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  • Causa por robo de motos: Dictan prisión preventiva domiciliaria para uno de los menores detenidos

    Causa por robo de motos: Dictan prisión preventiva domiciliaria para uno de los menores detenidos

    Causa por robo de motos: Dictan prisión preventiva domiciliaria para uno de los menores detenidos

    La Justicia determinó la medida de coerción de manera estricta debido a los frondosos antecedentes del implicado. Permanecerá bajo esta modalidad hasta que cumpla la mayoría de edad en los próximos días.

    CONCEPCIÓN DEL URUGUAY – La Justicia local dictó la prisión preventiva domiciliaria para uno de los jóvenes de 17 años que había sido detenido el pasado jueves a la madrugada, luego de haber sido interceptado por el Comando Radioeléctrico con una motocicleta robada.
    El antecedente del hecho
    Como se recordará, el procedimiento se llevó a cabo en la intersección de Sarmiento y Enrique Gasc. En esa oportunidad, los uniformados atraparon a dos menores que se trasladaban en una motocicleta Honda XR 150 que había sido sustraída momentos antes de una vivienda en calle Dodero al 100, previo forzamiento de las medidas de seguridad. Al momento de la aprehensión, los sospechosos tenían en su poder herramientas de corte y llaves «yuga».
    Antecedentes y resolución judicial
    Debido a que uno de los implicados cuenta con un frondoso historial delictivo vinculado al robo y hurto de motovehículos, las autoridades judiciales ya habían intervenido con anterioridad en su situación, habiendo dispuesto en su momento su traslado a centros de rehabilitación especializados para menores de edad.
    Atendiendo a la reiteración de este tipo de delitos contra la propiedad y la ineficacia de las medidas previas, la Justicia determinó en las últimas horas dictar la prisión preventiva bajo la modalidad domiciliaria para el joven.
    Esta nueva medida de coerción se fijó con carácter de cumplimiento estricto y se extenderá formalmente hasta que el imputado cumpla los 18 años de edad, hecho que ocurrirá en los próximos días, momento en el cual se redefinirá su situación de cara al proceso judicial en curso.

  • Concepción del Uruguay: piden 20 años de prisión para dos exgendarmes por secuestros, tormentos y otros delitos contra militantes del Partido Comunista

    Concepción del Uruguay: piden 20 años de prisión para dos exgendarmes por secuestros, tormentos y otros delitos contra militantes del Partido Comunista

    Concepción del Uruguay: piden 20 años de prisión para dos exgendarmes por secuestros, tormentos y otros delitos contra militantes del Partido Comunista

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    La representante del MPF acusó a Roberto Oscar Caserotto y Néstor Alfredo Gómez del Junco de allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad, aplicación de tormentos y asociación ilícita, tras describir la participación de ambos en un operativo de secuestro realizado durante la celebración de un cumpleaños en 1977 y de Gómez del Junco en otro procedimiento perpetrado en 1978.
    La fiscal federal Josefina Minatta requirió hoy al Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay que condene a 20 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua a los exgendarmes Roberto Oscar Caserotto (72 años) y Néstor Alfredo Gómez del Junco (74) por crímenes de lesa humanidad cometidos con su intervención directa contra nueve militantes del Partido Comunista (PC) y dos niños —hijos de dos de las víctimas—, durante un operativo de secuestros perpetrado en mayo de 1977, mientras que también acusó al segundo por su intervención en enero de 1978 en otro operativo contra adultos que habían sido también víctimas del primer caso.
    «Una pena más exigua sería banalizar los crímenes de masa que han sucedido en nuestro país», sostuvo Minatta en el final de su alegato, que se extendió durante más de dos horas. «Los crímenes deben ser considerados de lesa humanidad y las penas de cumplimiento inmediato, efectivo y en cárcel común», reclamó la representante del MPF, que contó con la asistencia de la auxiliar fiscal Gabriela Velázquez.
    Al momento de los hechos, los acusados revistaban en el Escuadrón 6 de la Gendarmería Nacional ubicado en esa ciudad. Caserotto era el jefe de Grupo de Inteligencia de la plana mayor, mientras que Gómez del Junco era el jefe del Grupo Logística y Finanzas.
    Ambos exfuncionarios fueron acusados por la fiscal como coautores de los delitos de allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia (13 hechos en el caso de Caserotto y 11 en el de Gómez del Junco), tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos en diez hechos y asociación ilícita, todos en concurso real.
    La fiscal también requirió en el petitorio que, una vez que queden firmes las condenas, se efectivice la baja de los cargos que los dos acusados ostentan en la Gendarmería Nacional, y que se arbitren los medios para la señalización como sitios de memoria del terrorismo de Estado al Escuadrón 6 de esa fuerza federal situado en Concepción del Uruguay, la Unidad Penal N°4 de esa ciudad, una casa ubicada en sus afueras y el Balneario Banco Pelay, escenarios donde se desarrollaron los crímenes abordados en el proceso judicial, para lo cual pidió que se oficie a la Municipalidad local para que gestione la medida en articulación con la Dirección Nacional de Sitios y Espacios de Memoria y con el Registro Único de la Verdad de la provincia de Entre Ríos.
    Finalmente, Minatta requirió la obtención de copias de los testimonios brindados en el juicio por diferentes víctimas de hechos que aún no fueron parte de un juicio para que se investigue esos crímenes.
    Durante su alegato, la representante del MPF contextualizó la «histórica persecución» a los miembros del Partido Comunista en nuestro país y puso de relieve que durante la última dictadura «los integrantes del PC local fueron brutalmente perseguidos, cesanteados, encarcelados y severamente torturados, como en otras localidades de nuestro país». Recordó en tal sentido a «Chilo y Neco Saragoza, Miguel Ángel Rousseaux, Manuel Liberoff, Elvio Ángel Bel, como también a los integrantes de la organización prima hermana del PC, el Partido Comunista Marxista Leninista, Guillermo Pedro Rubio, Marta Bugnone, Jorge Ayastuy, Cachito Da Dalt, Raul Ramón Maschio, Juana María Armelín, Martín Andrés Hauscarriaga y Elda Ester Viviani. Todos ellos permanecen desaparecidos».

    «Los crímenes deben ser considerados de lesa humanidad y las penas de cumplimiento inmediato, efectivo y en cárcel común», reclamó la representante del MPF.

    «La noche del cumpleaños»
    Minatta describió los dos hechos objetos del juicio. Indicó que el primero de ellos tuvo lugar en la noche del sábado 14 de mayo de 1977, cuando personal de la Gendarmería y el Ejército llevaron a cabo un allanamiento «ilegal y violento» en el domicilio de la familia Montesino, donde se celebraba el cumpleaños de Mirta Bochatay, al que habían concurrido varios militantes del PC.
    La fiscal describió que, tras apagar el asado con el líquido de las bebidas de la fiesta, militares y gendarmes —entre quienes estaban y fueron reconocidos los dos acusados— detuvieron ilegalmente a Roberto Montesino, Carlos Stur, Juan Bautista Echeverría, Eladio Bochatay, Raúl y Jorge Impini, Raúl Jáuregui, Rodolfo Saldarrelli, Mirta Bochatay y Berta Muñoz. En el lugar estaban los hijos de esta última, Gabriela y Daniel Montesino, de 4 y 7 años de edad, a quienes «dejaron en su casa privados de su libertad por alrededor de diez días; no podían salir. Y con el condimento de que a Gabriela Montesinos le apuntaron con un arma amenazando a su madre de que dejara de llorar la nena porque le iban a volar la tapa de los sesos».
    La fiscal narró que los hombres fueron trasladados al Escuadrón 6 y al día siguiente a la Unidad Penal N°4. «Durante todo el procedimiento fueron sometidos a golpes, insultos, pisotones, culatazos con fusiles FAL, encierro en calabozos, desnudados, interrogados y padecieron simulaciones de fusilamiento, torturas psicológicas y físicas», describió, y añadió que fueron liberados el 26 de mayo de 1977, un día después de que la jefatura del área militar 224 ordenara su liberación en el marco de las celebraciones por la Revolución de Mayo, tal como consta en documentos militares que la fiscalía exhibió en el debate.
    Mirta Bochatay, en tanto, fue trasladada a la Delegación local de la Policía Federal y luego al Escuadrón 6, «donde fue violentamente interrogada por los aquí imputados».

    «Las prácticas represivas perpetradas sobre las infancias fueron igualmente aterrorizantes y les afectaron con igual intensidad que a los adultos, a pesar de no haber sido las personas directamente perseguidas».

    Secuestro y torturas en Banco Pelay
    El segundo hecho que llegó a debate fue el secuestro de Stur y Echeverría en el balneario Banco Pelay el 28 de enero de 1978 y su traslado posterior a una casa de la familia Bernay, donde —de acuerdo con las pruebas— «fueron sometidos a crueles torturas» y «Stur pudo ver a Gómez del Junco con la picana en la mano, aplicándoles esa modalidad de tormento físico», describió la fiscal. Por este caso solo fue acusado Gómez del Junco.
    Minatta añadió que en esa oportunidad el hijo de Stur, Rubén, de entonces 13 años, «fue dejado a solas en Banco Pelay librado a su suerte», pero no imputó los delitos que surgían de esa conducta contra el niño dado que los dos acusados no fueron indagados por ello durante la investigación preliminar.
    «Stur declaró en debate que los ataron con un cordón de alambre muy fino en el cuello, a Juan [Echeverría] y a él unidos, y los golpearon para ambos lados, de manera que el cordón vaya ajustando», repasó la fiscal, y añadió —citando al testigo— que «fueron golpes muy fuertes, desconociendo si era con manoplas de hierro o propinados por gente muy práctica para golpear», que incluían golpes en los oídos y que luego «les trajeron la picana para que vayan probando».
    Con base en la declaración del testigo Stur, la fiscal narró que «luego a él lo tiran al suelo y le hacen la famosa palomita: lo atan de pies y manos a la espalda, tirado en el suelo. La picana recorrió todo su cuerpo; se ensañaron mucho con su sien, del lado derecho. Vio la cara de Gómez del Junco en ese momento».
    «Víctimas infantiles»
    La fiscal hizo un apartado en su exposición para abordar la violencia contra las infancias durante el terrorismo de Estado. Explicó que a diversos testigos, como a Gabriela Montesino, «en su adultez se los convocó para dar testimonio por sus padres y madres, pero no se indagaron las vulneraciones perpetradas sobre ellos y ellas. Sería justo desplazarlos del lugar de testigos de lo que padecieron sus madres/padres e iluminar sus experiencias como sobrevivientes de diversas prácticas represivas, víctimas infantiles del terrorismo de Estado».
    Minatta precisó que «en el caso de las víctimas infantiles de la familia Montesino, sufrieron un patrón de privación de la libertad y tormentos padecidos en su propio domicilio».
    En ese contexto, expuso que «las prácticas represivas perpetradas sobre las infancias fueron igualmente aterrorizantes y les afectaron con igual intensidad que a los adultos, a pesar de no haber sido las personas directamente perseguidas. Estas prácticas les alcanzaron individualmente y produjeron afectaciones que perduran en el tiempo», y ejemplificó que en el caso de Gabriela Motensino, de 4 años al momento de los hechos, el primer recuerdo de su infancia —declarado ante el tribunal por la víctima— fue la imagen del arma de los represores sobre su cabeza en aquella frustrada fiesta de cumpleaños.

    «Los integrantes del Partido Comunista local fueron brutalmente perseguidos, cesanteados, encarcelados y severamente torturados, como en otras localidades de nuestro país».

    Las pruebas
    Minatta repasó las declaraciones testimoniales de las víctimas, en especial las de Stur —de 1984, 2009, dos de 2012, 2019 y 2021— y las de Echeverría —de 1984, 2009, 2013, 2019 y 2021— y resaltó las coincidencias y coherencia de los testigos. Al inicio de su exposición había citado la sentencia del juicio a las juntas de 1985 para marcar la existencia del plan criminal implementado desde la máxima esfera de poder, y en esta instancia volvió a evocar aquél texto para marcar que «la declaración testimonial es un medio de prueba que se privilegia frente a modos particulares de ejecución en los que deliberadamente se borran las huellas, o bien se trata de delitos que no dejan rastros de su perpetración, o se cometen al amparo de la privacidad». Destacó entonces que «los testimonios prestados en este debate por las víctimas se encuentran, en consecuencia, en un lugar de privilegio como fuente de convicción, tanto por el tiempo transcurrido como, sobre todo, por el marco clandestino de encubrimiento: son los que estuvieron dentro del terror y han sobrevivido para contarlo».
    También repasó la prueba documental; entre otras, el “Libro de entrada de presos” de la Unidad Penal 4, que «corrobora la intervención de la Gendarmería y la fecha de los hechos», dado que las víctimas relataron que en primer lugar fueron llevadas al Escuadrón 6 y al día siguiente fueron ingresadas en la cárcel, como también los legajos personales penitenciarios de los detenidos, donde consta todo el recorrido de la privación de su libertad hasta su disposición bajo el mando del jefe del área militar 224.
    Entre otros documentos, Minatta citó y exhibió en la audiencia la comunicación de las detenciones realizada por la Gendarmería al área militar, y la posterior orden de liberación emitida por el mayor Eduardo Lamberto del Pierre, jefe de operaciones del Batallón de Ingenieros de Combate 121, quien ordenó al director de la Unidad Penal 4: «Con motivo de haberse conmemorado un nuevo aniversario de la Revolución de Mayo, de orden al señor Jefe de Área 224, comunico a Ud. que a partir de la recepción de la presente procederá a dejar en libertad a los siguientes detenidos» (sic). La nómina contenía la lista de los ocho militantes del PC secuestrados durante «la noche del cumpleaños».

  • Julio De Vido obtiene prisión domiciliaria tras infarto

    Julio De Vido obtiene prisión domiciliaria tras infarto

    Julio De Vido obtiene prisión domiciliaria tras infarto

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    El exministro de Planificación Julio De Vido dejará la cárcel de Ezeiza para cumplir el resto de su condena bajo prisión domiciliaria. La Cámara de Casación Penal le otorgó este beneficio tras el infarto que sufrió el pasado 1 de abril.
    De Vido cumple una condena por fraude al Estado, como partícipe necesario en la Tragedia de Once. Luego de que el Tribunal Oral Federal rechazara inicialmente su pedido de prisión domiciliaria, los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci revocaron esa decisión y ordenaron que continúe el proceso en su domicilio particular.
    La resolución se basa en el cuadro clínico del exfuncionario, de 76 años, quien sufrió un infarto y requirió la colocación de un stent. Los informes médicos señalan que presenta un alto riesgo cardiovascular y padece enfermedades complejas, como diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial.
    De Vido fue condenado a cuatro años de prisión por una “compra indebida” de gas natural licuado (GNL) durante su gestión como ministro de Planificación en el gobierno de Cristina Kirchner.
    La noticia se encuentra en proceso de actualización.

  • 20 años de prisión al estilista que asesinó a su compañero de trabajo dentro de una peluquería en Recoleta

    20 años de prisión al estilista que asesinó a su compañero de trabajo dentro de una peluquería en Recoleta

    20 años de prisión al estilista que asesinó a su compañero de trabajo dentro de una peluquería en Recoleta

    El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°24 condenó hoy a 20 años de prisión al estilista que mató a su compañero de trabajo dentro de una peluquería del barrio de Recoleta, en marzo de 2024. En el debate, la fiscal general Ana Helena Díaz Cano había solicitado una pena de prisión perpetua al considerar que Abel Guzmán (45) había actuado con alevosía.

    No obstante, los jueces Javier Esteban de la Fuente, Maximiliano Dialeva Balmaceda y Marcelo Roberto Alvero consideraron a Guzmán responsable de los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida con amenazas. Los fundamentos de la decisión se conocerán el próximo 14 de mayo.
    Además, el tribunal dispuso, en línea con la solicitud que había hecho el MPF, que se obtenga el perfil genético del ahora condenado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 27.759, que creó Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal.
    Los conflictos que precedieron al homicidio
    Al comienzo de la exposición, la Fiscalía General N°15 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, representada por la fiscal general Díaz Cano y el auxiliar fiscal Maximiliano Levit, relató que Guzmán trabajaba hacía una década en la peluquería “Verdini” —ubicada en Beruti 3017—y que si bien sus servicios eran muy demandados, desde hacía varios meses venía con roces con sus compañeros de trabajo por la utilización de formol para los tratamientos capilares de las clientas
    “Las quejas de Medina sobre Guzmán se ven reflejadas en el grupo de WhatsApp cuando el jefe incluso le indica que no use más el producto”, rememoró la fiscal, que explicó que la víctima era quien lo confrontaba directamente. A ello le agregó que quedó evidenciado que existía un clima de tensión, a lo que se le sumaba la decisión del dueño de recortarle tareas y sacarle las llaves de la peluquería.
    Según indicó, el 20 de marzo de 2024 Guzmán llegó a la peluquería y aunque era un día normal, recordó que los testigos mencionaron una serie de “conductas erráticas” y que el hombre estaba “más aislado y callado que nunca”. Además, la fiscal hizo hincapié en la reunión que había tenido con el encargado del local, donde el ahora condenado le había manifestado que “terminaría todo” y que necesitaba “paz mental”.
    Una película de muerte
    La fiscal Díaz Cano reconstruyó lo sucedido después de que se terminara la jornada, mientras los empleados se encontraban reunidos y en un ambiente relajado. En ese momento, Guzmán tomó las llaves que estaban en un estante, cerró las puertas y ventanas, se acercó a sus compañeros y se quedó detrás del grupo.
    En ese contexto, Guzmán le preguntó al dueño si tenía algo para decirle, a lo que el hombre le respondió que hablarían al día siguiente. “De manera prepotente y desafiante, le contestó que quería hablar ahora y sacó de entre sus ropas el arma”, describió la fiscal.
    “Lo que era una reunión distendida se volvió una película de muerte: todos fueron apuntados, sometidos, los amenazó de muerte y les ordenó que no se muevan”, sostuvo y recordó la amenaza que les propinó, según dijeron los testigos: “No se muevan porque les vuelo la cabeza a todos”.
    Para la fiscalía, el temor de las víctimas los dejó neutralizados, lo que Guzmán aprovechó para accionar su arma mientras la víctima permanecía totalmente quieta. “Fríamente, sin que se le observe nerviosismo ni duda, dirigió su accionar a Medina, que estaba sentado y no representaba ningún peligro”, describió.
    “No hubo discusión ni altercado físico: le disparó a escasa distancia sin que nada ni nadie lo obstaculizara. Lo fusiló, lo ejecutó con un disparo que fue directo, preciso y mortal”, recalcó la fiscal Díaz Cano al respecto del asesinato. La víctima falleció minutos después, a pesar de que fue trasladado rápidamente al Hospital Fernández.
    Para la representante del MPF, Guzmán actuó aprovechándose de la confianza que había en su lugar de trabajo. “No hubo una reacción improvisada. Todo fue planificado y dirigido para culminar en el fusilamiento y muerte de Medina”, afirmó y recordó que el propio imputado no negó la autoría de los hechos.
    “No fue una reacción súbita e incontrolada, hubo una planificación del hecho”, sostuvo luego y consideró que la herida de la víctima mostraba la “eficiencia, suficiencia y letalidad del disparo”.
    Un disparo “opresivo y letal”
    La fiscalía había planteado en su alegato que había quedado comprobado que Guzmán privó de manera ilegal de la libertad de sus compañeros de trabajo. “Las amenazas con el arma les generaron miedo, temor, parálisis”, sostuvo y marcó que se aprovechó de la indefensión que él mismo había generado.
    “El disparo fue opresivo, letal y artero porque si anuncias que si alguien se mueve, lo vas a matar y todos se quedan quietos pero rompes ese anuncio, queda definida la traición y lo artero”, recalcó.
    Aseguró entonces que el ataque se dio en un escenario controlado por parte de Guzmán, que la víctima no tuvo posibilidad de defensa y que se valió del miedo y la parálisis de todos para dejarlos inertes y sin posibilidad de actuar.
    Si bien la fiscalía acusó por homicidio agravado por alevosía, consideró que el tribunal debía tener en cuenta una serie de agravantes en el caso. En primer lugar, que la situación se había dado en un lugar de trabajo, en un momento distendido, lo que vulneró la confianza de sus compañeros.

  • Rafaela: condenan a 4 años de prisión a dos hombres por transportar cápsulas de cocaína como correos humanos

    Rafaela: condenan a 4 años de prisión a dos hombres por transportar cápsulas de cocaína como correos humanos

    Rafaela: condenan a 4 años de prisión a dos hombres por transportar cápsulas de cocaína como correos humanos

    El Juzgado Federal de Garantías de Rafaela condenó a dos ciudadanos de nacionalidad boliviana a la pena de 4 años de prisión por el transporte de más de un kilo de cocaína cada uno, bajo la modalidad de ingesta de cápsulas. Los imputados habían sido detenidos el 2 de diciembre de 2025, cuando viajaban como pasajeros en un micro de larga distancia procedente del norte del país que fue interceptado por Gendarmería Nacional en la ciudad santafesina de Ceres.

    La sentencia, que además rechazó un pedido de expulsión anticipada de los condenados a su país de origen, se dictó tras la homologación de los acuerdos plenos —uno por cada imputado— presentados por la Unidad Fiscal Descentralizada Rafaela, con la intervención de su titular, el fiscal federal Jorge Gustavo Onel, y del fiscal federal coadyuvante Federico Grimm.
    Durante una audiencia realizada el viernes pasado ante el juez federal de Garantías Aurelio Cuello Murúa, fueron condenados Sirilo Quispe Carmona, de 27 años, y Abel Rocha Risco, de 28, como coautores del delito de transporte de estupefacientes, previsto en el artículo 5°, inciso c. de la Ley 23.737, de persecución del narcotráfico. Además de la pena a 4 años de prisión efectiva, se les impuso el pago de una multa y de las costas procesales y se ordenó la destrucción del material estupefaciente incautado.
    Ambos imputados y sus defensas prestaron conformidad con los hechos atribuidos, la calificación legal y la pena acordada.
    Respecto de Rocha Risco, el juez resolvió declararlo reincidente por la existencia de una condena previa dictada en abril de 2025 por la justicia de la República Federativa de Brasil, por un hecho idéntico en el que ingresó droga a ese país mediante una ingesta.
    Rechazo al pedido de la expulsión anticipada
    Durante la audiencia, la defensa solicitó la expulsión inmediata de ambos condenados hacia Bolivia por razones humanitarias y de vulnerabilidad, sin esperar el cumplimiento del plazo previsto en el artículo 64 de la Ley de Migraciones.
    Fundó el pedido en una línea jurisprudencial que admite esta solución, aun sin que se haya cumplido la mitad de la condena, y en la resolución de la Dirección Nacional de Migraciones, de abril de 2026, en la que declaró irregular la permanencia en el territorio argentino de los imputados y ordenó su expulsión.
    El fiscal Onel se opuso al planteo y sostuvo, en primer término, que la cuestión referida a la expulsión de extranjeros en situación irregular debía ser tratada por el juez de ejecución una vez que el acuerdo se encuentre homologado y la sentencia firme, conforme establece el artículo 57, inciso c, del Código Procesal Penal Federal (CPPF).

  • Seguirá presa: Prorrogaron la prisión preventiva de la mujer cómplisxe del crimen de Putallaz

    Seguirá presa: Prorrogaron la prisión preventiva de la mujer cómplisxe del crimen de Putallaz

    Seguirá presa: Prorrogaron la prisión preventiva de la mujer cómplisxe del crimen de Putallaz

    Mientras se continúa infructusamente con la búsqueda de Germán Ezequiel Rossi, alias “Tara”, acusado de ser el autor de los disparos que llevaron a la muerte a Facundo Putallaz de 39 años, este martes por la mañana se trató la situación procesal de su pajera y cómplice en el hecho ocurrido el pasado 20 de febrero en la esquina de calles Lacava y Mitre.

    Lo que pasó en la audiencia
    En audiencia desarrollada en la OGA y vencido los plazos impoestos oportunamente, la Fiscalía, a cargo de la doctora María Becker, presentó su pedido de prórroga para Milagros Samantha Armella (22), quien es representada por el doctor Pablo Sotelo, del estudio Ostolaza.
    Tras los alegatos, en los que la Defensa pidió el cambio de modalidad de detención, solicitando la prisión domiciliaria y en su lugar la fiscal solicitó la continuidad del alojamiento carcelario de la mujer, la jueza de Garantías, doctora Alejandrina Herrero, dispuso que Armella permanezca otros 90 días detenida en las mismas condiciones, por lo que contunuará alojada en la UP6 de mujeres en Paraná.
    Recordando el hecho
    El 20 de febrero, Rossi que cuenta con antecedentes penales, ya que estuvo preso siete años, saliendo en libertad en 2024, con hechos como amenazas, robos y robos calificados, entre otros, iba en la moto que era conducida por su pareja y cómplice (Armella), cuando al llegar a calles Lacava y Mitre, sorprendieron a Facundo Putallaz, quien estaba junto a su moto y dialogando con su hija.
    En es instante Rossi sacó un arma (presumiblemente una pistola 22) y comenzó a disparar, impactando uno de los proyectiles en la columna de la víctima, tras los cual siguieron camino, ataque que quedó registrado en cámaras de seguridad de la zona, cuyas imágenes serían fundamentales para llevar adelante la causa, al tiempo que la hija de Putallaz habría reconocido a los ocupantes de la moto, al igual que la víctima que lo dijo a la Policía en el momento de ser trasladado al hospital.
    En el lugar del suceso se presentó la Fiscalía y Criminalística, logrando secuestrar vainas y proyectiles, pruebas fundamentales para sumar a la investigación.
    Lamentablemente, Facundo Putallaz falleció como consecuencia del grave estado de salud generado por las heridas, que lo mantuvieron internado en la UTI del hospital Urquiza.
    Si aparecer
    Pasaron dos meses del cobarde ataque y pese a las constantes diligencias ordenadas por la Fiscalía y los rastrillajes efectuados por la Policía, el homicida Germán Ezequiel Rossi, alias “Tara”, continúa fugado y con pedido de captura vigente, pero al parecer se desonoce cual puede ser su paradero. NOTA PABLO BIANCHI/03442 NOTICIAS
     

  • Caso Putallaz: siguen las diligencias, tratan la prisión preventiva de la detenida y sigue prófugo el criminal

    Caso Putallaz: siguen las diligencias, tratan la prisión preventiva de la detenida y sigue prófugo el criminal

    Caso Putallaz: siguen las diligencias, tratan la prisión preventiva de la detenida y sigue prófugo el criminal

    Personal de la Policía de la Departamental Uruguay, bajo directivas de la fiscal Dra. María Becker, sigue trabajando intensamente en la investigación del crimen de Facundo Putallaz de 39 años, continuando  con la (hasta ahora) infructuosa búsqueda de principal acusado del brutal hecho, Germán Ezequiel Rossi, alias “Tara”.

    El sujeto, con pedido de captura internacional y nacional, es el principal sospechoso de haber efectuado los disparos que terminaron con la vida Putallaz tras casi un mes de agonía en el hospital Urquiza.
    A los allanamientos efectuados, se suman diferentes declaraciones de testigos, que según trascendió continuaban llevándose acabo en estos días.
    El caso que conmociona a la ciudad
    Como se recordará, el ataque ocurrió el pasado 20 de febrero en la esquina de calles Lacava y Mitre. Putallaz recibió un impacto de bala en la zona cervical que le provocó una parálisis irreversible (cuadriplejía). Tras permanecer internado en la UTI del Hospital Urquiza, falleció el pasado martes 17 de marzo, lo que derivó en el cambio de carátula a Homicidio.
    La situación de los implicados
    Definen situación de Milagros Samantha Armella (22): La pareja de Rossi y presunta conductora de la moto utilizada en el ataque, ya se encuentra detenida tras haberse entregado y su situación procesal será tratada este jueves ya que permanece detenido y está sumamente complicada tras el deceso de la víctima.

    Germán Ezequiel Rossi: Sigue prófugo y es considerado «peligroso». La policía solicita a cualquier persona que tenga información sobre su paradero que se comunique de manera anónima con el 101 o la comisaría más cercana.
     

  • Caso del cuerpo oculto en Colón: 90 días de prisión preventiva para el principal sospechoso

    Caso del cuerpo oculto en Colón: 90 días de prisión preventiva para el principal sospechoso

    Caso del cuerpo oculto en Colón: 90 días de prisión preventiva para el principal sospechoso

    En una audiencia celebrada este jueves por la mañana en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) de Colón, el Juez de Garantías Dr. Jesús Penayo Amaya dictó la prisión preventiva para Nicolás Alexander Acosta, alias “Nino” de 32 años de edad, único imputado por el delito de homicidio simple. Se espera la autopsia en próximas horas.

    Los detalles de la audiencia
    Acosta, asistido por el defensor oficial Dr. Gustavo Goyeneche, enfrentó los cargos presentados por el fiscal de la causa, el Dr. Alejandro Perroud. Tras evaluar los elementos presentados y el riesgo procesal, la Justicia determinó que el acusado permanezca privado de su libertad por un plazo de 90 días.

    Lugar de detención: La medida se cumplirá inicialmente en la Jefatura Departamental de Colón y, posteriormente, en una unidad penal a designar por el Servicio Penitenciario de Entre Ríos.

    Vencimiento: El plazo establecido se extiende hasta el próximo lunes 20 de julio de 2026.

    El crimen del tapial
    El caso conmocionó a la comunidad el pasado fin de semana, cuando se descubrió un cuerpo en avanzado estado de descomposición en una obra en construcción ubicada en la intersección de calle Moreno y Costanera Quirós.
    Lo más escalofriante del hallazgo fue la forma en que el asesino intentó ocultar el rastro: el cadáver estaba depositado en el hueco de una escalera y sellado detrás de un tapial construido específicamente para ese fin, con el objetivo de que no fuera detectado.
    A la espera de la autopsia
    Si bien todo indica que la víctima sería el sereno de nacionalidad paraguaya que desapareció hace poco más de 15 días, la confirmación oficial llegaría en las próximas horas.
    Mañana viernes se esperan resultados clave de la autopsia realizada en la morgue de Oro Verde. Estos peritajes no solo permitirán la identificación fehaciente mediante ADN o fichas dactilares, sino que también revelarán la causa de muerte y la mecánica del asesinato, datos fundamentales para que la fiscalía avance en la acusación contra «Nino» Acosta.

  • Una sentencia que cierra una era: 17 años y medio de prisión para el narco peruano Fernando «Piti» Estrada Gonzáles

    Una sentencia que cierra una era: 17 años y medio de prisión para el narco peruano Fernando «Piti» Estrada Gonzáles

    Parece mentira que décadas de poder narco en el Bajo Flores se puedan condensar en algo tan corto. Pero así fue: este martes el Tribunal Oral Federal (TOF) N° 3 condenó a 17 años y medio de prisión a Fernando «Piti» Estrada Gonzales (59) como líder de una banda dedicada al trafico de estupefacientes. La lectura del veredicto duró unos segundos. Su peso abarcó años de un reinado que parecía no tener fin y abarco numerosas investigaciones en la Procuraduría de Narcocriminalidad.De esta manera, los jueces pusieron fin a un control absoluto sobre un mercado de drogas que abarcó 7 hectáreas y muchos kilos de cocaína, marihuana y paco. Un poder que se prolongo de forma metódica, violenta y exitosa. El fiscal Diego Velasco había pedido una pena de 24 años.El día empezó temprano para «Piti». El Grupo Especial de Intervención (GAI) del Servicio Penitenciario Federal lo levantó a las 5 de la mañana para transportarlo en un camión blindado a los Tribunales de Comodoro Py. Allí, sobre las 12 del mediodía tuvo la oportunidad de decir sus ultimas palabras ante el Tribunal. «Piti» mostró fotos de su vida en Perú, andando en moto y con su familia, para tratar de demostrar que nunca se escondió, que nunca estuvo prófugo.Durante casi 30 años los dos hermanos peruanos, Marco Antonio (63) y Fernando Estrada Gonzales manejaron un inmenso territorio narco en plena Ciudad de Buenos Aires. Primero –a fines de los 90´- coparon el lugar a los tiros desplazando a los punteros paraguayos y luego montaron una maquinaria perfecta para vender al por menor y al por mayor.Tenían tal nivel de recambio de su tropa que la Justicia ya condenó a 180 integrantes de su banda. Sin pisarse el poncho se repartían la venta en turnos de 28 días.Finalmente ellos también cayeron: Marcos recibió una sentencia a 24 años de prisión (unificada en varias causas), fue expulsado de Argentina a Perú en 2022. “Piti”, tras estar 13 años prófugo (entre 2010 y 2023) mandando ordenes desde su país natal, decidió entregarse a la Justicia argentina. Actualmente esta alojado en el Complejo Penitenciario II de Marcos Paz de donde solo sale para ir a los Tribunales de Comodoro Py.Alegando problemas de salud debido aun accidente de tránsito, desde 2023 «Piti» venía pidiendo prisión domiciliaria y pulsera electrónica. Según él, en el accidente perdió el dedo gordo de uno de sus pies y quedó lesionado su brazo izquierdo. Nunca le contestaron y ahora con la condena es difícil que lo dejen salir.“El es la última pieza del rompecabezas”, describió el fiscal Diego Velazco en su alegato ante los jueces Andrés Basso, Javier Ríos y Fernando Machado Pelloni.“Se trata de la mayor banda que ha operado en Argentina por el gobierno territorial y por el tiempo que permaneció en funciones. Hacían montañas de basura en lugar de lomos de burro, ponían carteles para tapar las cámaras. Todo para evitar que el Estado pudiera ingresar al lugar”, detalló Velasco.Más flaco, con el pelo aclarado y rulos. Totalmente distinto a las fotos que se habían conocido de él. Así se presentó en 2023 en el edificio de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) «Piti» Estrada Gonzáles. Llegó caminando lo mas tranquilo al lugar, en pleno microcentro porteño.Este capo narco que manejaba buena parte del tráfico de drogas del Bajo Flores desde Lima, había avisado -vía su abogado, Juan Sánchez Ortiz- su intención de entregarse a las autoridades argentinas. Y cumplió su promesa, ante la sorpresa de todo el mundo.Ahora, si tan exitosa era su vida y su negocio en la «clandestinidad», ¿por qué se entregó y se expuso a la condena que le llego este martes?Algunos piensan que pudo sentirse cercado luego de las detenciones en Perú de su sobrino John Paul Revilla Estrada, alias «Burro», el 16 de marzo de 2023, y de su socio Raúl Martín Maylli Rivera, apodado «Dumbo» en octubre de 2022.»Piti» Estrada Gonzáles era uno de los prófugos más codiciados. Incluso varias veces una brigada especializada de Drogas Peligrosas de la Policía Federal viajó a Perú para tratar de ubicarlo. La última vez fue poco antes de que se entregara: junto con la policía antinarcóticos peruana (Dirandro) lo rastrearon hasta Arequipa, donde había sufrido un accidente de tránsito.En esa oportunidad se les escapó por poco, pero lograron ubicar y capturar a su sobrino John Paul- hijo de su hermana- conocido por haber sido expulsado dos veces del país. «Burro» se movía en un auto rojo marca Honda, que dejaba en la vereda simulando ser un taxi.El imperio de los hermanos Estrada Gonzales comenzó a forjarse a base de tiros y muertos en los años 90. Creció y se fortaleció sementándose con homicidios.A «Piti» lo detuvieron por uno de esos homicidios y pasó varios años en la cárcel. Tras cumplir la condena por el crimen de Antonio Eusebio Gallardo -ocurrido el 11 de junio de 1998 en inmediaciones del complejo edilicio denominado Barrio Rivadavia II del Bajo Flores– frente a la manzana 24 de la villa 1-11-14- siguió manejando el negocio de la droga en libertad, hasta que quedó prófugo.Hoy la banda parece pasar por su peor momento con sus principales referentes muertos o detenidos. De todos ellos, «Piti» era el pez más gordo que quedaba por caer. ​Con su condena a 17 años y medio terminó un dinastía narco. Pero, se sabe, el negocio de la droga siempre encuentra la manera de imponerse. Ya sea en la frontera de México con Estados Unidos, en los puertos de España o en una modesta manzana del Bajo Flores, en Buenos Aires, Argentina.

  • Rosario del Tala: se prorrogó la prisión preventiva del imputado en la causa que investiga la muerte de Daiana Mendieta

    Rosario del Tala: se prorrogó la prisión preventiva del imputado en la causa que investiga la muerte de Daiana Mendieta

    Rosario del Tala: se prorrogó la prisión preventiva del imputado en la causa que investiga la muerte de Daiana Mendieta

    En el marco del legajo “C/Brondino, Norberto Gustavo S/homicidio doblemente agravado, resistencia a la autoridad y amenazas calificadas en concurso real”, la jueza de Garantías de Rosario del Tala, Silvina Graciela Cabrera, hizo lugar el pasado miércoles 1 de abril a la solicitud planteada por la fiscal Emilce Paola Reynoso, con la conformidad del abogado Pablo Di Lollo, que ejerce la querella en representación de los progenitores de la víctima, y dispuso prorrogar la prisión preventiva por el plazo de sesenta días, desde el 5 de abril de 2026, manteniendo su alojamiento en la Unidad Penal Nº 7 Dr. Casiano Calderón, de la ciudad de Gualeguay.