La Asociación Pro Arte Amigos de la Música inicia su Temporada 2026 con un Concierto …