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  • Glaciares: el oficialismo presiona a los gobernadores para que defiendan la reforma y apura la sanción en Diputados

    Glaciares: el oficialismo presiona a los gobernadores para que defiendan la reforma y apura la sanción en Diputados

    Con la percepción de que tendrá los votos para imponerse, el oficialismo avanzó con el pedido de una sesión este miércoles para tratar la reforma de la ley de Glaciares en Diputados. Como paso previo deberá emitir dictamen mañana en un plenario de comisiones, en el que La Libertad Avanza también descuenta un panorama favorable para reunir las firmas, aunque de cualquier modo empuja la presencia de gobernadores para darle respaldo a la iniciativa ya aprobada por el Senado.“Los votos están desde hace un mes, no nos quedó otra que hacer el camino más largo”, transmitió confianza un referente del oficialismo en la Cámara baja. El freno a un tratamiento más veloz fue por la necesidad de convocar a audiencias públicas, un requisito que no se había cumplido en el Senado. Los bloques de la oposición cuestionaron el método para definir a los expositores y los consideraron insuficientes.“Si llegan al quórum, logran la aprobación”, reconoció un diputado de Unión por la Patria. El escenario resulta favorable al oficialismo porque sólo con los espacios que respaldaron el llamado a la sesión el número quedaría cerca de las 129 presencias necesarias para abrir el debate.Además de Gabriel Bornoroni, Nicolás Mayoraz, Silvana Giúdici y otros integrantes de La Libertad Avanza, firmaron la nota Javier Sánchez Wrba (PRO), la radical Pamela Verasay y varios legisladores que responden a gobernadores como el misionero Alberto Arrúa, la tucumana Gladys Medina, la sanjuanina Nancy Picón Martínez y el santacruceño José Luis Garrido.También los tres miembros de Elijo Catamarca y parte de Unidos apoyarán la reforma que acota la protección a los glaciares y el ambiente periglacial a los casos en los que se haya verificado una “función hídrica efectiva» y que otorga más poder a las provincias para determinar las zonas prohibidas a las actividades extractivas. Para los ambientalistas se trata de una “regresión ambiental inconstitucional”, por lo que adelantaron que de sancionarse irán a la Justicia con el propósito de impedir la entrada en vigencia.Incluso algunos diputados de Unión por la Patria, como los sanjuaninos Cristian Andino y Jorge Chica y la catamarqueña Claudia Palladino, avalarían el proyecto. El MID presidido por Oscar Zago se encamina a votar a favor en general, pero intentaría incluir una modificación para dejar explícitamente a salvo de una explotación a la zona de glaciares. En caso de prosperar ese cambio o algún otro, el debate tendrá que regresar al Senado.Desde el oficialismo estimaron que no encontrarán inconvenientes para reunir las firmas y emitir un dictamen de mayoría este martes en el plenario de las comisiones de Recursos Naturales y Asuntos Constitucionales, y de ese modo dejar habilitada la reforma para llevarla al recinto. En la previa metieron presión para que los gobernadores asistan a empujar el proyecto en ese ámbito.“Es un pedido que hicieron ellos, nosotros lo estamos apoyando. Tienen que jugar lo más fuerte que puedan, venir todos y levantar las dos manos, porque beneficia a las provincias. Para que manejen sus recursos y por el federalismo del que siempre hablan”, argumentó un miembro de La Libertad Avanza. Hasta este lunes a la noche lo más probable era que Alfredo Cornejo (Mendoza), Raúl Jalil (Catamarca), Gustavo Sáenz (Salta), Marcelo Orrego (San Juan) y Carlos Sadir (Jujuy) enviaran a los vicegobernadores u otros funcionarios.Unión por la Patria, la izquierda y otros bloques opositores aprovecharán la sesión para darle resonancia a las dificultades de Manuel Adorni para justificar su crecimiento patrimonial, las revelaciones por el caso $LIBRA y los créditos del Banco Nación a funcionarios y legisladores. Lo más probable es que no alcancen los dos tercios para que esas cuestiones incómodas para el Gobierno formen parte del temario, pero harán lo posible para dedicarle tiempo con mociones y cuestiones de privilegio.

  • La justicia aceptó la medida cautelar de la CGT y suspendió casi toda la ley de reforma laboral

    La justicia aceptó la medida cautelar de la CGT y suspendió casi toda la ley de reforma laboral

    La justicia aceptó la medida cautelar de la CGT y suspendió casi toda la ley de reforma laboral

    El juez del fuero laboral Raúl Horacio Ojeda avaló el reclamo de la CGT en contra de la Ley Laboral, suspendiendo la aplicación de un extenso conjunto de artículos. Son 82 de todos los que constituyen uno de los logros en el Congreso más celebrado por el gobierno libertario.”Para disipar temores, el peligro en la demora» que veo configurado en la causa es de modo superlativo, previéndose que en caso de no admitirse la cautela intentada, la ejecución de la potencial sentencia de condena pudiese tornarse ineficaz o bien de imposible cumplimiento, generando daños irreparables”, resolvió el magistrado en la resolución a la que accedió Clarín.En parte de sus considerandos, el juez entendió que los argumentos esgrimidos por la CGT en la acción de amparo inicial interpuesta en contra de los cambios más sustanciales de la Ley Laboral, “la demandada que sostiene que recién en la definitiva debería adoptarse algún temperamento, razono que es en modo inmediato que debe producirse la suspensión de los efectos de las normas atacadas, para que no se produzca un consumo de derecho que afecten de modo grave a las personas y a las instituciones involucradas”.A modo de ejemplo expone la resolución: y sin que implique emitir opinión, “¿Qué ocurriría si se pusiera en marcha el complejo entramado del F.A.L. (Fondo de Asistencia Laboral) y luego fuera declarado inconstitucional? ¿Y si se pusiera en marcha el sistema de deshomologación de CCT, como ocurrió con la fallida experiencia de la ley 25.250?”En primer lugar, el juez entendió que estaban los fundamentos jurídicos exigidos para atender el reclamo de la CGT y suspender la aplicación de 82 artículos de la Ley Laboral promulgada por el Gobierno el 6 de marzo.Al respecto, señaló: “En este caso se cumplen en el caso los tres requisitos básicos: estado de incertidumbre actual sobre la existencia, alcance o modalidades de una relación jurídica concreta, puede producir perjuicio o lesión inmediata en el accionante (y en sus representados, al tratarse de regulaciones inherentes a las relaciones individuales y colectivas del trabajo), y no existe otro modo legal idóneo para poner remedio inmediatamente a esa incertidumbre”.En base a esa explicación inicial desde el juzgado entendieron que la Confederación General del Trabajo “posee legitimación activa para impugnar los artículos señalados”, que son cerca de 82, “tanto en lo que se refiere a derechos de la sindicalización, la negociación colectiva y la huelga, como en aquellos aspectos individuales comunes y homogéneas a todo el grupo de trabajadoras y trabajadores cuya prestación se encuentra regulada por las normas de la República Argentina”.Entre las conclusiones de su resolución, el juez Ojeda explicitó cinco aspectos en los que funda su decisión de hacer lugar a la medida cautelar. Primero, entiende que se acredita que el cumplimiento de la norma “ocasionará perjuicios graves de imposible reparación ulterior: juzgo suficiente la descripción sumaria efectuada en la demanda de las cuestiones de puro derecho que se juzgan”.Para el magistrado, los tiempos de presentación de la judicialización de la Ley Laboral “son acordes”.Otro de los aspectos señalados por Ojeda expone “la verosimilitud del derecho invocado: encuentro reunida a primera vista una verosimilitud de derecho calificada, en el control de constitucionalidad y convencionalidad que propuso la actora, amen de aguardar los mayores argumentos que expondrá la demandada en el traslado del art. 8 de la ley 26.854”.La verosimilitud de la ilegitimidad, “por existir indicios serios y graves al respecto”, es el tercer argumento que funda el fallo del magistrado del fuero Contencioso Administrativo. Allí se detallaron: “los indicios serios fueron enunciados con economía y sencillez al describir las objeciones encontradas en las normas atacadas, una por una. Es un análisis preliminar, propio de la etapa cautelar, mas aun así es suficiente para encuadrarlos en tal calificación”.También se ponderó como válida la “no afectación del interés público: al respecto me remito al dictamen del señor Fiscal, quien tomó intervención en resguardo del interés público. Agrego a su profundo dictamen que la declaración de certeza que surgirá de este juicio, aportará seguridad jurídica a sus destinatarios, evitando la multiplicidad de conflictos que la doctrina especializada avizora y por lo tanto será una contribución al principio de justicia social enmarcado en el preámbulo de nuestra Constitución Nacional, cuando promueve el bienestar general”.Finalmente, se añadió que la suspensión es necesaria para evitar que se “produzca efectos jurídicos o materiales irreversibles”. Al explayarse en este punto, el magistrado dijo que “una suspensión provisoria evitará mayores daños que los que provocaría, y evitará efectos jurídicos muy gravosos e irreversibles, en la hipótesis de aguardar los tiempos de las inhibitorias que plantea la demandada en otro Fuero y de una sentencia definitiva”.Explica en este sentido que como toda resolución atinente a una medida cautelar “siempre reviste el carácter de meramente provisional, y esa calidad habilita a quien dicta una resolución, a ponderar en todo tiempo, y ante nuevos requerimientos, todas aquellas facetas que, no conocidas anteriormente alteren en forma trascendente el cuadro, ya sea fáctico o bien jurídico tenido en consideración en pretéritas oportunidades”.