Etiqueta: prisión

  • Ordenaron la prisión preventiva para el tercer detenido del asalto a la familia de concepción del Uruguay

    Ordenaron la prisión preventiva para el tercer detenido del asalto a la familia de concepción del Uruguay

    Ordenaron la prisión preventiva para el tercer detenido del asalto a la familia de concepción del Uruguay

    Fiscal Occhi

    El avance de la investiga En el caso del asalto a la familia de concepción del Uruguay al modo de entradera ocurrió días atrás en inmediaciones de calle Mitre y Millán, es verdaderamente importante ya que con la tercera detención estaría el total de los malvivientes involucrados entre rejas.

    La pasada semana La policía por orden de la Fiscalía de la doctora María Occhi Logró detener al tercer individuo que se encontraba prófugo y tras la audiencia realizada en la oficina de la OGA de Concepción de Uruguay, se dispuso al igual que los primeros involucrados la prisión preventiva por el plazo de 90 días para continuar con investigación penal preparatoria.
    El tercer involucrado se llama Franco Pereira y tras ser indagado por la doctora Occhi, se dispuso la prisión preventiva al igual que sus dos consorte de causa detenidos con anterioridad Secundino Ríos y David Alexander Arroyo.
    La causa sigue avanzando rumbo al juicio oral,  mientras se siguen sumando elementos que comprometen a estos maleantes.

  • Posadas: imputaron y dictaron prisión preventiva a un hombre por el transporte de más de 1500 kilos de marihuana

    Posadas: imputaron y dictaron prisión preventiva a un hombre por el transporte de más de 1500 kilos de marihuana

    Posadas: imputaron y dictaron prisión preventiva a un hombre por el transporte de más de 1500 kilos de marihuana

    La Unidad Fiscal Posadas formalizó la investigación penal e imputó a un hombre que fue detenido el miércoles pasado por transportar 1544 kilos de marihuana a bordo de un camión que provenía de Brasil. A pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza federal de Garantías María Verónica Skanata dictó la prisión preventiva del imputado por 145 días.

    La imputación fue formulada hoy por la fiscal del Área de Investigación y Litigio de Delitos Complejos, Silvina Flavia Gutiérrez de esa unidad, con la intervención de la auxiliar fiscal Débora Luciana Fores quienes le atribuyeron a L.N.C. ser autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes bajo la modalidad de transporte.
    A pedido de las representantes del MPF, la jueza fijó un plazo de 90 días hábiles para el desarrollo de la investigación penal.
    El procedimiento
    El martes pasado, cerca de las 23:30 y sobre la ruta provincial N° 1, efectivos de la Gendarmería Nacional Argentina interceptaron en un control vehicular a un camión que transportaba muebles desde Brasil.
    Al revisar la documentación, los agentes constataron que el ingreso al país se había realizado por la localidad misionera de Bernardo de Irigoyen, lo que le llamo la atención por el tiempo que le insumió dicho trayecto.
    En ese contexto, se procedió a escanear la unidad, lo que reveló la existencia de una serie de bultos irregulares en la parte superior de la carga.
    Tras la reacción positiva del perro detector de drogas, Gendarmería se comunicó con la auxiliar fiscal de la Unidad Fiscal Posadas Gabriela Acasuso para notificarla de la situación. Al mover parte de la lona del transporte, los gendarmes observaron bultos envueltos en papel madera y cinta roja sobre las cajas de muebles, que emanaban un fuerte olor compatible con cannabis.
    Con la correspondiente autorización judicial y luego de trasladar el vehículo, se requisó la carga y se hallaron 2.035 paquetes rectangulares y amorfos que contenían 1.544,54 kilos de marihuana. Por orden del MPF, se dispuso el secuestro del camión Volvo y del semirremolque junto con otros elementos de interés para el caso.

  • Prorrogaron la prisión preventiva del acusado de violento asalto a un adolescente

    Prorrogaron la prisión preventiva del acusado de violento asalto a un adolescente

    Prorrogaron la prisión preventiva del acusado de violento asalto a un adolescente

    Dres. Arrechea y Santo

    En horas de la mañana de este viernes se desarrolló una audiencia en OGA de Concepción del Uruguay para tratar la situación procesal del sujeto que fuera detenido por asaltar y apuñalar a un menor de edad para despojarlo de sus pertenencias. Así se dispuso la prórroga de la prisión preventiva Y se estaría por arribar a un acuerdo de juicio abreviado.

    Se trata de Esteban Nahuel Córdoba de 27 años de edad, quien está siendo representado legalmente por la Defensa Oficial, ejercida por el doctor Sebastián Arrechea, en causa que lleva adelante el fiscal Eduardo Santo.
    Los hechos
    Como se recordará, el hecho ocurrió en el mes de junio, cuando un adolescente de 17 años recibió una puñalada en el pecho al resistirse al robo de su celular y a menos de 48 horas del ataque, la División Investigaciones analizó cámaras, identificó al agresor y lo detuvo.
    El ataque se originó s en la intersección de la Avenida Arturo Frondizi y la calle 13 del Norte, cuando por allí caminaba el menor y fue abordado desde atrás por este sujeto encapuchado que, bajo amenazas, le exigió la entrega inmediata de su teléfono celular. Ante la negativa y la resistencia de la víctima, se desencadenó un violento forcejeo, instante que el delincuente extrajo un arma blanca y le asestó una herida punzocortante en el pecho al adolescente, para luego darse a la fuga con las manos vacías en dirección al Barrio Mosconi.
    Vecinos de la zona acudieron rápidamente a auxiliar al herido —quien afortunadamente sufrió lesiones de carácter leve— y lo resguardaron hasta el arribo del personal de la Comisaría Primera y de su madre.
    A partir de la denuncia, la Fiscalía a cargo del Dr. Eduardo Santo y el Juzgado de Garantías del Dr. Gustavo Díaz activaron una intensa dotación de tareas de campo que se delegaron en la División Investigaciones, que logró recabar testimonios y el relevamiento de cámaras de seguridad públicas y privadas, que llevaron a la detención.
    Tras la primera medida de prisión preventiva y al cumplirse los plazos, se trató la situación este viernes, acordándose mantener la detención de córdoba por otros 90 días o hasta tanto se firme el acuerdo de juicio abreviado, que se está preparando.
     

  • Contratos Truchos: Almada va 30 días a la cárcel en prisión preventiva – El Miércoles Digital

    Contratos Truchos: Almada va 30 días a la cárcel en prisión preventiva – El Miércoles Digital

    Contratos Truchos: Almada va 30 días a la cárcel en prisión preventiva – El Miércoles Digital

    El presunto recaudador del esquema de robo de fondos públicos de la Legislatura entrerriana será alojado un mes en el Penal de Paraná, luego de comprobarse que había incumplido las condiciones impuestas por la Justicia en la causa que lo tiene imputado.
    El hombre acusado de ser uno de los principales recaudadores de los fondos públicos desviados de la Legislatura de Entre Ríos con el mecanismo de los llamado Contratos Truchos, pasará 30 días en la Unidad Penal N° 1 de Paraná. La medida cautelar fue acordada por Alejandro Almada, asistido por el defensor Miguel Ángel Cullen, y el fiscal Ignacio Aramberry, y obedece al incumplimiento judicial de haberse ido a vivir a Misiones y Brasil en los últimos años, sin la autorización de la Justicia.
    El miércoles a la tarde, tras la solicitud del Ministerio Público Fiscal, la jueza de Garantías Marina Barbagelata libró el pedido de detención de Almada. Poco después, el hombre que se encontraba en Foz do Iguazú se enteró a través de familiares y se dirigió al puesto de la Gendarmería Nacional del Puente Tancredo Neves y quedó detenido. Lo trasladaron el viernes hacia la capital entrerriana.
    Según registró Análisis, la audiencia se realizó este sábado a las 16 en los Tribunales de Paraná. El fiscal Ignacio Aramberry informó que se había acordado 30 días de prisión preventiva. Luego, se explayó en los fundamentos: “Estamos en un momento crítico de la causa, próxima a remitirse el caso a juicio. Es una etapa en donde el riesgo de fuga se intensifica exponencialmente”, afirmó.
    Aramberry señaló que el riesgo de fuga debía analizarse junto con un eventual entorpecimiento de la investigación. El fiscal cuestionó “la realización de negocios comerciales familiares fuera del país, infringiendo la inhibición general de bienes que pesaba fundamentalmente sobre el imputado y sobre su pareja”.
    La Fiscalía interpreta las inversiones como entorpecimiento del proceso porque atentarían contra el recupero de activos, “si esos bienes tienen alguna relación con la causa”.
    Mudanza a la Triple Frontera
    El representante del Ministerio Público Fiscal también consideró que Almada incurrió en falsedad del domicilio ya que la dirección que declaró a la Justicia en la causa, en calle Los Ceibos de Paraná, sería un indicio de fuga.
    Aramberry aseguró que Almada cambió de domicilio sin ponerlo a consideración de las autoridades judiciales, como estaba obligado. Y señaló que el imputado incumplió “fundamentalmente, la prohibición absoluta de ausentarse de la ciudad de Paraná sin previo acuerdo de la fiscalía o autorización judicial”
    Aramberry repasó que Almada tiene facilidades para ausentarse y observó “todas las veces que ha pasado las fronteras sin ningún tipo de impedimento. También, obviamente, de mantenerse oculto, más que nada en una zona de triple frontera, donde tiene una estructura económica familiar fuera del país, montada para quebrantar esta inhibición general de bienes”, afirmó.
    Otro de los argumentos para sustentar el riesgo de fuga fue la expectativa de pena. El MPF solicitó para Almada cumplimiento efectivo de 10 años de prisión.
    “Cualquier pauta o norma de conducta que esté emparentada con la autodisciplina del imputado no va a ser efectiva”, resumió Aramberry.
    Al referirse a las permanencias fuera del país, el fiscal enumeró estadías prolongadas. “Prácticamente todo el 2020 estuvo en Brasil. De acuerdo con los registros migratorios, existió un desplazamiento del centro de vida del imputado. De Los Ceibos, ciudad de Paraná, a algún lugar próximo a la frontera con Brasil”, expresó.
    Las inversiones
    La Fiscalía vinculó esos movimientos con emprendimientos comerciales del grupo familiar en Foz de Iguazú: de su pareja, Agustina Micaela Banegas, que está bajo inhibición general de bienes en la causa Contratos, y de su cuñado Tomás Valentín Banegas.
    Entre los emprendimientos, Aramberry mencionó dos sociedades. “Por ejemplo, registran una inversión en V8 Garagem Bar Limitada. Micaela Banegas tiene un aporte de 400.000 reales. Restaurant Limitada, que es otra sociedad vinculada a la primera, registra un capital de 100.000 reales”, detalló.
    También enumeró otras inversiones: “Herma Holding Limitada, dedicada a la compra, venta y alquiler de inmuebles propios, registra también un capital de 100.000 reales. Vivra Travel, agencia de viajes limitada, registra un capital de 20.000 reales. Tomás Valentín Bar Limitada, que es donde el cuñado de Almada registra un capital de 200.000 reales”.
    De acuerdo con su exposición, el monto acumulado alcanzaría los 800.000 reales. “Es una inversión importante, registrada y acumulada, de 800.000 reales, que está siendo operativa en una zona fronteriza, en otro país. Suponemos que tiene que ver con la inhibición general de bienes que pesa sobre la pareja del imputado, como consecuencia de una imposición que se ha previsto en la presente causa”, sostuvo.
    ¿Qué dijo la defensa?
    Posteriormente, el abogado defensor Miguel Ángel Cullen manifestó el acuerdo al que han arribado con respecto a la medida cautelar, aunque aclaró que no comparte los argumentos de la Fiscalía: “No tenía ninguna prohibición para salir del país, en modo alguno podemos acordar con el que señor Almada quiso fugarse”.
    Cullen puso como ejemplo de su acatamiento a la Justicia que Almada “emprendió el regreso al país ni bien la madre le avisó que la policía lo estaba buscando para detenerlo”.
    Asimismo, afirmó que no está vinculado a la actividad empresarial de Banegas: “El señor Almada está separado de la mamá de su hija desde hace más de tres años”.
    El abogado defensor retrucó: “Está muy bien todo lo que ha investigado la Fiscalía, pero se ve que no investigó esta otra circunstancia“. Y advirtió que el motivo de sus viajes era ver a su hija.

     
    Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectores
    Sumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo.

    [fbcomments]

  • Juicio abreviado: condenaron a 10 años de prisión efectiva al expolicía que intentó asesinar a su esposa

    Juicio abreviado: condenaron a 10 años de prisión efectiva al expolicía que intentó asesinar a su esposa

    Juicio abreviado: condenaron a 10 años de prisión efectiva al expolicía que intentó asesinar a su esposa

    Mariano Corvalán admitió su culpabilidad en el hecho de violencia de género ocurrido en 2025. Al renunciar a los plazos de apelación en el marco del acuerdo, la pena quedó firme. Seguirá alojado en la UP9.

    En una audiencia celebrada este viernes al mediodía, la Justicia homologó un juicio abreviado mediante el cual el expolicía Mariano Corvalán fue condenado a la pena de diez años de prisión efectiva por el intento de femicidio de su exesposa, agravado por el vínculo, violencia de género y la utilización de su arma reglamentaria.
    La resolución fue formalizada en una audiencia presidida por el juez Tobías Podestá, tras el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía —representada por el Dr. Jorge Gutiérrez—, la querella a cargo del Dr. Pablo Di Lollo y la defensa oficial ejercida por el Dr. Pablo Ledesma.
    Cambio de estrategia y condena
    El inicio del juicio por jurados estaba previsto entre el 20 y el 21 de septiembre próximos. De haber avanzado en esa instancia, la calificación legal por la que estaba imputado el ex sargento contemplaba una pena mínima de 14 años de prisión.
    Sin embargo, en las últimas horas la causa dio un giro decisivo:

    Cambio de defensa: Tras rechazarse un pedido de prisión domiciliaria que había formulado su abogado particular por presuntos problemas de salud mental, Corvalán resolvió prescindir de sus servicios y designó al defensor oficial Pablo Ledesma.

    Aceptación de culpabilidad: La defensa pública le planteó la alternativa de un juicio abreviado. El imputado aceptó la responsabilidad penal del hecho y renunció a los plazos de apelación a cambio de una reducción en la pena final.

    El caso
    El hecho ocurrió en agosto de 2025 en el domicilio familiar que la pareja compartía junto a su pequeña hija. En esa oportunidad, Corvalán le disparó a la víctima utilizando su arma reglamentaria como funcionario policial y posteriormente intentó quitarse la vida.
    Actualmente, el condenado continuará alojado en la Unidad Penal N.º 9, mientras que su exesposa permanece en tratamiento de rehabilitación debido a las graves e irreversibles secuelas que le provocó el ataque.

  • Ordenaron 90 días de prisión preventiva para el segundo acusado por una violenta entradera en Concepción del Uruguay – Arriba Noticias

    Ordenaron 90 días de prisión preventiva para el segundo acusado por una violenta entradera en Concepción del Uruguay – Arriba Noticias

    Ordenaron 90 días de prisión preventiva para el segundo acusado por una violenta entradera en Concepción del Uruguay – Arriba Noticias

    La investigación por el violento asalto cometido bajo la modalidad de entradera contra una familia de Concepción del Uruguay sumó este jueves una nueva resolución judicial. En una audiencia realizada durante la mañana, se dispuso la prisión preventiva por 90 días para el segundo hombre detenido en el marco de la causa.
    El acusado había sido localizado y detenido en las primeras horas del miércoles durante un procedimiento policial efectuado en una vivienda ubicada sobre 11 del Oeste Bis al 800.
    La medida fue concretada a partir de las directivas impartidas por la Fiscalía en turno, a cargo de la doctora María Occhi. Por cuestiones particulares, durante la audiencia la representación del Ministerio Público Fiscal estuvo a cargo del doctor Eduardo Santo.
    El acusado contó con la asistencia de la defensora oficial, doctora Romina Pino. La audiencia se desarrolló ante la jueza de Garantías Alejandrina Herrero, quien escuchó los planteos efectuados por las partes antes de resolver sobre la situación procesal del imputado.
    Tras analizar los argumentos expuestos, la magistrada hizo lugar al pedido de la acusación y estableció 90 días de prisión preventiva.
    La medida se suma a la adoptada previamente contra el primer detenido por el violento episodio, quien también quedó sujeto a prisión preventiva por el mismo período.
    De esta manera, son dos los hombres que permanecen detenidos mientras avanza la investigación judicial. La pesquisa continúa ahora con el objetivo de determinar con precisión el grado de participación de cada uno y avanzar en la identificación y localización del tercer sospechoso que permanece prófugo.
    La causa continúa bajo investigación de la Fiscalía, mientras se aguardan nuevas medidas que permitan reconstruir la secuencia del asalto y establecer la totalidad de los involucrados.
    Con 03442.

  • Procesan con prisión preventiva al comisario y abogado Rosatelli por narcotráfico y violencia coactiva – El Miércoles Digital

    Procesan con prisión preventiva al comisario y abogado Rosatelli por narcotráfico y violencia coactiva – El Miércoles Digital

    Procesan con prisión preventiva al comisario y abogado Rosatelli por narcotráfico y violencia coactiva – El Miércoles Digital

    El juez federal de Paraná, Leandro Ríos, dictó el procesamiento con prisión preventiva de Daniel Alejandro Rosatelli —abogado y oficial de la Policía de Entre Ríos— junto a otros cuatro integrantes de una organización criminal, por el transporte de más de 1.345 kilogramos de marihuana.
    La resolución judicial les atribuye haber coordinado la adquisición, el acondicionamiento y el traslado del cargamento de estupefacientes interceptado en La Paz el 13 de febrero, además de disponer embargos millonarios sobre sus bienes, publicó Análisis.
    El marco de la causa atribuye a los procesados el transporte organizado de estupefacientes y falsificación de documentos: “Entre el 4 de noviembre de 2025 y el 13 de febrero de 2026, Daniel Alejandro Rosatelli, Martín Reynaldo Germán Pelizzari, Claudio David Luna, Alan Josías Gabriel Favieri y José Belén Favieri —junto a otros colaboradores— organizaron y ejecutaron el transporte de 1.345,51 kilogramos de marihuana compactada en 1.716 ‘ladrillos’ o ‘panes’. El cargamento fue interceptado el 13 de febrero de 2026 en el ‘Camino del Borello’ y Ruta Nacional N° 12 (La Paz, Entre Ríos) tras la persecución de una furgoneta Citroën Jumper blanca. Rosatelli aportó los fondos y la logística para comprar la furgoneta —la cual registraba pedido de secuestro por estafa— y colocarle una chapa patente ideológicamente falsa (dominio GIJ 496) para eludir los controles. La maniobra incluyó el despliegue de una camioneta Toyota Hilux que operó como ‘auto-guía’ en la ruta.
    Por otra parte, se señala otro hecho endilgado a Rosatelli, calificado como lesiones graves agravadas y amenazas coactivas: “El 12 de noviembre de 2025, en la sede de la ONG Suma de Voluntades en Paraná, Rosatelli agredió físicamente al intermediario Sixto Ramón Maciel golpeando su cabeza contra una pared con un arma de fuego. La agresión le provocó a la víctima un traumatismo encéfalo-craneano con riesgo de vida. Dicho ataque violento tuvo como objetivo amenazar a Jonatan Emanuel Barbieri para que retirara la denuncia por estafa vinculada a la furgoneta, radicada una hora y media antes, garantizando así la impunidad y disponibilidad del vehículo para el tráfico de drogas”.
    NOTICIA EN DESARROLLO

     
    Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectores
    Sumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo.

    [fbcomments]

  • Procesan con prisión preventiva al comisario Rosatelli en la causa por narcotráfico y estafa por la compra de un rodado secuestrado con droga – Arriba Noticias

    Procesan con prisión preventiva al comisario Rosatelli en la causa por narcotráfico y estafa por la compra de un rodado secuestrado con droga – Arriba Noticias

    Procesan con prisión preventiva al comisario Rosatelli en la causa por narcotráfico y estafa por la compra de un rodado secuestrado con droga – Arriba Noticias

    El juez Federal Nº1 de Paraná, Leandro Ríos, decidió este jueves dictar el procesamiento de Daniel Rosatelli, como coautor -prima facie- del delito de transporte de estupefacientes, agravado por haber intervenido en el hecho tres o más personas de manera organizada, en concurso real con la falsificación ideológica de un documento destinado a acreditar la titularidad de un vehículo automotor (primer hecho), a su vez en concurso real con lesiones graves, agravadas por el uso de violencia, intimidación y el empleo de un arma de fuego, en concurso ideal con amenazas coactivas agravadas por el empleo de armas de fuego, todo ello para preparar, facilitar y ocultar el trasporte del estupefaciente mencionado (segundo hecho)”.
    Además de Rosatelli, el juez procesó a Martín Reynaldo Germán Pelizzari, Claudio David Luna, también como coautores -prima facie- del delito de transporte de estupefacientes, agravado por haber intervenido en el hecho tres o más personas de manera organizada, en concurso real con la falsificación ideológica de un documento destinado a acreditar la titularidad de un vehículo automotor.
    Ríos también procesó a Alan Josías Gabriel Favieri y José Belén Favieri,como coautores -prima facie- del delito de transporte de estupefacientes, agravado por haber intervenido en el hecho tres o más personas de manera organizada, además de endilgarle al segundo el delito de uso de una chapa patente ideológicamente falsa y encubrimiento por receptación dolosa, agravado por la actuación con ánimo de lucro.
    Tras los procesamientos, Ríos dispuso “convertir en prisión preventiva la detención impuesta a Rosatelli, Pelizzari, Luna, y los Favieri, debiendo permanecer alojados en la Unidad Penal Nº 1 de esta ciudad”. También les trabó embargo sobre sus bienes libres. A Rosatelli, hasta cubrir la suma de $ 12.250.000; a Pelizzari, Claudio David Luna y Alan Josías Gabriel Favieri, hasta cubrir la suma de $ 9.000.000 cada uno, y a José Belén Favieri, hasta cubrir la suma de $9.250.000.
    Plan común
    Ríos dictó una pieza procesal de 141 fojas, en las que tras analizar los testimonios de testigos y testigos de acta de los allanamientos que se realizaron durante la investigación, y de sopesar cámaras de seguridad y escuchas telefónicas, consideró con el grado de probabilidad que la etapa procesal requiere que “en cuanto al grado de intervención de los imputados, debe señalarse que a partir de lo actuado en el Legajo de Investigación Nº FPA 1651/2026/1, es posible afirmar la existencia de un ‘plan común mediante la división del trabajo’ para el transporte de 1.345,51 kilogramos de marihuana”.
    La estafa que abrió la causa
    En uno de los puntos destacados de los procesamientos, el juez entendió que “puede afirmarse queRosatelli, Pelizzari y Luna intervinieron en la adquisición del vehículo la camioneta marca Citroën, modelo Jumper, motor 2.3, de parte de Jonatan Emanuel Barbieri, la cual posteriormente generó el pedido de secuestro por estafa, por lo que existe connivencia entre los mentados para sustituir la chapa patente y aportar al hecho un ‘producto’ para la ejecución del transporte, esto es una furgoneta ‘floja de papeles’ que sortee los controles y, eventualmente, no pueda rastrearse a sus verdaderos dueños”.
    En el caso de José Belén Favieri, Ríos consideró que “es quien recibió el rodado con pedido de secuestro y uso la chapa patente ideológicamente falsa junto con César Leonel Ramírez al momento de ser interceptado por el personal policial, pues la colocación en el rodado de la placa de dominio, sigue eo ipso su propia condición ostensible, de manera que ya significa ‘emplearla’ irrogando el riesgo consustancial de las falsedades documentales, no existiendo elementos de prueba para afirmar que ha intervenido en el ilícito precedente (estafa)”.
    Apreciación conjunta
    Ríos insistió en que “la actuación concatenada de Rosatelli, tal como se le ha atribuido no puede ser aprehendida mediante el examen fragmentario de cada uno de los episodios reseñados. Es precisamente su apreciación conjunta, siguiendo cronológicamente el itinerario de la Citroën Jumper finalmente utilizada para transportar el estupefaciente, la que permite advertir una sucesión de actos funcionalmente convergentes cuyo significado excede ampliamente el de una compraventa fallida de automotor”.
    El magistrado sostuvo que “como queda acreditado, Rosatelli no apareció formalmente como adquirente de la unidad, dado que la negociación fue exteriorizada por Martín Reynaldo Germán Pelizzari, quien recibió la camioneta, revisó su documentación, gestionó su verificación y mantuvo el contacto con Barbieri”.
    Sin embargo, Ríos consideró que “la prueba permite establecer que Pelizzari no actuaba por cuenta propia: luego de examinar el rodado informó telefónicamente al verdadero interesado, condujo posteriormente la unidad hasta inmediaciones del domicilio de Rosatelli y éste la revisó personalmente. Las filmaciones obtenidas de las cámaras del lugar corroboran objetivamente esa circunstancia y descartan que su vinculación con el rodado provenga únicamente de referencias testimoniales”.
    Intervención decisiva
    A toda la evidencia de cargo reseñada detalladamente, Ríos añadió que “Rosatelli intervino en dos aspectos decisivos de la operación. Por una parte, su condición de funcionario policial posibilitó que la camioneta fuera verificada después de las 10:00 sin turno previo, circunstancia excepcional que coincide con el procedimiento descripto por el propio oficial verificador Naumoff”.
    Por otra parte, Ríos sostuvo que “una vez decidida la adquisición, dispuso una modalidad de pago en la que tampoco aparecería personalmente: Pelizzari entregó moneda extranjera y cheques, mientras Claudio David Luna efectuó transferencias a la cuenta indicada por el vendedor”.
    Para el juez, aquella modalidad de cerrar la compra con la intervención de “distintas personas” que “aparecieron exteriorizando cada tramo de una operación cuya decisión material convergía en Rosatelli”.
    Ríos entendió y lo expresó, que “la fragmentación subjetiva del negocio adquiere particular relevancia frente a una escucha telefónica en la que el propio Rosatelli, refiriéndose a otro asunto, describe su intervención afirmando que se encontraba ‘atrás de toda la denuncia del 911 pero no figuraba en ningún lado’”.
    Una reacción que mostró más de lo debido
    Para el juez, “tal manifestación si bien no constituye prueba autónoma de los hechos aquí juzgados, sí constituye un elemento contextual que resulta concordante con una modalidad objetivamente comprobada en la adquisición de la Jumper: otros negocian y pagan, mientras Rosatelli permanece formalmente ausente pese a decidir, inspeccionar y facilitar el negocio”.
    No obstante la intención de la maniobra, el juez sostuvo: “Pero es la conducta posterior a la compraventa la que otorga verdadero sentido al conjunto. El incumplimiento del pago produjo la denuncia de Barbieri el 12 de noviembre de 2025 aproximadamente a las 16:00”.
    Así, detalló que “apenas una hora y media después, Rosatelli se presentó en Suma de Voluntades, aisló al intermediario Sixto Ramón Maciel y lo agredió violentamente mediante el empleo de un arma de fuego, exigiendo que Barbieri retirara ‘la denuncia de la camioneta’”. Para el juez, “la reacción revela un interés personal, inmediato y extraordinariamente intenso en evitar las consecuencias de una denuncia referida a un vehículo respecto del cual, formalmente, Rosatelli ni siquiera aparecía como comprador”.
    Ríos evaluó que aquel “dato permite comprender cuál era el bien que se pretendía preservar: la continuidad en la disponibilidad de la Jumper. Una denuncia por estafa podía conducir a su localización, secuestro y restitución; precisamente aquello que habría frustrado toda ulterior utilización clandestina del vehículo”.
    Finalmente expresó que “la violencia desplegada contra Maciel, por ello, no aparece desconectada del transporte posterior, sino objetivamente dirigida a neutralizar el acontecimiento que amenazaba con retirar de circulación el medio material finalmente empleado para ejecutarlo”.
    Datos
    En su resolución, Ríos precisó que “la Dirección General de Policía Científica de Entre Ríos, informa que en la muestra de orina colectada a Favieri, Favieri se detectó cocaína y metabolitos indicativos del consumo de marihuana, no así en la muestra de Rosatelli”. Añadió en este punto que “las muestras colectadas a Luna y Pelizzari, arrojaron resultado positivo para cocaína y negativo para metabolitos indicativos del consumo de marihuana”.
    También detalló que “Rosatelli se encuentra inscripto en Monotributo desde el mes 12/2016, con actividad declarada ‘Servicios Jurídicos’ y domicilio fiscal en calle Echagüe Nº 550 de Paraná”. Añadió que “no registra inscripción ni presentación de declaraciones juradas de IVA, Ganancias y Bienes Personales”. El juez adjuntó “las consultas de compra/venta de moneda extranjera, acreditaciones bancarias y movimientos de billeteras virtuales, pantalla del perfil fiscal donde se informan los bienes registrables que posee” y agregó que “se encuentra informado por la Jefatura de la Policía de Entre Ríos como empleado en relación de dependencia, desde el año 2006 hasta la fecha. Se acompaña información de las remuneraciones”.
    Significativo patrimonio
    Ríos precisó que “debe considerarse el significativo patrimonio de Rosatelli informado, esto es: un automotor marca Honda Modelo Civic, año 2018, valuado por ARCA en $17.200.600 y 8 propiedades inmuebles de titularidad al 100% actualmente, el cual resulta considerable en comparación con sus ingresos (informe patrimonial Nosis y ARCA)”.
    El magistrado destacó que “la información económica reunida presenta, además, una circunstancia que no puede ser soslayada. La magnitud de tales movimientos y activos de Rosatelli aparecen, prima facie, desproporcionada respecto de los ingresos formalmente individualizados, circunstancia que, sin permitir en esta instancia formular una imputación autónoma por un ilícito económico determinado, impone profundizar la investigación acerca del origen, trazabilidad y justificación de esos fondos y bienes”.
    Además añadió que “la identificación de Rosatelli como verdadero adquirente de la Citroën Jumper no descansa únicamente en la forma en que Pelizzari condujo la negociación ni en las referencias testimoniales acerca de que actuaba por cuenta de aquél, también encuentra corroboración objetiva en la capacidad económica comparada de quienes intervinieron en la operación”. En este sentido, sostuvo que en “el informe patrimonial de la empresa Nosis, Luna, reviste la categoría 5 de insolvente, de manera que es posible afirmar que también Luna era una persona interpósita para ocultar la verdadera identidad del comprador Rosatelli…”.
    “Sin novedades”
    Ríos consideró que “resulta particularmente significativo que la intervención policial excepcional que permitió verificar el rodado no haya tenido como consecuencia detectar y neutralizar la situación irregular de la unidad, sino exactamente el resultado contrario: el vehículo fue registrado ‘sin novedades’ y continuó disponible para sus adquirentes”. No obstante expresó que “no existe, por ahora, prueba directa de una orden de Rosatelli destinada específicamente a omitir el pedido de secuestro; sí existe, en cambio, prueba convergente de que utilizó su condición funcional para posibilitar una verificación fuera del procedimiento ordinario y que aquella intervención terminó facilitando la inmediata disponibilidad del rodado”.
    En aquella línea, el juez mencionó también que la violenta “reacción inmediata” de Rosatelli contra Maciel por la denuncia por la presunta estafa en la transacción por la Jumper, “resulta difícilmente conciliable con la hipótesis de un tercero ajeno a la compraventa o de una persona que hubiese mantenido con el rodado una relación meramente circunstancial”.
    “Interés directo y extraordinariamente intenso”
    Así, entendió que “por el contrario, revela un interés directo y extraordinariamente intenso en evitar que la denuncia produjera las consecuencias naturales que podían derivarse de ella: individualizar al verdadero adquirente, recuperar o secuestrar la unidad e impedir que continuara siendo utilizad”.
    Ríos evaluó que “ante el temor fundado de Barbieri, éste se presenta en la Comisaría Segunda a formular la denuncia, pero al llegar a dicha dependencia y nombrar a Daniel Alejandro Rosatelli como una de las personas que deseaba denunciar, el oficial Nahuel Alan Almada le informa que no podía recepcionarle la denuncia por ‘órdenes de la superioridad’, lo que motivó su concurrencia a la Fiscalía de la provincia, quien llamativamente tampoco le recibió la denuncia y por ello se dirigió a las dependencias de Policía Federal Argentina, lo que originó la causa…”. (APFDigital)
     

  • Prisión preventiva para el segundo detenido por el asalto a la familia en Concepción del Uruguay

    Prisión preventiva para el segundo detenido por el asalto a la familia en Concepción del Uruguay

    Prisión preventiva para el segundo detenido por el asalto a la familia en Concepción del Uruguay

    Tuvo lugar este jueves por la mañana la audiencia para tratar la situación procesal del segundo detenido por el caso del asalto a mano armada a la familia de Concepción del Uruguay en  el modo entradera, ocurrida la semana pasada y que tiene como detenido a otro sujeto de frondoso prontuario.

    El nuevo involucrado es David Alexander Arroyo de 32 años de edad, aprehendido durante un allanamiento en las primeras horas de la mañana de este miércoles en un inmueble ubicado en 11 del Oeste Bis al 800, bajo las directivas de la Fiscalía en turno, a cargo de la Dra. María Occhi.
    Arroyo fue representado por la defensora oficial, doctora romina Pino, oficiando de fiscal el doctor Eduardo Santo, ante la ausencia por cuestiones particulares de la doctora Occhi.
    Durante la audiencia desarrollada Ante la jueza de garantías doctora Alejandrina Herrero Se escucharon los alegatos de las partes tras lo cual el magistrado dispuso hacer lugar al pedido de la parte acusadora, ordenando la prisión preventiva de este peligroso sujeto por el término 90 días al igual que se dispusiera anteriormente para Secundino Ríos, el primer detenido tras ser violento asalto a la familia uruguayense por lo que ahora restaría continuar con la investigación para ver si se puede dar con el tercer prófugo participante del hecho.

  • Prisión domiciliaria para joven imputada en asesinato de compañera en Corrientes

    Prisión domiciliaria para joven imputada en asesinato de compañera en Corrientes

    La jueza de Garantías subrogante Carolina Durán ordenó la prisión domiciliaria para la joven de 17 años imputada por el asesinato de su compañera Cecilia Lazcano, de 16, ocurrido en Corrientes. La sospechosa cumplirá esta medida en Santo Tomé, donde residirá con su madre, continuará sus estudios de manera virtual y quedará prohibida su vuelta a Alvear sin autorización judicial. La vigilancia será ejercida mediante dos controles policiales diarios para asegurar su permanencia en el domicilio.

    La decisión generó indignación en la familia de la víctima, que había solicitado prisión preventiva y el traslado de la imputada a un centro de contención para menores, similar al de su novio, señalado como autor material del homicidio. Juan Saucedo, abogado de la familia de Cecilia, cuestionó duramente la resolución, denunciando que la jueza “actuó de oficio y se extralimitó”, y que el padre de la víctima no pudo expresar su posición durante una audiencia que calificó de “muy tensa”. Además, señaló que la familia de la imputada ya preparaba una mudanza a Santo Tomé antes de conocerse la medida, lo que para la querella sugiere que la decisión judicial estaba tomada de antemano.
    El caso ocurrió la madrugada del 16 de julio, cuando Cecilia fue vista por última vez caminando hacia la antigua estación de trenes de Alvear acompañada por un compañero de colegio que portaba una pala. Allí la joven fue atacada con heridas en los dedos, muñecas y un corte profundo en el cuello. A pesar de las lesiones, logró escapar, caminar más de cien metros y llegar hasta la casa de una vecina para pedir ayuda. Sin embargo, falleció en el traslado al hospital de la capital correntina.
    La investigación tomó un giro tras la recuperación de mensajes eliminados de los teléfonos de los sospechosos. Según la acusación, una conversación comprometería directamente a la joven imputada, quien habría instigado el crimen y colaborado con su ejecución. Dos días antes, ella preguntó si “ocurriría lo conversado”, a lo que su novio respondió que tenía todo preparado. Tras el ataque, el joven admitió haberlo cometido y reconoció dificultades porque Cecilia no moría. Además, habrían enviado videos y fotos del ataque a una tercera persona, a quien llamaban “alguien poderoso”, aún no identificada.
    Otro aspecto que investiga la Justicia es un supuesto intento de simular un suicidio para desviar la causa. El autor material habría enviado mensajes de despedida desde el teléfono de Cecilia para inducir esa idea, pero las pruebas descartaron esa hipótesis. Durante un allanamiento, se secuestraron cuadernos y cartas con pasajes bíblicos, textos místicos y referencias personales, que forman parte del expediente.
    El fiscal Facundo Cabral imputó a la joven como coautora del delito de homicidio agravado, mientras que su novio está señalado como autor material. Cabral se opuso al traslado de la adolescente a un centro de contención por considerar que su familia puede ejercer el control necesario.
    La investigación continúa con pericias sobre teléfonos y dispositivos electrónicos, y no se descarta la participación de una tercera persona en el crimen de Cecilia Lazcano.