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  • Después de 46 años condenaron a una mujer por el crimen de su hijastra: la quemó en agua hirviendo

    Después de 46 años condenaron a una mujer por el crimen de su hijastra: la quemó en agua hirviendo

    Después de 46 años condenaron a una mujer por el crimen de su hijastra: la quemó en agua hirviendo

    Janice Nix, de 67 años, fue declarada culpable de homicidio culposo por la muerte de Andrea Bernard, una niña de cinco años que falleció en julio de 1978 tras sufrir graves quemaduras en un baño con agua hirviendo. El veredicto se dictó luego de que el hermano mayor de Andrea decidiera hablar con la policía en 2022, casi medio siglo después. El juicio se celebró en el Tribunal de la Corona de Isleworth, en Londres.

    Andrea falleció casi seis semanas después de ser internada con quemaduras en el 50% de su cuerpo, ocasionadas por la inmersión en un baño de agua a temperatura extrema en la vivienda familiar de Thornton Heath. En ese momento, el médico forense determinó que la causa del deceso fue una sepsis derivada de las quemaduras y el caso se cerró inicialmente como un accidente, según informó la Policía Metropolitana de Londres en un comunicado oficial.
    El hermano de Andrea, Desmond, tenía ocho años cuando ocurrieron los hechos. En septiembre de 2022, se presentó ante la policía y declaró que su madrastra había sido la responsable. Relató que guardó silencio entonces porque Nix, quien lo golpeaba con frecuencia, le prometió que no volvería a hacerlo si mantenía el secreto. Solo en la adultez comenzó a contar la verdad a sus allegados.
    Desmond afirmó que Nix castigaba físicamente tanto a él como a Andrea cuando consideraba que se comportaban mal. El día del incidente, Andrea salió de la casa sin permiso y se encontró con su hermano en la calle. Al regresar, Nix comenzó a golpearla y la llamó para que entrara al baño. Desmond subió a su habitación, que daba directamente al baño. Aunque no podía verlo, escuchó a Andrea gritar repetidamente “está caliente, está caliente”, mientras Nix le ordenaba que se metiera igual. Los gritos cesaron abruptamente y Nix llamó a Desmond al baño, donde encontró a su hermana inconsciente.
    La investigación enfrentó serias dificultades debido al tiempo transcurrido: la mayoría de los registros ya no existían y casi todas las personas vinculadas al caso o a la familia habían fallecido. Los detectives revisaron miles de documentos en archivos municipales y registros hospitalarios, además de intentar localizar vecinos que pudieran recordar algo, sin obtener resultados significativos.
    No obstante, lograron recuperar un informe forense de 16 páginas que resultó clave. El documento detallaba las lesiones de Andrea, el tratamiento recibido y una declaración que Nix había prestado poco después de la muerte de la niña. En 2022, al ser interrogada sin conocimiento de ese informe, Nix ofreció una versión distinta de los hechos, afirmando erróneamente que el forense había determinado que la muerte fue un accidente provocado por una caldera defectuosa que sobrecalentó el agua del baño.
    Frente a estas contradicciones, Nix se negó a dar explicaciones y solo declaró que había sido una época traumática en su vida. Durante todo el proceso negó haber abusado de Desmond y cualquier responsabilidad en la muerte de Andrea, y sostuvo que el relato de su hijastro era inexacto.
    En el juicio, un especialista en quemaduras presentó evidencia técnica. Según su peritaje, cuando un niño se sumerge en agua lo suficientemente caliente como para causar las lesiones que sufrió Andrea, la reacción inmediata sería intentar salir del agua. El experto consideró que no era lógico que la niña se hubiera sentado ni permanecido voluntariamente en esa posición. La fiscalía se basó en este análisis para argumentar que Nix debió intervenir para mantener sumergidas partes del cuerpo de Andrea.
    El jurado también encontró a Nix culpable por el maltrato y abusos cometidos contra Desmond entre 1975 y 1978. La sentencia será dictada en el mismo tribunal en una fecha aún no establecida.
    La detective inspectora Louise Caveen, a cargo del equipo de Casos Homicidas Sin Resolver de la Policía Metropolitana de Londres, destacó el papel fundamental del hermano de la víctima. “Quiero homenajear a Desmond, quien valientemente decidió presentarse, colaborar con la policía y declarar en el juicio”, dijo. “Gracias a su coraje, Nix fue declarada culpable y finalmente deberá responder por sus acciones”, agregó.
    Caveen también subrayó el compromiso de la policía con este tipo de investigaciones. “Espero que este caso demuestre que la Policía Metropolitana revisará cualquier nueva evidencia que llegue sin importar cuánto tiempo haya pasado”, afirmó. “Utilizaremos todos los recursos disponibles para hallar la verdad y lograr justicia para todas las víctimas de homicidios”, concluyó.

  • Ya está entre rejas: Condenaron a acusado de abusos sexuales en el Barrio El Brillate de San José

    Ya está entre rejas: Condenaron a acusado de abusos sexuales en el Barrio El Brillate de San José

    Ya está entre rejas: Condenaron a acusado de abusos sexuales en el Barrio El Brillate de San José

    El día martes 26 de mayo a las 8:00 hs se dio lectura de la Sentencia de la Sala Penal de Concepción del Uruguay, en la que el Vocal Mariano Martínez resolvió Condenar a R.H.M, de 47 años, domiciliado en Barrio El Brillante, por el delito de abuso sexual agravado, y le impuso la pena de 12 años de prisión efectiva.

    La causa estuvo a cargo del Fiscal Alejandro Perroud. La investigación se centró en dos hechos de abuso ocurridos en el año 2020 y 2021, en una vivienda de aquél barrio, siendo la víctima una menor vinculada familiarmente al condenado.
    En audiencia de juicio abreviado, R.H.M. reconoció ser el autor de ambos hechos, y aceptó la pena impuesta de 12 años de prisión efectiva, que ya comenzó a cumplir en la U.P. N.º 4 de Concepción del Uruguay.

  • La Defensa irá en casación: Condenaron a un sujeto a prisión por delitos de abuso sexual

    La Defensa irá en casación: Condenaron a un sujeto a prisión por delitos de abuso sexual

    La Defensa irá en casación: Condenaron a un sujeto a prisión por delitos de abuso sexual

    Fiscal A. Chichi y Defensor E. Figun

    La Justicia dictó sentencia y condenó a prisión a un individuo acusado de delitos sexuales. La Defensa Particular, confirmó que presentará su reclamo en Casación en los plazos dispuestos tras ser notificada de los fundamentos.

    Concepción del Uruguay- La semana pasada, los Justicia condenó a V.B. de 35 años de edad, por delitos sexuales, causa que estuvo en manos de la Fiscalía a cargo de la Dra. María Albertina Chichi.
    El debata tuvo lugar en la Sala Penal siendo presidido por la vocal de Cámara, doctora Melisa Ríos, donde el acusado fue representado por el doctor Ernesto Figún.
    V.B. fue acusado de los delitos de ABUSO SEXUAL con ACCESO CARNAL reiterado (arts. 55 y 119 tercer párrafo del Cód. Penal) y ABUSOSEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE reiterado (arts. 55 y 119 segundo párrafo del Cód. Penal), que concurren realmente entre sí (art. 55 del Cód. Penal).
    Según la causa, este sujeto tuvo una pareja con quien mantuvo una relación que se caracterizó por la violencia de género ejercida sobre la víctima, tanto física como psicológica, basada en un control excesivo, manipulación, celos desmedidos y sometimiento, circunstancias que, sumadas a la violencia sexual padecida, erosionaron progresivamente su integridad personal.
    Este individuo, ex integrante de una fuerza de seguridad, no solo atacó a la víctima durante lo que fue la tormentosa relación, sino que continuó con estas conductas una vez separados, lo que finalizó cuando la mujer tuvo el coraje para denunciarlo.
    Durante el juicio declararon diferentes testigos, entre ellos profesionales que entrevistaron a la víctima de autos y confirmaban la veracidad de sus dichos y el padecimiento vivido.
    Tras el juicio, la jueza interviniente dictó sentencia y condenó al individuo a la pena de 9 años de prisión efectiva, aplicándose diferentes reglas de conducta que deberá cumplir mientras esté en libertad, situación que se mantendrá mientras cumpla lo impuesto y hasta que adquiera firmeza la sentencia.
    Tras el juicio, el defensor particular, doctor Figún, confirmó a 03442 que hará uso del derecho de recurrir en casación, presentación que hará en tiempo y forma, una vez conocidos los fundamentos.

  • Condenaron a un depravado por violar a su propia hija pero la sentencia no está firme y espera en libertad

    Condenaron a un depravado por violar a su propia hija pero la sentencia no está firme y espera en libertad

    Condenaron a un depravado por violar a su propia hija pero la sentencia no está firme y espera en libertad

    Un sujeto que fuera llevado a juicio por haber violado reiteradamente a su propia hija mientras esta tenía entre 8 y 13 años de edad, fue condenado recientemente, pero esperará en libertad mientras la sentencia dequiere firmesa, ya que la Defensa recurriría en casación.

    Se trata de L.A.O. de unos 43 años de edad, quien fuera representado por la defensora oficial, doctora Valeria Irel, en causa que llevó adelante la fiscal, doctora María Albertina Chichi, que llegaron al juicio que fue presidido por el vocal de Cámara, doctor Rubén Chaia, en orden a los delitos de “Abuso sexual gravemente utrajante, reiterado, agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la convivencia con una menor de edad, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la convivencia con una menor de edad, ambos en concurso ideal con corrupción de menores agravada (art. 119 segundo y cuarto párrafo incisos b y f; art. 119 tercer y cuarto párrafo incisos b y f; art. 125 segundo y tercer párrafo, 54 y 55 del código penal), en carácter de Autor (art. 45 del Código Penal)”.
    Los aberrantes hechos
    Este depravado abusó reiteradamente de su hija (hoy de 20 años de edad), mientras ella tenía entre 8 y 13 años de edad, luego de que su esposa (madre de la niña) falleciera, actos que continuó haciendo aprovechando su convivencia, incluso luego de formar pareja nuevamente, tormentos que se repetían cada noche o madrugada, los que cesaron cuando la niña se fue a vivir con su abuela.
    Todo fue expuesto en el debate aportándose testimonios de profesionales que realizaron sus estudios a la víctima y su entorno, testigos de la causa aportados por las partes y la importancia de la que fuera Cámara Gesell, lo que llevó a confirmar lo sucedido de manera contundente.
    Por todo ello, la Fiscalía solicitó la pena de diecisiete años de prisión con más las accesorias legales del artículo 12 del Código Penal. Asimismo, solicitó la renovación de las medidas de coerción sustitutiva de prisión preventiva al imputado.
    Por su parte, como era de esperar, la Defensa intentó desvirtuar los dichos de la parte acusadora con un extenso alegato, que la llevó a solicitar la absolución de su cliente.
    La condena y la apelación
    Tras escuchar a las partes, el juez interviniente dispuso condenar a L.A.O, a la pena de once años de prisión de efectivo cumplimiento, como autor materialmente responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante reiterado, agravado por el vínculo y el aprovechamiento de la convivencia con una menor de edad, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y el aprovechamiento de la convivencia con una menor de edad, ambos en concurso ideal con corrupción de menores agravada por la edad de la víctima y el vínculo, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 41, 54, 55, 119 párrafos 2°, 3° y 4°, incisos b) y f), artículo 125, párrafos 2° y 3° de Cód. Penal, con más las accesorias legales del art. 12 del Código Penal.II”- imponiendo a este, hasta que la presente sentencia se torne ejecutable, diferentes reglas de conducta, que deberá respetar estrictamente, entre ellas la prohibición de acercamiento a la víctima y tener fijado domicilio, ya que se deberá esperar lo que se resuelva en la Cámara de Casación de Concordia donde la Defensa presentó su recurso.